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Del Sacrificio de la MijTa, celebrar vba por cada vno, fino que fatisface A tos idos aplicando por todos vna: Pero li alguno hizo woto de celebrar vna Milla cn accion de grácias de algun Bencficio¿0 por confeguír el focorro de alguna necelsida d , no podra recibir eltipendio por ella, porque no.es deuda de liberalidad la del voto; mas podrá recibislo, (1 refervola intencion de 1ecibir eltipendio, y,Lold votó de aplicarla por la accion de gracias,en quanto á lo impetratorio, 0 Enchariítico. Si vno diere dinero, o sitipendio, al Sacerdote por fola la oficiaturas efto es.porque celebre. en tal Igleha, d Altar, y conílare, que ña era lu intencion que le le aplicalle el Éruto del Sas crificio , podrá cl tal Sacerdote recibir otro eltiy pendio de otra perfona , á quien aplicará el fruto del Sacrificio; pero fiempre le ha de prelamir,que quien dá el eltipendio por la oficiararaspidg tami=. bien que fe le aplique el fruto , fi cl noex plicado contrario.Prefcindiendo de ley, eflatuto,y coliúla bre, fc puede aplicar la Mul: Conventual' por quien el Prelado quifiete. , El Sacerdote no etá obligado á aplicar por quié da cl eftipedio la para tedel Sacrificio que le correfponde ex opere opera: t¿s, lolo el fruto que correlponde a los meritos de Chrilto,dcbe aplicar por quien da el ellipendio, d por las Ánimas del Purgatorio , no lolo quanto 4 lo (atisfatorio, fino tambien eu quanto a lo impe - tratorio, que cotrcfponde alos dichos meritos de Chrifto. El que folo tiene probabilidad de que cltá orde- nado,como el que lolo toco elCaliz,yno ha reite, rado el orden fub conditióne,no puede recibir elti- pendio por laMiila.No es pecado mortal no cele brar vnaMilla,que le debe lolo pcr liberal ofrecia mitto,o pramella,aunque fe aya jurado la tal p:O= mella.Para que lea pecado mortal el dexar de ce= lebrar las Millas libetalmente prometidas,es ne cellario que fean rantas,que lu eltipendio lea quá; druplicado á la mareria ¿que el hurto confticuyé ecado mortal. Pera le entiende,como ellas Mus chas Millas no Ícan prometidas con ju amento; q filo fuer? obligarian á culpa mortal,como es cla- ro, y como quien las pia, no las deba de julticia hazer celebrar; que (las debe de jufticia, el 4 las pide,Ó aquien fe prometen,te le ha de avilar, que Jas haga dezir a otroSacerdote.Sino €s hallandole el Sacerdote en extrema,d quall exerema necelsi- dad,no es liciro recibir muchos eltipendios, aun- que (cá cortos, y exiguos, y ofrecer folo vnaMilla por los que los dieron.Para la reducció de Millas cotidianas en las Religiones , 4 quienes Vibano VII. concedid Ptivilegio de reduccion, le ha de acudir ya 4 la Santa Sede Romana, El que antes de las condenaciones recibió muchos eltipédios por vna Milla, y aviendolos confumido có buena fee, y en nada fe hizo mas tico,no eltá obligado á rel ticuir cola alguna.Si in aliquo factas e d itior dcbe reltituit aquello ¿n quo faétus efi ditior.Pero 1 los recibid con malá fee,debe reltinirlos todos,Ó cé- Jebrar por si, Ó por otros tantas Millas de nuevos Quan:as < JEeelponden z las elripendios qué recia Confor. Part, Lis 2,5 bió demás. Y lo mimo le dize de o ze gando con buena fee,que avia Priy ilogio para ren cibir mu chos cftipendios por Yna Milla;; loshu< vielTe re cibido,y aplicado fola VoaSia Pedro,Sá= cerdote de. vn Lugar, donde el regular eltipeociió es de dos reáles de plata ; encomienda va /ugero delte miémoLug arque diga cien ducados de plas ta de Millas,por s1,0 por otro: pecó mortalmente Pedro,f las haze dezir en etroLugar donde el cla tipeadio ts4: real de plata ,encomendádo folas las que correlponden á los cien ducados de plara 4 dos reales cada vna, dando los que las dizen lolo a seal de plata, quzdandote Pedro con lo reltante de los cién ducados. Si a Pedro encomédo Juaí el año pallado veinte Miflas,ofreciódole eltipendio | y aviendo Pedro hecho las diligencias para che brarlo,no lo pudo confeguir,y delpues Juá buelvé dencomendar otras veinte Millas a Pedro por el miimo lugeto, vivo,ó difunto, para quie pidió las otras veinte primeras, podra Ped: o en julta :ccós penía dexar de celebrar las. veinte icgundas. Pera no quando las primeras le avian aplicado por vHk lugcto, y las (egundas le pidicreh para otro, Si sk Saotídore admite 3JgunasMillas de fund: ció, cu yo ellipendio es cierto,moralmente hablando,que lo cobrarázdebe dezir luego lasMillas, (mo le paez 19 lo contrario exprella,ó taciramente.Y li lc en- carga de algunaMilla para el buen exito de algun negocio,que le ha de ecc en dia determitas do, y no celebra antes de la lentencia, debe ¡cltis tuir cl eltipedio, fino es que tambict huvicile pe= dido,que le aplicalle GB latisfatorio, que Co. rrelponde4 los meritos de Chrilto , al que dió od eftipendio,que aviendolo aplicado por cl, en cla calo no.1y obligacion de relliruir el eltipendio.Sá vno antes de fe: Sacerdote mató d algunaperlonaz y defpues impetrada la difpenfacion d: la irregud laridad,le ordena deSacerdote, pero la renta cs 12 corta, que con ella no le es poísible reftituir d los paares,obijosdel difunto,no eta obligado A (arif- facer aquellos daños con Miss eeblandolas por el Alma del difunto5 pero en el fuero de la coficiencia ; lerá conveniente que lo haga , y el Confellor fe lo, ha de imponer poí penitencia» ¿, Stel Capellan debe celcbrar en Iglcho,y Altar eefignado por el F usidador,gae lolo tuyo intenció, de dar culto á los Santos de la Igleña, y Áltar,pew ro no fue lu intericion, que le le aplicalle el frura, del Sacrificio 5 fi dicha Igleña, y Altar cltuvierent ocupados algun dia, fio tendrá obligacion a cele brar aquel dia el Capellán; pero la tendrá ¿( 14 intencion delFundador no fite lolo el culto dicho; fino tambien ; que le le áplicalle el fruto del Sa. críficios Si lá intencioó del Fundador de las Mi fas lolo es dar culto efpecial al Sand?, nó pucden celebraríe las Millas en otro Altar 3" aunque fca privilegiado: Pero fla: inteñicion piiicipal dél Fundador no fúe dat culto al Santo , fino el má- yor faro, y privilegio 'dé lá Almá', podrá cl Capellan celebrar las Millas en otro Alrár , que fea privilegiado. El Sacerdote a quien le encó< Es Z micná A e h o Xx

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