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544 E pS N a o $. Unico. 'Prenótación previa ¿efe Tratado. Ñ Cerca delte Sacramento de lá Exa A trema Vncion,no ayPropolicion ] alguna de las condenadas por Alexandro VÍL. Inocencio XI. ni 'Alexandro VIIL.que hable en propios terminos de Extrema Vicion.Pero puéden pertenecér 4 tas dos Propoliciones , qué hablan de los Sacramena tos en general; como fon la Propoficion ¿.delno+ centio XL. que condena el feguir opinion ptoba= ble del valor de los Sacramentos , dexada lá fnas fegura. La 29, del mifmo Inocencio,que cónded - na la opidion,que afirmava,que el miedo vr gente que amihaza , es cana juta de fingir la ¿dminil- tracion de los Sacramentos. Y tambien la 3 ,'del miímo Inocencio , que coridena la opinion, que dezia: Que generalmente quando hazemos algu- ma cola, fuadados en probabilidad, d intrinfeca, d extrinfeca,aunque (ca tenue,como n falga de los terminos de proba bilidad , empre obramos pra: dentemente. Y la 27.de Alexandro V11.que con- denava la opinion,que de zia:Que li el libro es de algun Author Moderno , debe lu opinion tenerle por probable,mientras noconíte eltar reprobada como improbable por la Sede Apoltolica L s tres de Inocencio XI. tengo explicadas en l. primera Parte de mi Praética del Confellonario tract. 10. y en la de Alexandro VI. en la fegunda Parte de mi Praética,sralf,17.1n4m,1 7004 2 Explicando la Propoticion 1 «de Inocencio, - Mixe , que lolo habla la condenación con los Mi. niítros,y no con los recipientes, Y que folo habla de la materia , forma, € intencion de) Miniltro, y. que no le condena el fegir opinion probable en puntos de juriídicion, Y explicando la 37. del miímo Inocencio, dixe, que nó (e condena el fe: guir opinion de tenue probabilidad en calos de extrema necelsidad. Enla 2. Part, de le Pralto! dl crab. 3, 00.5 +Pars. ¿e NAM.D 5. dixc,que le roza ASADA DARA PPD DD TEE TRATADO XEM! D EL O SACRAMENT DE LA EXTREMA-VNCION. PRLLTLDIECIPID Es báñs *25 ¿En mes algo con la primera Propoficion de Inocengle dezir,que porque el enfermo ño muera fin EX trema Vncion, fe le pueden vngir dos cintoÑ vt dos debaxo de vna forma, diziendo; Ter ¿Nas Sam as Vntiones, Oc. Y lo nilmo dixe en cl mii. 5, de la opinion, que dezia: Que en calo de neceli i dad podían muchos Sacerdotes vngirá yn mil 20 _tiémpo al enfermo, vngiendole cada vno vn ten ! do,dividiendo la forma proporcionada al que vngia. 3 Enel lugarcirado¿uam,8 4. dixe,que ee Sactamento lolo fe puede dar a los que muerer de enfermedad, y no 4 los que mueren cafligado . por la Jufticia. Y quefe ha de adminiftrar en la! enfermedad en que aya peligro de muerte ; pero que no Íe ha de elperar aque el enfermo efté del auciado,0 fin fentidos, y que le puede adminiltrar” ltiego qué le adminiftrd el Viatico,Eh cl m4m85 dixe, que no esperado mortal: déxat de dezir los Plalmos, y Preces, que ordena el Ritual para ad-! miniítrar efte Sacramento,aunque el dexátlos fent lin necefsidad, como no lea por defprecio, mi aya elcandalo. En €l nim.86.dixe, que fi el enferma huvicile recibido otro Sacramentoyy li el Sacera. dote elperalle 4 tomar el Sobrepelliz,y la Eltolay' lc avia de morir Íinla Vncion, podria licitam adminiltraríele fin Sobrepclliz, y Eltola: mask avia recibido otro Sacramento de Confelsion Yi Comunion, dixe, que no le podia adminiltrar áA ellos Ornamentos,fino dexarlo de adminilirar; pe 4 Enclnum,37, dixe,que el Sacramen de la Exc ema-Vncion,adminiltrado con el Olco del ano precederte,no folo es valido, Íino que em: cs lo de necelsidad es licitozpero que fuera deAgBAe fo, peca mortalmente el Cura que lo admi con Oleo del año precedente; y que era pr ob. que aun el haze:lo lin necelsidad , no:es pet mortal. Eu el nam.89. dixe, eflava condenad í Opinion de Layman,qué dezia,que le podia d ela Extrema Vncion con la Critma de la Confir; cion. En cl num, 9 1 .dixe,que era probable,que al 1 ciegoa nativitate le le ha de vngir enel logar de Jos AR
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