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Y 290 Los eforupulofos vo deben atender ¿ fus vanos temo res mm.1619.0 ftf. ioiofo que alguna veztembra d Ju General en 0 uo pecaria fino penalmente , no bazirndolo por defprecio del Obifpo,ui por introdiw» "> esyuevo Rito,num.1621.0' /04. Afrú como uo es licivo dexar cofa alguna de la Mia, tampoco es licita añadir coja alguna en ella , mbr. 1625. Íeq. z E/que por devocion añade alguna Oracion > "O peca : mortalmente, no lo baze con'aniito de ¿introducir nuevo Rito,num.162747 fe4. No folo las palabras, fono tambien las ceremonias fon cofa fanta, y loable mum.1 6 30. “ Bl que por celebrar con demafsiada aceleracion elSa- . erificio de la Mi/Ja,cmite algunas ceremonias, ofig- nos de los que difponen las Rubricas pecará grave, o levemente feguwel defetto mum.1631 . Circunflancias com que fe ba de celebrar la Mifamumra 1633. En el de diez yorbode Mayo: pueden todos los Sa= cerdotes , que fueren a alguna ae mue(tras Tolefias por devoción de Sun Felix, celebrar Mija del Santo enella, y rezar Ju 0fició,num.16340* Jeqo Bula del Papa Vrbano VIlI.en que fe concede facultad 4 todos los Sacerdores para celebrar MijJa de San Felix , y rezar fu Oficio emeldia dicto, en el concurren d alguna de nefbras Iglej 530,16404 10 e CANSAN E ' 134 1591: FTE" cio en vo día de Paíqua de Refu= A rreccion lalió veltido de Cafudl Manipulo,y Eltola de ¿olor negro a dezir Mila, y la celebró de Difuntos. Preguntafe , Sen eo pecó mortalmente Técio? Relpondo,que íi la ¡ gnorancia” no le elcusó,pecó mortalmente en elle cafóTicio. Aísi lo enfeña, y bien Tambutino ín Mesh. celebr. €n dia dé tanta folemnidad celebrar con elle te. cado,y Milla de Difuntos, esagraviar aleulro del dia tan grande,y fuena elo á menofprecio de Riw to de cílc diazLuego ferá culpa mortal, | UBTECION. Omunmente enteñan los Autores, y que noes pecado mortal omitir. el Rito proprio del dia en celebrar la Milla,y que en fieltas dobles le puede celebrar Milla voriva, y de Difuntos; fin cometer culpa morral. Aísi lo en. leña con Suarez,Miranda,Zanardo y otros, Diana Part.2. tr. 14» refol.30. Y con Lugo ,Gránados,y otros,Leandro delSacram.tad.difp, 7:9.63 «Luego ho pecó gravemente Ticio en celebrar la Mila de Difuntos en elle dia de Palqua. Refpondo,conce» do el antecedente, regularmente hablando,yniego. la confequencia. Verdad es,que en otros dias do- bles menos lolemnes no es culpa mortal el. cejo= brar Milla votiva; pero en dias tan privilegiados, como el de Paíqua , fe reputa por grave materia, + por do que he dicha:en el num, anteced, Tambien es comun entré los Autores, que no Cometerá pe= cado morsa) el que en cl Oficio Divino no pbkrya 1592 ¿Miilas votivas pone el ¡ambien al arbitrio del Sacerdote él dezirlas E Mi/J.lib.3 «cup.6.5.1 fúb.n;7 La razon es, porque E Y ez ae pjsim,nif ratiomabili de canfa guoad fiers potejh Mi/j/a cum “3 Miímo dize otra Rubrica elpecial , que pone eb Tratdo X.Del Altifsimo Sacrificio de la Mifa. el Rito del dia ; y quando avia de vezar de Sáfito reza de Feria;ó al contratio,como le puede vér eg la 2.Partcde miPr<T bra cmo tante efta condenado por Alexandre Vil. en Propof .34.el que enDomingo deRamos te cum pla rezando el Oficio deRelurreccion. Y af Lar que no (ca culpa grave, regularmente habi dezir Milla votiva en dia de Santo doble, pe; ferá en dia de Paíqua celebrarla de Difuntos. CASO 1 UN 1593 ((3Empronio era Íingularmente devoto q $ la Santiísima Reyna de los "Angelo la Pursisima Virgen Maria nueftra Madre NN ñora dulciísimazy movido de tan loable sy plana ble afeccion,liempre que no ocarria ficlta dobla 9 Dominica,d Feria privilegiada,dezia Mia vo. y tiva de nueltra Señorasy aun defea faber, Gen diag dobles,que no lean folemnes, ni clafiéos, pod:iah celebrar ella Milla votiva, Preguntafe lo 1.Si obra da bienen celebrar Mifa votiva de núefira Señorae los dias no probibidos*Y lo 2. Si podrá bazerlo licita 4 imente en los dobles menores? A ¿0 1594 *Relpondh lo 1. Que abfolutamente ha ' blando, éslo mejo dezir laMilTa conforme alRis to del dia;y conforme al Oficio Divino, que fe h4 rezado.Porque aunque las Rubricas delMillal,eñ 4 de votivis,dexan al arbitrio del Sacerdote el ved lebrar en dias lemidobles, Ferias,y Vigilias no prio? vilegiadas Millas votivas; pero clte arbitrio fe ha * de entender lcgun razon, y aviendo alguna cana, 4 Como 1otd Tamborino fapra lib.2.cap.6.$.1.0.3 47 Luego no la aviendo, ferálo mejor dezic la Miila cu e al Oficio ocurrente: con lá Rubrica efpecial , Miilal, dónde dexandal quando no ocurre Satito doble,añade: Quod tame dl » fierá non deber , [di Officio conveniat. Ylo'T Millal delpues de la Milla votiva de mueltra Sew' 1 ñota sab Adventu,v/que ad Nativitatem, Ses [Mi Y eftofc confima: Y que al principio delas! H y ¡ " 14 11595 Relpondo lo 2. a la ptimera preguntas $ Que la devocion efpecial deSempronic es báltana A té para que en los días no prohibidos por la Ra«' brica,como fon los dobles, y Ferias, y Vigilias prin -4 vilegiadas,pudielle lin elcrupulo celebrar 1.Mia! + votiva de naeltra Señora. Alsi lo tiene Tomás! Fomborinocit.$.1.m.11.Larazon es, por que cl to lo dexa lá Rubrica Miffa al arbitrio del Sacer + dote,el qual, como fe ha dicho; ha de fer razona Aer RO ef que era motivo julto yr eE AN zonable la devocion elpecial, que Sempronio ñ nia 4 la Santifsima Virgen Maria nueltra Señor | Luego podia muy bien celebrar laMifla votiva/e dias femidobles,que no fuclleDomiiica;niFeri ni'Vigilias,ni Infraoétavas exce pruadas, 1596 Relpondo lo z.á la 2.pregunta : Q pecado venial dezir Millas votivas en los d as lasRubticas lo prohiben;ng aviédo canía añ > Y eS
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