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174 tual en los Reyes de Espafia, han imitado 4 los herejes, © quienes, antes de introducir en la sociedad el dogma revolucionario, impioy subversor de la soberania del pueblo, proclamaron y elevaron hasta las nubes las pre- rogativas de los Reyes, para hacerlos venir 4 tierra con mayor facilidad: los hacian dioses con derecho innato bi de declararse pontifices, como hacian los romanos con sus emperadores idélatras; mas como eran dioses falsos y Ios colocaban sobre pedestales fragiles, bien podia comprenderse que aquellos fdolos vendrian 4 tierra en cuanto soplase un huracan: el huracan que se formé en los enténdimientos erréneos de los’ herejes; el huracan social de la soberanifa del pueblo. Lo decimos y lo repe- tiremos siempre: los aduladores de los Reyes son mas perjudiciales 4 sus tronos y 4 sus dinastias, que las in- vasiones de grandes ejércitos de enemigos, porque aque- llos los hacen morir de marasmo; mas estos, 6 les pro— porcionan aumento de gloria, 6, si los hacen sucumbir, van al otro mundo llevandose las simpatfas de su pue- ! blo, y dejando en este un gérmen poderoso de afecto 4 su heredero. Recuerdo haber leido, hace cosa de dos afios y cuatro meses, un dictamen de un alto cuerpo de Estado, en el cual, comentandose la Bula de Alejandro VI, se afir— miaba que, no teniendo el Papa en todo el orbe sino ju- risdiccion espiritual, al dat4 los Reyes Catélicos lo que les daba en las islas y continentes del Occidente, se en- tiende que les daba lo que tenia: la jurisdiccion espiri- tual; pues nadie puede dar sino lo que tiene. No pude menos, al leerlo, de reirme de la capciosidad, y decir: «j Qué desgracia! | Cémo abusan los hombres de las lu- ces de la razon! ;Cémo huyen de la luz del criterio, para ; relegarse 4 las tinieblas del sofisma! » Quien estudie un poco lo que era el derecho publico de Europa, cuando toda ella era catélica; quien lea la historia de las con=_ > ray .

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