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234 9 el Sacerdote, 3 quien fe encomiendaron las Mife las por menor eltipendio,confintió en ello libre, y elpontancamente, fabiendo, que el otro fe quedaw ba conparte de eftipendio , 9 no? Silo fupo, y confintió libremente,yá concedimos ello por licia, to en el citado lugar de la 2 .part.de la Prat, num 64. fino lo fupo,ni confintió en ello libremente, fe le hizo agravio, € injulticia,y le le debe reltituir: y aun dixe enla 2, part .de la Prabt. cit. traót.17.. 65. que efta doétrina de Bordon eftaba compres hendida en celta ge propoliclon condenada. Objecion contrala 1. refpucfa. L Criado, que por fu trabajo extras ordinario compra alguna cofa por menor precio del que fe vende comunmente,pue- de retener cla porció, como fruto de lu induftria: Sed lic elt,que fue induftria de Terencio el buícar en otro lagar , quien le celebralle las Millas por menor eltipendio :Luego pudo quedarfe con lo reftante como fento de lu induftria. Por efta razon juzgan Pelizario,tom.1. trafk.6. cap. 3.9, 1041404 23. y otrosyque callado el nombre cita Diana »b$ Sibra refol.6 8... y lo tiene por probable Tamburino in mrebbs celch. Mila lib.zecáp<r» Sos: Subo 5» fi- ne, y Caliano de $. Elias, ejrado del P., Manuel de la Concepcion vhs fupra , que Terencio podia r€ tener ellos cien reales, menos que por las circunfo, tancias le advirric/Te,que el que dá la limofna, no: folo intéta fe celebrentanras Millas, (no que tam- bien quiere favorecer á los Sacerdotes de tal Lim» gar , Ó las dá.en honor de-la tal Iglelia , 9 cofa lem, mejantes que en elte calo dizen eftos Autores, no puede Terencio releryar para li cla parte de limolna. ce ' 1281: Refpondo,que no vale la paridad entre, el calo del criado, y el de Terencio; porque en el, primero cabe negociacion,de que pudo valerfe ch criado , y por lu trabajo extraordinario , e induí= tria. aprovechar le de la porción del precios pero en elto de las Millas no lc pueden hazer cftas nc. gociaciones , y es vn damnable , y execrable lu= cro.: Lo orro, porque enel calo del criado no ke haze agravio: 4 nadie. , no al Amo, porque no e obligó a eltos trabajos extraordinarios indebidos, lino a los ordinarios, morales, y debidos :ni tam- poco al vendedor ¿pues fe (mpone, compró a pre cio juíto, y afsi pudo,retener ella porcion, que lo= gr9 por luextraurdinario trabajo, como:fruto. de luindultria ; pero en el calo de las Millas (e haze agravio al; que dió el. eltipendio , cuya: voluntad fue, fe dicilen los ducientos reales y: 4 quién celes! bralle lás cien Millas + y fe haze agravio al acera dore,quelas celebró; puesno te le did el eltipen= ¡dio afsignado por el dante principal, ni ello cedió con ciencia, y confentimieñto li» bre,y elpontaneo. Ao 1280 Tratado X., del Altifsimo Sacrificio de la Mid ] CASO P 1282 Lavio encargó 4 Leoncio Sacerdote, la celebracion de cien Millás cuyo! eftipendio le debia pagar luego por Flavio , pero; $ elte no lo pagó : pallado vn año el miímo Flavio olvidado de las primeras cien Millas encargadas, - ho antes encomendó 4 Leoncio otras cien Millas, dió el cltipendio de eltas , mas no le avia pagad aun cl de las otras ciento , que celebró Leoncios* Preguntafe, fiefte podia vfar de compenfacion, y de xar de celebrar ellas cien Mi/Jas, por las quales Flavio? le año el eflipendio, y quedarfe con ele en fatisfacion las otras ciento, que autes celebró? 1283. Relpondo lo 1. Que fegun fe colige d la doét:ina,que con otros enfeña Peyrinis in privi leg.Min. tom, 3. c4p.1 1.374 y con Peyrinis Lezas * 1 na en La Sum.verb, Mi/Jonum, 3 4. le deduce de ella, que Leoncio podia víar de la compenfacion , y no $ celebrar las [egundas cien Millas, queFlavio le en. cargó; pues dizen los referidos Autores, que l la y encargan a yn Monalterio cien Millas, y las cele», $ bra; y no obítante para cobrar el ctipendio,haze $ el Monalterio algunos gaítos por la culpa, y,omify lion del que encargó las Millas; ú clte mimo ena; Car ga otras ciento, pucde el Monalterio compeny 4 lar las expenías hechas engecuperar el primer el tipendio, dexando de celebrar de eftas otras ciemy to , lo. egivalente , y proporcionado 4 las! expen= las, y galtos hechos; y le fundan, porque alsi como; el Sacerdote recibido cl etipendio, eta obligado! por julticia á celebrar las Millas , tambien el que las encarga eta obligado de jufticia 2 pagar el clm y i tipendio: Sed lic e(t,que enlas deudas, y obligan ciones de jufticia tiene logar lajuíta compenía- cion: Luego tambien lo tendrá en el calo prefer to.' wlar de la compeníacion , y dexar de celebrar las, fegundas Mi/las , que Flavio le encargó, en cala que las primeras, y las legundas fe pidan para el milmo , y parabeneficio [uyo folamente 3 y no (8 pidan para beneficio,o fufragio de.otro tercero vis vo,ó difuntos Alsi lo enfeñan Tamburino vbi ft bra cod.cop.Y. 5.3. fineyn. 102. y 103. Fr. Antonia del Eflpirita Santo: iu: direét, Confeffariota tom. La tratt.7 difpz.fec. 1. 0.233. Diana cit, braét.16., refoí.66.. y con efta limitacion admiten la doétrina de Pey rinis, y Lezana, citados en el nom. antecedo; Pelízacio en el Man.de Regul. tom. tr att.G.csp,3s 9-22. 8.50. y Fray Antonio del Elpirica Santo cod nom, 1.33. La razon es; porque la julta compenía», cion'ha de fer arreglada á las leyes de la jalticias, Sod:lic elt, que efta diéta, que nadie fe compenle delos bienes: del inocente, ni con daño (uyo, fino lolo del lugcto deudor: Luego Leoncio ng puede recompenlaríc de Flavio; déexando de:telebrar las fegundas cienMiflas,( eftas le piden por atro ter+ sejo diípneo , 0 por otro vivo ; quelas necelsita ¡ para 3 y AN 12584 Reípondo lo2, Que Leoncio podrá * , ,

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