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A ia di ¿$ Trrátado IX, del dtiflimo Sabrámento de laZ ucbarifra. 613 :+Refpondo lo 4.que tengo por probable tambien, que aun teniendo Mevio pecados móre «ales no reiervados junto con el refervádo, podia kelebrar contrito,comp lino tuviera cópia de Có. feforsaísi lo tiene có Ricardo, Adriaao,Dutáido, y Livio, Diana,per1.3.1r44. 4urefol.104. Lo mil- motienc Hurtado, Vazquez, Machado, y otros, q eita, y no figue Leandro esd. quest: 36. y lojuz-= gan probable Calpenfe, Torrecilla; y Tamburino doc.est. La razon es; porque el Confefíor no po- dia ablolverle de los pecados relervados por falta de juriídicionsy alias note devia dimidiar la Gó- fcísion confeflaudo los no relevados Luego pa- dicra Mevio házer quenta, que no tenia copia de Contefior, y eclebrar contriro,con el propofito de comparecer ante el Superior”; quanto antes pu= dicfi< por la ablolucion por i miímo,9 pidiendo tl Confeflor facultad para abiolverle. Objeción contra la 3.54. refpueta, 614 ML hazer vn Ado de Contricion pérfeca E to,es diñci), mas facil hazerlo de atrio sion, y con ella,y el Sacramento jultiñio eatfe: Ldego pot no exponeríe Mevio d ricfgode dezir Mifla facrilegamente,feria mejor confeffare e del pecado no relervado,G le tenia, y fino le ves híaycófellar algan pecado venial,O dar ocra maten ria lufñicióte de lavida pañfada. Reípondo lo 1.que aung es dificil laconericion perfeétaspero con añ hiitencia de la gracia fe puede hazer, y elta gracia ho faltad nadic, que (e difpone de fu parte, para lograrla; 4 mas qué no es neceflariosque ín reso” ersiáre (ea coram Deo perfedto el Año de Con= cricion,baltaque lo Tea en el juy2io, y eltimacion Bci penitente,para que pueda llegar fin eferupulo d dezirMifa,o comulgar,quafidode vrge neceísi- dad, yb tiene copia de Confellor aprobado ; 6 son baftante Joriídicion para abíolverte, 615 Refpondolo a4.que aunque Naño, Gra= nadosy Anvico,citados por Leandro vbifwprasq» 3/7» [on de (entir,que el que tiehe fojo pecado res lervado , deve confeffat los veniales'y para: fer de ellos abfucito direftamente,e indireftamente del te/ervado,li tiene vrgencia de celebrar 5 pero es ucho mas probable lo contrario, y'lo tiene con as otros,Leandro,:b1d.meños en calo, que el penitente hallafle gran dificultad en moverle:á aio» le parecieffc,no eftava fuficientemene te cóntiito ; qué en elle cafo per accidems. eltarid obligado d confefaríe de materia fuficiente:de 14 vida prefentesó pallada;como lo notó Lugosdi/ps 14. de Enchar fe. 5m.97: y Leandro ead. q» 37. y Jo dixe t ambien con elmiímo. Leandro en la 2. part.de mi Pratt del Confefjon. tral. 37. 1:254. y rambien-,(i denrás del pecado refervado , tenia e 007 ring no relervad obli. gado ác arlos , caío que no [e juzgalfe (ufi- cientemente contrito,para jaflificaríe con la atri cign,y el Sacramento; y con: elto queda relfpondis do ¿41a0bjccion;paes aun fegun las opiniorts re. feridasen la 3. y 4.relfpuefta, concedemos ¿que MeWlo devia confeflarfe de los mortales,no tefére vados,(i los tenia; y fino los tenia, d e algunos ;0 álgun venial, para juftificaríe con el Sacramento, y atricion,caío que hallalfe dificultad en moverte á perfeóta contricion. CASso: vir 616 Etrucio eftava ligado con vna excomm: nion mayor, y denunciado nominatim, y excomulgado vitando enía Lugar: hizo vn viag e ¿otro,donde fe ignorava (u eltado, y le inftaronsque cantalle la Milla folemue va día feltivo , no pudo: efcularie fin nota de gravifsima infamia, ni avia Gonteñor, que cuviete facultad, para ablolverle de ea cenfura; aunque avia Sa. ecrdores aprobados,con quien pudiera confelfara fe. Preguntafe f aviendo effa urgente nece/Sidad,pos dia celebrar con un Año de Contricion,0 fi devia có FefJarfes para confeguir la abolucio indirecta del pon cadorefervado con effa cenfura? Reípondo,que elte caío le ha de refolver del mifino modo,que el can lo antecendescomo notó Diana, part.g.tra8t.3, refol.x1 fin. Torrecilla vbr fupr.num.61.y Calpene le cit fe ha. num.18. 617 Con ghc íi Petrucio tenia algun mortal no relervado , devia confefiario para [er abíuciro direótamente de el, e indireíte de la ceníura , y telervado,fegú lo dicho en el num.611. find tenia mas que el refervado,podii celebrar con Ago de Contricionscomo le ha dicho enel num. 612.y em Opinion probable podia cetebrar fin confefíaríe £on hazer Atto de Contricion , fegun la doétrina del m.613 y G le pareciano eltár fuficientemente contritosdevia confeflar de pecádos mortales no selervados,fi tos tenia, de algunos veniales,para juítificarís con la arriflon, y Sacramento dela Pe- nitencia; fegun la doétrina del num. 615. pero có el propofito de folicitar la,/abololucion dela gen- fura en pudiendo. OBJECION. 618 PL que eftá ligado con excomunion ma. yorselta incapaz de recibir el Sacramén to de la Penitencia: Lucgo,auná fe con» cedaen el cafo precedente, ¿ pudicffe Mevio cona foffaríe de los pecados no reicrvados,para fer aba Ínelto dellos diretaméte,é indireftamére del re= fervadosefto no fe podrá conceder en cfte caíorde Petracio por el impediméto de ea confura. Refe pondos¿ efe impediméco no obíta en tiépo de ves gente necefsidad,como la $ tenia Petrucioscomo lo notan los Antores citados en el 2.616.Porá el precepto nátural de confervar Petrucio fu fama, pela mas, que el Eclefiaftico, de no confeflar el que celia excomulgado. Tambien priva la excos Ibunion máyor de la recepcion de laEuchariftia,y ho obitante eu tan rrgente neccisidad le concede 4 Pe

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