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> 398 , 1s5 Digolotercero, que aunque nocftá aqu condenada la opinion, que dize, no es pecado mor. tal el tocar, ó refricar las verendas;de los biutos,2un que fea con intencion de ver fu femen; porqué “elta opinion difta mucho de la Propoficion condenada; más no tengo por verdadero elte opinamento, finó lo contrario con Bonacina tom.t. qee/?. 5. de matrim. punit.g. num. 15. porque eftosadtus lon muy obÍce- nos, opuettos mucho al diftamen de la razon,provo- CALIVOS,Y EXCILATIVOS 4 luxuria,torpeza, y movimicn- tos Icofuales: luego tales tactos, -O fricaciones 1c'han de congenar por pecado mortal. > p"156 Por ultimo meba parecido notar al fin de elt a Propolicion, que babla de los pecados contra nsturam, los quales en muchos Obifpados fuclen re- fervarfe, O todos, O dlguno dellos,que li fe refervael calo con eltas palibias : El que cometiere pecado con- "wa haturam, mayormente con animal, como lo eltá con lás miímas vozes én elte Onmfpada de, Pamplona, en “el cafo 25.fe entenderá relervarfe la polucion, todo mia, y beftialidad, como lo note enla 1. part. def?a Prñbl. enel rrabhox1.Apendice, ca[4 25. m0ta 15. pagea. izop. Aunque el R.P.Fr. Manuel de la Concepcion "en Ju 11481. de Ponitent.di/p.6.quej?.x xmum.779 880. $ fequentib. juzga por masprobableopinion la fluya, en gre dize, que eneltecafono fe reterva la polución voluñitaria, y exteriormente procurada; poryue de ln que folo procede de pentamiento, o: deleótacion interna voluntaria, conviene cómigo enel el 22m. 885. que no esfelervada. Tengo yaimpugnada la dottrina dedicho Padre en el lugar citado, y por e Mo nonre detengo a refutarlaaquide nurvo, PROPOSICION XYXPV. CONDENADA. 4 El quetuvo copsila con [ol tera. fatisface al precepto dela tonfefsiondizsendo,comets con foltera grave pecado consra cofidad, fin explicar la copula, Apo? 3 e . FL y £ E y 157 “Digolo primero, que el que tiene dopula con niuger toltera, no fatisface, al precepto dei Ara tegridad de la confefhon,' diziendó, «Cometi'con fol: “tera pecado grave contra la caltidad, fino que “eftd '¿bHgiido a explicar la copula; y lo'édntrario es lo qué Ye ¿ordena en cltx Propolicion veintey tinco:* PLA razones: porque aunque clactormterno, y exteri rio tonftituyen:un pecado en número, pero 'no* ob? Mante, cl que peco'exteriormente;s ño: fatisfice :4 14 comfefon, diziendo el «Cto interno; y no'explitan2 dodl externo, como afirma la común Theologíi: lacgo no latisface tan poco'a la confefhoa, el que tuvo copula;' cón dezirtolo,que cometió con foltera pecádo gravé contra lacaltidad. Pricbafe la: comfé- quéncias prlde el cometer pecadocon foltefa” Coño tala cattidad; puede fer con el ato interno desde” feo: luego dizieudo felo, que fe cometió pecido com fóltera, no fe explicava el adto externo. Imó;1bnque oiziendo, comeripétado grave contra caltidad''cofi Soltera, fe explicaflen los taftos,olculos, y amplexos) no baftava cio, A huvo copulasinó que tambien elta , “nien qué re Tratado XV IL Explicánfe las Propof. condenadas por Alexaddro VII. ¿fe debi dezirs y explicaris, para Suaipiit, con el pre. cepto de la integndad de la confeifioa; 158 ps lo fegundo, que nó fe conilena la opi- cri enel Dialogo, par:.1. tratt.6. cap. 3. num.13.pag:56, qne los tactos antecedcotes, y luble quences ¿lá Copula, no es neceflacio explicatlo; “eh la conteffión, fino que dichála copuda, fe dizen' ba ftantemente ellos tacto; menos en cálo, que los tube fequentési la copula fe hizretien con anno de te petic otro'acceflo, queentonces feria precifo expli carlos. Nitan poco fe condena la opimowde Mo- ya en [us feleítas tom 1.eririt.3.de/p 2.944/P Z.aMUmer.?. dende dize, que el que tuvo tactos con ona muger fia animo de la copula alipribcipio, fi luego Te guio la copula, noes nece fland'explicar En ha confethon aquellos tadtos, inó que quedan explicados coñfef- fada la copula: la razón de no eftar condanado es; porque la Propoficion.condeoada dezia, que avien- do copula,' no era neceflario explicita: *Atqui, el- tas opiniones dizcn,, que la copula debe explicar- le ; ¿Luego'no quedan” condenadas citas” opimo- AI Ss me 169 Digolotercero; quetan poco! fe condena la opinion de Azor, y otros, apud Lsandiym de Sa- cram. p.1-erati.s difp 8.$-3, quej?.3o' quede, que el Carolico; que peco “¿oh mog:r Genril, o Iofidl no baptizada, no necefitá de explicar en 14 confe11ió la circunftancia de ño' eftafbaptizada la a lo qual aufiquejbzgo,no eftar condenado,” no allientoa ello, finó 41o contrario, 10 qualjuzga por mas pro- bable' Leandro ¿bi Nite cotidena la opiñion, qué tie» ne por probable el mifmo Leandro ¿bs 9440. 59. qne el quetúavo copula con alguna mugér difúnca, fank face a la confeffion, diziendo, que tuvo polucion;lo qual lleva támbicn Dian p.9.(74é.9.refol.1.Ni tan poco fé condena la opiñi0n que dize, que él que oca- fion aliter tuvo copula'cón mugtr, que: eftiva: dar- miendb; no'comete perdadode rapeo Formal: Leán- dro ibigmef?.60. Aunque fi la muger escalada, fera adulterió,Gi doncélla* ditupro,Bc. No eltán conde- nadas eftasopiniones, porque fón muy diverfas del cálo de la"Própoficion 25 que »quí (é condena. “169 Digo lo qúitto”; que tan poto le condena la opinion que dizcy qUe'el qué tuvo vftulos, no ne- cellitá de explicar en I£cónteMon eb que parte los dios: Quina dreer an:in prendas. omnia oPulá fins ejufe dem Jpecie. Diána pare. 3 MrAEt-4 rofol.125.fine. Nile condena la opinion gar dide; que los ¿fpolos de £u- turó, quetiénen acce/fa “ton orra perlona, no necl- fita nde explicar 'en lá conféfiion la 'errcunttancia de losfefpontales Hentiqúedlb!i r cap 13.0.4 Tan poco fe condena 14'opinion ps que el qué tiene co- pula con doncella; confintiendo ella Ed violéncia, n> comete formal eltupta, Mi nece Mita de Jeclataren la contellion cla virginidad, Tino que baltá dezit] habii copuláto cum falta, (egun lo que dixe'artiba paré. 1: erat? 6. cap. y, m.23.pa9:58. Nite condena? tan poco:la Opinion de Zaánardo part * 1. cap.18. que dize, que el que toda una nóche durmio con una múger, fatisface ala confeión, diziendos Dor»

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