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Ñ a50% 1 Tparado IX. del Santifrimo Steramento de la Eucharifia blando, no afsiento A la fexra féntencia referida en el dum.911. que dize, que no. obliga clte precepa to de da Comuaion hafta los carotze, O quinze - años. Lo vno, porque. Cta opinion es contra el, dam RARO Uca 3 quanto á etos;y aun te podriá dezir,que declaro Fentic comun de los Dudtoresay ho le funda en tas zon fuerte, lo qual era necellario para fundar pro» babilidad feguras Lo otro porque elle precepto, obliza, en llegando a los años de la difcrecion 1 juyzio del prudente Contelli 1: Sed lic elt, que el, pra ignts Confe flor haze juymo en muchifsimos, fugeros,que 4 los diez años, alos onze,0 a los do.) z?., tienen dilcreci laficientiósima para poder comulgar; Luego uo (e podrá dilarar á los talesla . obligacion d cor migar hafta los carorze,d quin- ZE 21080) IIA 921 ¿Dixe generalmente bablandos porque bien : treo, que en muchos raílicos, que (+ crían tin cule tivo entrePadres igadrantes,y machos hucrfanos; aun pallados losquinz> años , hará juyzio el pra=: dente Confellor ¿queno eltán capaces de comul..; gary que cltos fugeros,y otros de duro ingento,y, tolcoeorendimiento , no eltarán obligados á efte: >» obligacion. legan vn Card. (cita 2la me irgós 2 ys Cayetano en [a Suma verbo omminio Sacraminta a lis.) Porque aquella, coftambre honelta der ugd SS declaró el mandamiéto del Concilio general; 3,€l Mandamiento Divino, en quauro á ellos, que gai aun en el articulo de musrre fe comulguen; 3 aunque de nueltro contejo le comulgariá en el, 3» puelto queno le comulgallen (henidó lanos)on ys la Palqus , 914 Deelta doétrina de Navarto le forma els te dicurto. La coftumbee fabida,y no reprehondi« da por los Prelados,es baltante, para que el Con4 cilio Lareranente,que manda laComanión en lea gando ala diferecion, le interprete , O celle halta los dicz,0 los onze años; Luego tambien la mifma coltamore baítará, para que no obligacá losca ,torze. De elte argumento le'yalé cl doétiísimo Nivarro, eod. eap.21<5M,44 fi. para probar, que (1 la coltumbre haz: licito el v/6, de que en algunas partes las viudas no lalgan a Milla en quinze dias, O yn mes; Luego la mima coltambre (dize) don. precepto A los.catorze ¿0 quinze años. Y fi todos dela huviere , lo hará licico (cis meles , 0 vn años ¡dl lageros del Pais , que reticte la confulra en el: — presno.es mas divino el precepto dé ole Milla qu 4 7 hdm.904. fuellen de elta farinia »pudiera dárleles quinze dias,que en (cis metes. Sebfumo,El precepi + refolución favorable ; pero ni todos lerán de: cltes tado comulgar ho £s-Mis Divino,ni mas Eclefiald ajye género , mi fe podrá aplicar cíta limitacion átóW Tico en los doze años, que en los cator2e, 9 en los; ! dos 00) y nuéve,que ehlos ttezo: Luego 6 la legitima cofw 922. Rolpondolo 5» Qteñ huviera Ss tambre permite, que ho (e comulgue laego , que' bfe legitima , de que en el Pais ; de que habla: ' FSA: > y A E SE efpccio del caló , na (e dielle la Comumion hala 4 podrá hazer: lo milmo la coltambre- legitima, en cumplidos los catorze años, por evitar los galtos + Los catorze años» crecidosdel entierro, li mueren , queno comalef 925, Vea aora el confulente,que tal es la cola $ Mega la diferecion y halta tener di;z; d ónze años,' a Da A a A Pm gaban ya, le puede pañfar pot ella coltambre, yla .tumbre del Pais, (1 es legicima,ó no; li la permitem podrá praéticar el que rio. comulguen hafta ella edad , legun la doétrina de los. Autores dela lexa + rá fentencia, Elta relpuelta tiene Manuel Rodcia o guez enel cit. cap. $4. concl.za donde aviendo di. ! cho,que e/ta obligacion viene en los muchachos! Alos cato/ze años, y en las muchachas á los doze, y añadido con Medids,que le ha de dexar al arbi. ) trio del Confellor , concluyó con eltas palabras EIN 913 15 Verdad esque (i la coftumbre ha ad»; »» Mmirido, que ningun moco, ni moga antes de la ¿> fobredicha edad comulgue y ellafe debe guar. yy dar; porque no le guardando con algunos iu »chachos, y muchachas, cuyo entendimiento, y: ¿y juy zio fuple el defeéto de la edad feriaclcanda- a» lo,para los que ignoran fa prudencia ,: yavilo.: Hala aquí Manuet Rodriguez. Elto miímo con. firma el clarifsimo Doétor Navarro,vbi Jfupraeadas ¿5 m. 57. donde dize eftas palabras: Que la col yy tombic,que parece general en toda laChriftiaas 3» dad tabida,y no reprchendida por los P£elados, ; yy de que los muchachos mas tarde fe comulguen,' y que fe conficlan (por les parecer , que aunque! »s tienen dilcrecion baltante, para fe confellaf' mo! ¿y la tienen Acompañada con la debida devocion,y > g teverencia,para le comul gar )les clcula de Jaral libremente losObifpos,0 (us Vilitadores5y li hallas £e,que es legitima coftumore podrán couformarle! ¡Con la doétrina de la fexca fentécia,y delta nueftra - reípuelta quiota;y legun ella podrá abíolver ¿los Padres de lostales muchachos, que por la alegada cana no les permiten comalgar.Aund (fe puede, Lerá bien delterrar ella cotumbie, y hazer que cod - úuilguen los niños,en teniendo diícrecion baltano tesa juyzjo del prudente Confellor,d Barroco, Elto es lo que liento lobie elta Mcuitad. Sala do empre, Tr o : CONFERENCIA Xk De los efectos del Sacramento de la Enchoriflia. y : SUMARIO. Puede recibirfe de quatro modos la E debarifiia,n.91 6! - Quienes novecibas fuefetto,n. 927. Chri/to.yMária comulzaron la noche de laCena,n.928 Difpoteiones para comalgar remifsivea. 9709, ' Nopreduec fu efecto la EmchariftiaLajla que baxa al .effomágo,n. 930. : Se ha de ggmar a modo de comida pará canfárlo ibi, No es neceffurio comulgar en ambas e/pecios, 931. lis rimifsive, úb to co ) La;
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