BCCPAM0001162-4-1400000000000

20 mada que davamotivo para ellas? e p.No Padre.folo fentido de que no me hiziera jue go, hize el juramento... C. Quando femejantes juramentos le hazen por fin de no jugar con perfonas ocalionadas, elle jura- nto es valido, y obliga. Y lo mifmo es, quando le jura no jugar en tal cafa,o a tal juego, por 1er ecafion de algunos daños.Y la razon €s; porque el juramento romi11lorio del mejor bien obliga ; es eo bien no ugar con perfonas,en Cafa,o juegos, que can ocafion de algun daño, 9 mal. Luego rai juramento obliga. me t0m.1.n Decal lib 3.Cap.8 u 9. Pero quando el jugar con cal perfona, en tal cafa,O ta! genero de juego,no es ocafion de mal,y lolo le ha- ze cl juramento por algun defpique , nu obliga elle juramento Sanches ibid. ».10. Y es la razon: porque el Driaicnda promiflorio, para que obligue , 'ha de fer de mejor bien; no lo es el nojugar coa tal períona, «caía,O juego,quando el motivo es el referido Luego no obliga. Antes bien es pecado el hazer tales jura- mentos, grave, O leve, fegun fea mas, o menos grave el mo:ivo, con que fe hizieron. 24 P. Padre, acufome, que fiempre que me pon- goa jugar prorrumpo en juramen:os, y maldiciones, porque foy tan difgraciado, que rara Vez gano. C.EMoes muy ordinario en cl juego,y aunque v; m no huviera hecho juramento de a jugar, peca fiempre que juega cofa de monta , por caufa de ¿fos juramentos; porque na folo es pecado el hazer el mal find tambien el ponerfe a peligro del ; para v. m. cl juegoes peligro de pecar có juramentos, y maldicio» nes: luego pecará Ari q juegue,Y por fer ya en y.m.efic pecado de coftúbre, y ella ocafion muy pro- ximayí le induce a tanto juramento,y blasfemia, ella y.m. incapaz de abfolucion, fino trata de emendarfe. - Como,y quando fe ha de negar la ablolucion;quá- do ay co!tumbre, 9 ocalion proxima, le dira defpues Trait.X Propoficion 60 P.Padre,y podrá V.P. eximirme de la obligacion de! juramento, que hize de no jurar mas? C:Si hijo, muchos medios ay para ello, que fon,el de la difpenfacio»,comutacion, y relaxacion, de que tratare defipues en la materia del Voto. 25 P.Padre,acufome, que a Juan le ofereci cien reales porque diefle de palos a Pedro : el lo hizo , y delpues ya no le quife pagar los cien reales, C.En primer lugar v.m. hizo ai dos pecados mor- tales; el uno de injuíticia poraver fido ocalion de efle daño , que fe hizo a Pedro;el otro de elcandalo , por averfidoocafior para que Juan pecalle. En quantoa la obligacion de pagar a Juan effos cien reales,no.eitá y. m.-obligado a ellos en opinion probable; pory la promeda que fe haze por cola tor- p<; o prohibida, no obliga, aun depues de executada laacio;v.g.oromsote Pedro a Maria,que (1 le permite ebtener copula con el'azle dará tanto, no efta obliga- do adarióo aunque Maria aya conde'cendido con fu deíeo la Leño tom.1 dib.2 de juff.cap-18.dab.3.n1M.2% Navarro, y otro,que cita y.mo figue Fagundes fabre el Decalogo lrb.2 cap.28 n.46. Y Sd razon : porque Co- mo dizc el Derecho, de regul. jur.st 6.Non ef? obligatio- Tratado 11; del 11: Mandamiento. rittmm jur sment sor contra bonos mores, eflos juramento: romelflas fon conira las buenas coftumbres: luégo uo obligan. E No obitante,más probable es,que obligan defpues de executada la! accion porque cíla prometía no fue gratuita, ÍinQ ONeroía:, CD los «contratos eneroles ay obligacion de ambos contrayentes de citar a lo par étado: luego- obligan defpues de executada la acción S. Thomas, 2,2 962.471 -5:ad.2. Cayetano,Covarrus bias,y otros,que cita,y figue Pagundes en el lugar ceca do,num. 45. Dixe, que depues de exccutada la accion obli- gan elas promellas , porque antes de execu:arfe , y. g. antes que Juan dicile de palos a Pedro, no obliga- va,porque nadie puede eftar obligado a executar ua cola mala. de CAPITULO Ill De las blasfemias. Padre aculome, que en una ocafion có im- etu de colera dixe, reniego de Dios, y de la Chrifma que tengo , por la cabega de San Pablo, Sc. C.Todas ellas erá palabras de blasfemia, cuya ma- licia confifte en fer convicio , 9 comumela contra Dios,0 contra fus Santos; lo qual le puede hazer tan- to con palabras , como por obras. ¿El que las blasfemras fe digan contra Dios,o córra los Santos, no las diftingueen efpecie Azor, Valécia, y otros que cita, y figue Diana part.1 traél.7.refol.50y Ade ¡adi lo milmo fentiran a mi ver- 26 “los que dizen, que las contumelias nó fe diltingnen- entre fi en efpecie, Lugo de Panitent d:/p. 16. fet. 53. n.26. ycita por efta opinion a Cayetano, Sa, Ázor, y Otros. 27 Tampoco le diftinguen en numero , quando fe dizen muchas blasfemias en un impetu. continua do : porque la interrupció fifica no multiplica en nu- mero los pecados, fino folo la interrupción moral ;- quando en un impetu continuado le dizen muchas blasfemias, no'2y interrupc:on moral, fino folo fica: luego no ay diltincion numerica entre.ellas. . Ira Na- ota por el Cafpenfe tom. 1. traíh, de peccatss, difp 2.f24 8.n 7o. Y fe colige de Lugo en el lugar ci- tado,feH. 14 5.2.1. 59. donde en eña,que el que en un umpetu continuado dize muchas derracciones, folo un pecado en numero comcte. 28 P. Padre aculome, que otras vezes he dicho por vida de Dios. C.Aunque muchos quieren que _efla palabra féa blasfemia, pero e l Cafpente es de fentir contrario, t0m,2.tra?t 15.de Fide,di/p.6 fed 3.nu4m.15. 22 P. Padre, aquíome; que en una ocafion. dixe: Alabado fea el diablo. ¿ C. Y fue creyendo que el diablo cra digno de ala- anca? P.No Padre fino llevado de colera, C.Si fuerá con error de que el demonio era digno de alabanga feria heregia efe afento; pero fiendo e n clic

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz