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YAA pode Jaobligacion,aunque pudicfle, por ayer cel- fado el impedimento,que juzgó rendriazeomo lo afirma Diada pars.3.1rat. ¿orefol.qa . fiendo aísi,' que eíta Comunion no le hizo en el tiempo de la obligacion: luego no eltá tan eltrechada eita obli- gacioa á efe tiempo,que Salaílio no'elté obliga- do á prevenirla,comulgando antes,(1 conoce,que á fu tiempo no ha de poder cumplir. Refpondo lo 1. Que elta objeciones 4 favor de los Autores citados al fin del num. 880. por la opinion con- tratía, que dize,que el que previene, no ha de po der cumplir ¿ (u tiempo el precepto de la Comu- nion, <ftá obligado Ú anticiparfe; y es confequen cia de doétrina afirmar » que con la Comunion, que con buena fee (e hizo antes que llegalie el tié, po feñalado, por el 4 previno eltaria impedido a efe tiempo,cumplió de manera, que aunque (elle: impedimeñto cele, no ay obligacion de comul- gar otra vez. «883. Reípondo lo 2.En confequencia de nuef- tra doétrinaznegando el antecedentes pues Sálul», tio ceffando el impediméto,eftaria obligado á co mulgar otra vez,2uná huvicfle comulgado antes, previniendo tendria impedimento. A (si lo afirmá Gaípar Hurtado cir.difp.10.diffic.3 fine, Lugo» y. Dicaltillo,que cita,y ligue Leandro del Sacram. vbi fupr.quest:31. Tamburino fupra num. 33. La razon es,porá Salultio no hizo aquella Comunió: dentro los limites del precepto: luego mopudo cáplir con ellá el precepto,que aun no inftavas Si Ticio conociendo no padrá oir Mifía el Domin- go, la oyefíe el Sabado,y delpues,ceflando fuim- poísibilidad, pudiefle oirla en el Domingo, no cumplió con la que oyó el Sabado,y eftá obligado: Foirla en el Domingo; porq la que oy0 el Saba= bado, no fue entiempo que:inftava el precepto: Lo miímo [e deve deziren el cafode la Comu- nion, hecha antes que llegafle el riempo en que: iníta la obligacion del precepto de la Palqua. y Objeción 3. contra la 2. refpuefia.. L que previene no ha de poder. confel- A. faríe al fin del año, eftá obligado á pre- ! yeniríe , y confeffaríe antes 5 como en- eñe en la 2.Part.de Confer.tra%.7.Confer.7.mum. E. Luego Saluftio eftaria obligado 4 comul- gar anrecedentemente , fi previno , que ¿al riem- po de la Paíqua no podria comulgar. Refpondo,. concedo el antecedente,y niego la confequencia, porque el precepto de la Confeísion obliga por todo el diícurfo del año, y en.qualquiera parte 384 del,y la Confefsion que fe haze en qualquiera fe-- mana, (e háze yá dentro de los Jimires del tiem- po En que iníta la obligacion,y afsi le cumple có £lla el precepto;peroel de la Comuñionjno obli- jalta el tiempo de laPa(qua:y la Comunion 4 ú haze antes»no [e haze dentro de los limires del empo de la obligacion;y por elfo no ay obliga» dE prevenjrla,(1d (h cicpo;ao fs ha de podes EL E Prátado IX. del Santifiimo Sacramento de la Enchariflid? executar;y ay obligacion de prevenir laConfefsió: al principio del año, fe previenesq defpues nofe! podrá hazer,porá 21 principio del año empezó yá: el tiempo de la obligacion del precepto dela Confeísion anual; como fe dixo en el citado la=: gar delas Conferencias,alegado en la objeciones CASO 885 y qee al tiempo en que inflaw 1, va cl precepto de la Comuñion anual de la Palqua, le hallava li gado con vna Excomunion mayor, en que avia incurrido por vna deuda de jufticia que tenias e J a... Preguntafe,fi estava obligado a complir:con el pues cepto deyecibir la Encharitia? Reípondo lo ¿.Que fi Artemio no podia falir de efl¿Excomunion;port no tener medio para (atisfacer efía dendazni pos: der no pagandola, librarle dela Cenfura,no eta? va obligado ¿ cumplir con el precepto de la Co./ munion por entonces. Afsi lo tiene con Navarros Azor,Fagundez, Trullenc, y Dicaftillo, Leandro del Sacram. tom.2.tr44.7:difp.3. q-33- La razon es clara, porque la Excomunion mayor'priva , y* haze incapazal Excomulgado de recibir los Sam" cramentos: luego eltando ligado có ella Artemios" y nopudiendo lograr la ablolucion:quando inftai* el precepto de la Comunion, no eftá obligado if cumplirlo , mi podrá tampoco comulgar ici menté con ele embarazo. :886. Refpondo lo2. Queen faliendo. Arte= mio dela Ceníura, eftará obligado 4 comulgara aunque le aya paffado el tiempo feñalado paras cumplir elte precepto de la Comunion ; fegun 12” doétrina que [e ha dado arriba num.375.Refpon=* "4 e e do lo 3.Que fi Artemio en el fuero interno etu=”* vicffe libre dé la Excomunion,por noligárle eltas' por fu ampofsibilidad de pagar la deuda, deveria * comulgar,aunque €n fecreto,por evitar:el elcan= dalo dela E£comunion con que cltava ligado em . el fuero-externo.Devia en el fuero interno comul gar,porque en €l no le ligava en efta fupolició la Cenfura;y no ligandole » era capaz de recibir el Sacramento;y fiendo capaz, eftava obligado 4 re-* cibirlo porel precepto anual: mo devia en el fue- ro externo,y publicospor el elcandalo que le fe. guiria,viendo comulgar á yn fugeto,que eltava re putado por excomulgado. 887 .* Reípondo lo 4. Que fi Artemio podia - Salir de la Excomunió pagando ela denda,o [Oli- citando de otro modo la avlolucion della , eltava obligado a quitar efe impedimento 5 y quitado, cumplir con el precepto de la Comunion anual, Aísi lo tiene Leandro fb1d. con los milmos Auro- res,y Tamburino tn Meth.Commun. C4p. 4. $. 4- num.40. La razon es, porque pudiendo Artemio [álic de la Excomunion,efta obligado ¿.cffo , aun independentemente de la ocurrencia de.otro pre- cepto; y faliédo de efe impediméro, eta yd capáz de recibir la Enchariltia : luego cítá obligado al pre-

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