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Cónfer. VII. dela Confeficon;que deve preceder ¿la Comantor” Ar miímo cite d Suarez, y otros en la 1.part.de Conf. n 44.3.Confer.1.n0m.24.Luego g2unque la mate- ria delte mandato del Tridentino lea grave,pue- de obligar lolo debaxo de culpa venial. 568 Y feconfirma; porque con Navarro, Diana, y otros tiene por probable Torrecilla, 1bid .cod:cap.5.num .2%. Que en cáío de duda, de (1 la le y, fegun lus palabras obliga á pecado mor- ral, o venial fe ha de tener, que obliga á wenial: Sed (ic eft,que aqui fe dudas(i las palabras del Tri dentino obligan fub mortali,o venialisy la milma duda ay en las palabras delacondenaciondeelta propolicion, que folo condena el dezir, que efto es confejo; y que dá duda, condena , el que fea precepto, debaxo de culpa grave 0 leye : Luego probabiemente le puede dezir,que no le condena el dezir,que efta obligación. es debaxo de pecan do venia),y no mortal. 569 Confirmaíe mas con la dofrina de Tamburino , loc. cit. m4m50. que dize; Quoties werba [legis intelligi poffunt de obligatione venia- li , non; debent ad mortale extendi, quie femper. in dubio, 7 in poenis benggnior interpretatio facien= da est, y celta caníal es. comun ; y. la prueba.con leyes, y Autores Tamburino; bid. Sed Gic.cft,que las palabras del Tridentino,y las de Ja candena- cion pueden entenderíe de la. obligacion. de pa- cado venial ¿luego nodeyén.extonderíe dla de pecado mortal. 570 - Lo otros:porque enla 1, propolicion condenada por Inocencio XI. que dezia : Non est alliciromserc.enfeñá con Prado Torrecilla ex- plicandola, tradt.1.. conf fubn0m.94. que no le condena el dezir, que feria folo.venial,cl víar de opinion probable, y menos Segura del valor del Sacramento 5 ptes lolo fe condena el dezirs que cílo no es ¡licito , y el que dize, que es venialño . dize, que no esilicitosfino que es ilicito; fed hc elt, que el que dize,que el mandato de confelar quam primurm , es preceptodebaxo de yénial, no dize, es lolo confejo: luego el dezir, ¿elta obli gacion es precepto debáxo de pecado venial.a no eltará condenado en eltapropoficion g8. 571 Nitodoslos Autores,que cita Leandro del Sacramento, esd,queft.46. afirman expreña- mente lu diétamen, de que eta obligacion fea fub mortalizpues GalparHurtago,di/p.p. diffic-7a de Euchar.tolo dixeyqueel Tridenrino puío pre cepto; pero no dize,que obliga 4 mortal:ni tam- poco lo dize expreflamente Lugo, dif. 14» fc 4. 716,135.11 tampoco Navarro.en el Man. CAP. 2» 2408.10+01 luan Sanchez in Seleft .difp.328-13.bi Machado, ¿quien citaen el lib.4.par1.traftolo. doc. 6. Pues elte Autor: ex el som. '1 .Lib.2.partaqo tradt. 8.doc.3.fínez como lo citamos en el 70. 564. afirma con la coman: que el mandato del Tri. dentino es confejo;y en ebtom. 2.en El lugar,en que le cita Leandro , que es el citado aquí, leva por mas comú [er precepto:pero no dizesque fea obligatorio á mortal: Eltasíon (os palabras su el lugar citado por Leandro: La ¿más comun opia n10n es , que el Concilio. pone nuevo precipto, y que como tal obliga e pecado de cofeffarfes quá prima, Tc.Dize Machado,que obliga dpecadosno dize, que 4 pecado mortal. No dudo , que otros Aua toros llevan exprellamente , que ete precepto ex fub mertali; y que quizás feria elta la ¡inten cion de los referidos Autores: pora es cisrtóy que fus palabras no lo dizen exprellamente;coma conftará al curiolo, quetuviere flema de verlos en los lugares citados , que fon los miímos , en que Leandro los cita. 572 — Potrodo lo dicho tengo por probas ble, que en la referida propoficion-38.n0 (e ¿ón dena el dezir, que la obligacion, que tiene el Sa cerdote,quecelebró contritó por no tener copia de Confeffor, no es obligacion, que debáxo de mortal, ino de venial folo, le preciía d conte Mir quanto antes. Pero,aunque iento [er probable, ¿ho eltar condenado elto; no lo apruebo, nifigo, lino lo contrario;y foy omnino: de fentir, que cita obligacion es fub mortalisporque lo vno,la mater ría es grave; lo otro,para vn precepto leve no fe pondria el Concilio á hazer de propalito efe cá.. piculo.. Lo otro,porque ¿da confefsion: fe mandz '€n lugar de lo que el Sicerdore avia de hazeran. tes de dezit Milla; fed (ic eltyque antesde cele. brar tenia obligacion [ubmortali el Sacerdorerk confe aríe, teniendo copia de Gonfeffor: Luega ¿ón el miímo rigor (e: deve entender la obliga» cion, que tiene € conteflaríe delpues quem pri. 12m. Aísi lo tiene modernamente núcítro Padra Torrecilla: en la. Sunza, rom. 2rtrat.ndi/p30c4p. 5 14M. 163. y :clto es lo que deve teneríe , cons fejaríe, y leguiríe en' 14 priaGticas SYMARIO 000 El complir el precepto anual es batánte canja,pava que comulgue contuiro el"pecador,que ng tiene:co= pia de Confeffor,num. 573. Aunque dya prefenté Sacerdoro fiples Anne] $1 fea csuja bastante la fingular devecion del fuzéa TAS Locs la de dezir el Cura iMiffa e fu:Pueblo en día festivo, drimm sq 8) ios Si lo fea cn el que no es Cuna, 0 para oirla el mifmoy d "um.5B0% | a ! Lo es ea el Sacerdote pobre el no perder el estipenia d10,1UM.585. y 586. 4 Si lo feasla de fatisfacer d la obligacion de Capella n14,0 est ipendios recibidos Anum.58 7000 Y la de Jufragar al que fe cree, esta cn el Pargatos r10, A HUM 59O. RO $ Lo es la de cuttarla nora, fino comuúlgajje la Reli= giofa en día de eflatuto,dum.594: Si basta folo el motivo de evitar la admiracion ibid. pub No bajta el motivo de fatisfacer algún precepto, 3 ota mero bamarojd nem-596. Se OT E EE

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