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80 e quando cl penitente tene obligacion de de- nunciar: Sed ficelt , que quando ticne OpÍion ¿pro* bable, que le eicuía de elle gravamen, no tiene el pe nitente obligacion de denunciarle: luego en 105: Cas fas G elpemuiente pobablemente, le efcula del gra- vamen de denunciar, pojráel Conteflor. folicitante ablolverde lin la carga de que le denuncie. PROPOSICION VHUL CONDENADA. Puede icuamente el Sacerdote recibir duplicado ef. iipendis por un a Mila aplicando a quien la pude la parte e/pecialifñimma del frito q ac corefponde al que celebra ; y eta aun dejpmes del Decreto de Drbano VIII. 51 Dufla materia del cflipendio. de.las Millas he hablado de propofiro en clte libro fapra traól. 12, cap 4.part.3 fol.257.10.144 S feg. donde fc.podrá ver mausexteniumente ; agui lolo trataré lo, neceflario para la nteligencia delta Propolicion. condenada,y para mayor caridad fupongolo primero, que ay un Decreto del Papa Urbano VII. que refiere Que-: rubino en el Balario. tom. 4. ad Conf. 43. Urbans VII y Balto verb Mija.7 y Evlguera.en la explicacion de- Jha Bropof:8 fol.123.G fea, En el qualDecrero,entrre otras cotasfe determina , que el Sacerdote no pue- de.recibir: por una. Mifa dos eltipendios y aunque lean cortos, é Incongtuos. ] 52 Supongolo fegundo, que eflipendio jufto, y comperente le dize aquel, que cta taflado por Gól- utucion-Synodal, o por el Señor Omlpo , 0 por la coltumbre recibida en los. Obifpados ; y que elte el, bipendso lo ¡parco rocibar mo lala os Sacerdat:s pobres, ymocelados, Dro combien los 10484 BLD- modelos. y que rinccibula mor: monia, ¡pazs aun - que ón por la ME. que es cota ¿April y ono, somporal Prtitipendso; pero como ha le Ba, miraci-. be por mplodeproñio, iso de decina paca da tud- rortación del Secondone pora ion y dl «es fro” mao dl qeeDo dá,mid que do menib: 53 Supongo llo vosnera, que srl bruto 4 Sacrib - cs elo Milochon pes mantas; uno lie ama pene: sab, yes qué: aplecs ¡por las moc. húades comunts de lis ghia ¿por el Pornibor. Poclatos, Ruopesyy un:- woo na: ¡por odos doshdhes wosyy ditontra. El orde alcaro madio, que ganes Lamar Lulian- cual, ota cipocel, yeseal que men Ex Bpene ape divo el S corboodeda MiB, pacos rapides dos ne mios de Dolo Cimitio, y 5 de qubica de dobe aplicar PO areceo dl lb ponato e lla Mi MEN duro iobojes:ol y de damaripecialoflmo, y comblpond: a los worbos del mimo Sazo dont, de cam El ye e aplica emu a pu oo, como Lo Li mola, Eya- NOS, MOTnRboaDIones, cllando e Einoia, morcos,y lo. , pstace ¡pos lo ¡pucados, y por losapunos ,, £arece. [POr obras clas bm buena: 5 e ml malo cale- brenda, y exorarndo labraca prabola, aentor, fito Y Sacendine diaaso engracia, y ca lid. fea, com donar aaa. y xcoao padbafo A dd Seba. cos, es, y eliana Eo. efpocial mn y Tratado XV 11. Explicanfe lay Propo/:conden.por Alexandro 11. ay elta Jiferencia entre eftefruto, y el mejió, queel medio fe logra, aungue el Siceránte que eclebr.. 0 cíté en gracia, pero linolo efta, no logra elfruro Cl pecialiimo,quea el le avia de corre!ponder; 54 ¿Digolo primero, que el Sacerdote no puede por una Mifla recibir dos eftipendrios, aunque fean cortos, incongruos, y pequeños , aunque aplique por quico diocl un cltipendid da pare: media deffruto, y por. el jue diócl orro sha parte efpeciahflima,que correfpódeal celebrante: y el dezir lo comtranio. cita códenado por improbable, y efcandelolo ena Pro- poficion 8. Sic Torrecilla ía conf. traét. 4 confule9.3.y » 6.Y la razon, es porque aungue Alexandró VU folo habla de los eftipen 3105, elpecificar ll tonicor- tos, 0 incongruos; pera Urbana, VI. con exprel fion declaro, que aunque fean coftos, ne Tepuelan recibir dos por una Mili: luego: refincndo-e Ai. xandro en 1a con lenacion delta Propolicion al Du. crero de Urbano, fe.colige claro, que condenar por improbable el recibir por uña Mifla dos ellipendios, aunque feao cortos, € incongruos, y clto aunque los ofrezca una, O muchas perfonas: 55 Deaqui vienen condenadas las opiniones, que dez:an,q el Sacerdote podia recibir dos, ó tres, otantos eltipendios,quátosfucfien baltances para la Inftentacion de aquel di2; y la que afirmava, que no lalo pojia recibirlo neccfMirio para fullentarle a 6, fino tambien a lus padres pobres: y esla razon, pp el que da el eltipendio, no fi obhiga a dar de comer todo un dia al Sacerdote, inoaMitir 4 parte de lu fultento: ai como el que condute un jornalero para una hora,no le obliga a darle tanto jornal, que fer hu- ficiente para alimentarfe tado un óa. Queda tGoren condenada la opimon que dize, que cl Sacei dote po- dia el diade Fiefti recibir dos eftipencios: por una Miíla como, fi fuera de más valor , 0 trabajo la MM delia de Ficfta; que la del dia de Feria. Ai mimo esimprobable la opinió, que dJezia fer lieno recibir por una M; la mas de un eftipendio, para comprar algunos libros de Leyes, o Theologiajái fue Me Jurit- tao Theologo,<) Sacerdote; y Otras cpimon:s feme- jantesa ellas, en que milita la razon mifma, q enla condenada, fe hab de tener ya por improbables. 56 Digo lo fegundo, que no le condena la opi- nion de Machado tom 2 lib,4..part.1.trall, 12, docum. 3.1.7. que dezja, que el gacerdore puede aplicar a otros graciofamente la parte del fruto que Je corref- ponde al mifmo: y eslarazon., porque la Propofi- cion condenada dezis, que por cfla parte de feuro le podia recibir eltipendio: Sed lic ef, que efotra no dize que fe pueda recibir eflipendio por cía. parte de fruto, fino, que puede aplicarle graciofo mente a otro: luego no le condena el dezir, que pueda cl Sa cerdore, aplicar graciefamente a otro la parte del fruto, que a el le correlfponde. 57 Digolotercero, que el que liberalmente ofiecio a algun amigo celebrar a fu mtencion algu- nas Miflas no puede elte ral recibir eftipendio por ellas, el tal amigo To recibe, o ha de fatisfazer con- cas Millas alguna obligacion contraida por tef- La-
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