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A A a Comfererñcia X, delprécepto de recibirla Tajradá Entes precepto de recibirla, puede falir de la excomú nion; y (ino lo haze , quebranta efte precepto de la comunion anual. Objecion contra la 4, refpuestas . 8882 E que por eltár enfermo , 0 encarcelado no puede cúplic el precepto anual de la comunion,no eltá obligado 3 quitar el. fos impedimentos,para cumplirlozcomo con Sua rez, Avila, Fagundez,Mcrolla,y Lugos dize Tam- . burino,cod.n, 40. Luego rampoco Artemio eftard obligado ¿ quarar el impedimento de la cenfura, para poder complir el precepto de la Comunion, Re(pondo,.que aun admitido el antecedente fegú los citados Autoresile niega la confequencia;por que la carcel,y enfermedad fon males corporales, para cuyo. remedio balta la providencia de la mil- ma naturaleza,que apetece la libertad,y falud ; y 2(sino esneceffario cayga debáxo del précepto anual de la Comunion la obligacion de remover ellos impedimenros;pero la excomunion es daño muy grave del Alma, y el carecer por fu impedi- mento de la recepcion de la Euchariftia , es de, gráde confequécia,y por cilo deve caer, y cae den baxo del precepto de comulgar, la obligacion de, remover tan dañoío impedimento. INSTANCIA.. 889 y"1L que (e halla ligado con vna excomus nion,no eftá obiigado á folicitar lu ab= folucion , por poder otc Mila en dia fcltivoscómo afirmá Suarez, Sayro,y Coninch, te- fte Tamburino 1brd.n.41.fiendo el ojr Milla cola, no temporal, fino efpiritual: Luego aunque la ex- comunió,y el comuigar fean cola efpiritual,no ef- tará Artemio obligado 4 quitar el impedimento de la excomunió,para cúplir el precepto de laCo- munió. Refpondo que aunque fe admita el a016- cedente, fe niega la confequencia, Porque el ole Mifía no es de táto mométo,y aprecio para la fal= . yació,como elComulgar,y aísi no [e ha de recibir có tanto rigor el precepto, q máda oy laMifa,co-, mo el q manda la Comunió.LaMitía le manda to. dos los dias feftivos, y la Comunion folo vna vez al año;y aísi aúng demos,que no aya obligacion, de quitar el embarago de la cenlura,para poder li= bre de ella oir Milla, devemos dezir,que ay obli- gacion de quitar efe impedimento,para cumplir el precepto de la anual Comuniga. C A.S.O Iv. Efe cafome fue confulrado in faíti contingentia enla forma figuiente. Vnque no he tenido ocafion de efcrivit ¿ V. Rma. nocículo de valerme de (a mucha caridad, por faber la exercita en provecho de las Alias, para cuyo efedto deleto le Grva V. Rma. dezirme fus(entíc en los puntos Confer.Part.LIlo : 890 . e _ “Me Geni AAA ds ¡gulentesa A ¡mero del precepto de 14 Sobre el capitulo pr | Confeísion, y Comunion,que traca la Synoda! de elte Obiípado de Pamplona, fol.1 41 Le pregun- tan las colas figuientes. i Lo primerosfi el que no cumplid con el día cho precepto, por aver confellado , y comulgada lacrilegamente, incurrio ea las penas difpucitas por la dichá Synodal , fi durante el termino dil= pueíto por ella, no bolvio 4 cumplir Dien con el dicho precepto? 2 Lo 3.Si el que dexo la Confefsion, y Comi , Mion en el dicho tiempo , y no fue advertida por nadie (u culpa,incurrio en las dichas penas, mien tras no fue denunciodo por nadie? 3 Lo 3.Siel que aviendo confeffado bien , y comu!gado mal.dexó pafíar el dicho tiempo feña- lado,y defpues de vn mes, v.g. le confeíso bien,y fue abluclto de las cenfurás ad caurela;y laComus nion,que tambien hizo,fue (acrilega,bolvió á in= currir,0 no,en las dichas penas clte tal por efte vl- timo defecto;y (1 efte tal pudo en elte cálo feguir feguro en practica la opinion , de que traníado tempore non tenetur ad comunicandume Lo 4. Si enefltos,y famejantes cafos paña» do el dicho tiempo feñalado por la Synodal , bal= tará confefíar ; y comulgar co qualquicra partes para quedar feguro en la conciencia? RESPVEST A. 890 E YAra refolvet eítas dudas. fupongo lo 1.4 no [e fatisface al precepto de liConfefa lion anual con la Conteísion volútaridm mére nula;y lo contrario eltá condenado por Ale xandro V IL.en la propol. 14. cuya explicacion (8 puede ver en la 2.pardo mi Prad.crat.17. ¿39 y añadi alli miímo ».92. que no eltá condenado el dezir, que le cumple efte precepto con la Con feísion valida,é informe ; en la opinion, que ade mite poder [er valido, € informe el Sacraméto de la Penitencia.como note tambien en la 2.part.de Confer.trad.7. confer.7. num. 412. Ta mbien eftá condenado por Inocencio XI.el dezir, que con la Comunió facrilega le facistace al precepto anual de la Comunion,como noté arriba,a.853... 891 Supongo lo 2. que la Synodal del Obií-. pado de Pamplona en el l3b.5.cap.1. fol. 141. tic= ,» ne vna conftitucion del tenor iguiente:Exortz ,», mos, y mádamosá todos los fieles Chriltianose » hóbres,y mugeres de elte nueltro Obiípado,dá »» qualquiere eltado,y condició,que lean, aviem »» do llegado á edad de diftreció,con la mayor del ,, vocion,y artepentimiento,que pudicren,le có 3» fiefíen á lo menos vna vez cn el año en la Qua- , reíma; y reciban el Santifsimo Sacramento de la s» Eucharifira en el tiempo,que fon obligados, que es »» defde el Domingo de Ramas,hafta el Dom.de Qué », fimodo inclufive,fo pena de excomunió mayor, y 4e ,» quatro reales ¿cada wnosá nolocúplicre, para 4 »» Lumbre del Sátifsimo Sacramento de la 13)c/h4 4 ¿y de fuere Parroguiano. Y demás defto, pe el N e día

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