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C Puesen efé calomo eftá v.m.obligado/a precio cola ayguna ; pues ningun daño ic lepruodebertus pro Letio lib.2.de jufk cap: 10.d0b.23. 1.55 OROS!,! 2D 27 P. Padre, aculome;,que aotra,que polgrel que eftava donzella y realmente no lo citav:i,l¿kanoci de fu confentimiento. -' melo C:X:lafolícitó vb cou. ruegos imrermnos, dad: vas frequientes, o. promecllas en carecidas:, DIS P.Si Padre, mucho lafolicité, y ¡por varios md» dos. ' a : ' C. Y cra perfona inferior a v m.Como v. g. errada, X0) >! + ] P.No Padre. y ' ES C.Lios ruegosimportunos de: períona.; que, tiene authoridad¿como unamo con lu cnada,fe equiparáa violencia; como dizen comunmente Jos DD.: pero qua dolos ruegos importunos no fon.de pertonas de aurhoridád fiente Medina, Cordova , Cayetano y“y ouros, que cita Diana pare: 24 trat. 16, refol. 48. que fe igualan, y seputan. por violencia ; aunque Leiio, Pedro Navarzo, y Ledefina , citados por Fagundes, in6 pracapt.l1b.6 .cap:5.mam .1 1.5. Als, l1senten lo con+ trario; ) Pero el fentir de Medina me parece verdadero', porque tas mugeres lon faciles , y quando fon repeti- dos los rucgos , no parece faben refiftirte a clios. 28 Y digame v.m..poraver teñido ella muger efe tropicco, le le figuio alguna infamia? ) P Si Marito ¿fupole'en-todo el Lugar. O: Y ella publicidad: fue por averte v.: m. jaéta- do dewerla:gozado ; 0 averlo: dicho: 3 algina per» fona? 19 1 e P.No/Padre, no fuc por culpa mia 3 fino porque ellaen fecreto lo mamfelto a una perfona , y de a1 fe fuedivú gando. : C.Si huviera fido v. m la caufa dela infamia, cta vaobligudo a refárcirdos daños. q de'al le figuieron, fupliendole dote competente para acomodarfe.. Na- varro, Mayor Pedro de Navarra, q cita. y figue Bab- leo verb S:mpram num $. an feplementos y OXTOS QUE Ci- ta,y ligue Bonacioa som. 1:de imatrim. quejl qu panibixz. nuit "7y 9" | «¿Pero quando v. m. no fue la canía de que Le publi+ calle fiyfaqueza, y no:la:hizo violencia,no ay obliga* cion de reftituirle: cofaralguna-Bafico en el dgar cutá: do, Wulalobos ro» 2.:+4b11 «defic: 30: 116: Fagundes im6.prec Decal 119:6 cap¡gncro:S: Dicendum tamen eft, Porque efta obligacion de reftituir , 0 avia-defundar fe haver violaio a clamuger., 0: civla afina, que detpuesde'figuid...Ne enplo: primero, porque ella volantavianiente , como terfupone, confntioyy/Ziénti ES volenti non fis rujar:a Tampocoen la fegiido;pués ella miíara ymov:ta: fa can fude fu 1ifamia: «Juego no clta v.mr obligado a reftituirle cofaalganaioo o 29: >P.Badre; acúlónu qué mircho enipo/cútre en caía de una donzella , varias uezos la toJicite; pero funca ella quiío confentir 118.9 C. Y deíco viadogozada pár fuergay: 0 Violen- cia? o: oneup 6.200 P. No Padre, fino virieta en ello. yo: nuncirquile violentarla rbd A e 11d +)? ' ti "del Efimpro. Cavitu! DN £ $9 y C Endadoétriad,que arriba referi, que quando la donzella coníl eno yo. uitáaméart , so ay citupro, no tuuvo el delo de v.m de legar a cla donzella ma hel de citupro, porque el deíto tiene la milma mali- cía, que fu objecto ; el objerto de llegar a una donze- lla £in violencia no es eftupro : luego tampoco el deteo de conocerla'. e efia maoéra;,, Y iufli citen ad- vertidos los Conteflores, que en efta opinion, no quá- do fe acuía nna perlova de aver defeadot una donze. lla, te hade condenar elle defeo por ellupro, menos que aya defcado conocerla por violencia. 30. Y digame por aver entrado v. m.con frcqué- cia En cata de ella donzellaa: fe le ha teguido algun delcredito? ) o P.Si Padre,an juzgado en el pueblo que yo la avia quitado fu honor. nt modl + C. Y fabia élla,mifma ,que aviaen el pucblo cd rumor, por entrar y: en fu caía? P.Si Padre. C. Y elientrar v.m. en £u caía , era confinriendolo ella contra fu volu 1rad? P.Padre,ella me dava entrada libre, y efponcanea- mente C.Si v. m.huviera entrado en fu cala contra lu vo. lun:ad, cftava ob'igado a refacir el daño de ella infa- mia; que fe figuio Supliendole dote comperente.Legá lo que perdio. por cfte rumor ; pero (1 ella-conántio dibremente ea que v m.entrafle, no jgnrando el: rue miordel pueblo ¿no tiene obligacion de reftituirle co fa alguna. Ita Molina traéf.3.d:/p.106.concl 10.y Otros, que: callado el nómbre, cita, y figue el Padre Balleo, verb .Siupodis, em el fuplemento, mum. 6. 'y confta de lo arriba d cho! :1>' 31 P.Padre, tambien me acufo , que quando:era miogo,' muy frequentcmente retogava con la mogas, y las belava “CY deveflos aículos, y jugetes le: rulultaya a' y. m. alguna polución , O comacion partimm verendari? P.Padre, a vezes (1, y otrasfolo por jugar, É C.Los tactos :n partibus verendss licmpre fon pes cado mortal Y Jo mifimo esde los ofculos,y abrágos, o tocamientosde manos, quedo refílta:a guna ico- MOTION sa efalerio partisanos 3 Pero quandolos tactos Lon leves, Y.en las manos ; á roltroy0 algun ofoulofid dicha comocion. folo por algun generoodeliviandad:; dize Cayetano en la Sumay verbs lmpudicirra) Navárco in Semmr Hifp aná ea, cap:16. rip. Grafis citado, y feguido por Murcia tom.1 difg: libaldfp 3 refo!.'3amm.6-y/owos que folo fón pccadoyonial. Pero efta opiñton yasho fe puede practicar defpués del Decrero de Alexandro VII. q eó la Própo£cion 40 condeha por efcandalofo el de- gir, que cl ofculo tenido pór fola delectacion fenfi- ble, fin otro fin.malo 10.es pecado mofral- Y. con razon «| parque:effas fon materias muy Vidriófas,y ra- ra vez. o nunca dexa de rofaríe la pureza! en lemeji- tés fugctos. Vitarfe la explicacion de dicha Propolició 40. en la 2.part.de Ls Pratt .cratt.17 2.253. donide4e trara dé los ragtos jofculos, y otras lyiandades. ETA CA.
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