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256 En este concepto, tengo que decira V. E., con toda la energia que ha de tener un Obispo, que yo no reconozco en V. E. autoridad espiritual sobre mf, ni esa gerarquia que no existe, ni el derecho de imponerme decretos en materias eclesiasticas , pues la ley cuarenta y cinco, titulo sexto, libro primero, dispone todo lo con- trario de lo que V. E. me dice en la comunicacion 4 que me contraigo; y si V. E. contintia dando disposi— ciones contra los cAnones, como las ha dado ya en va- rias materias, las acataré, pero no las obedeceré, aun- que tuviera que dar mi vida en defensa de la libertad de la Iglesia. Cuando el supremo Gobierno decida las dificultades, si las decide con arreglo 4 los Canones, como es de és— perar, las cumpliré; si no lo fuesen, lo que no debo es— perar , representaré, como lo he hecho antes de ahora; pero yo no puedo hacer otra cosa, sin ser traidor 4 mis juramentos de Obispo. Todo lo que digo 4 V. E., no admitiendo la doctrina de que sea V. E. gerarca superior mio en la Iglesia ‘catélica. Dios guarde 4 V. E. muchos aiios. Habana y octu— bre cinco de mil ochocientos sesenta y nueve.—Exce- lentisimo sefior.—Fr. Jacinto Maria, Obispo de la Ha- bana.—Excmo. Sr. Gobernador superior politico, Vice- patrono. DOCUMENTO NUM, 7.° OBISPADO DE LA HABANA. Excmo. Sr.: He recibido la comunicacion de V. E. de fecha 30 del actual, en la cual me hace presente V. E. que ha tomado informes oficiales respecto de la pashcgt er

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