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oÑ e dexando otra más probable, no le cura del mejor mo» do.que puede; Luego, ic. Lo contrario tiene con Azor, Aragon, y otros) Juan Sanches en las Selettasy difp.44»», 36, Porqueo pando con diétamen proba» bic, ic obsa razonablemente ; y porque feria cola due ya obligar a los Medicos a andar pefando'cada inftan* «e la probabilidad de las opimones. Lo otro, porque como lo probabilidad de las opiniones pende del jui- zjo de los hombres, los.que tienen una opinión por más probable , otros lajuzgañ por menos probable, Sila opinion fuefle más probable eñ el juizio COMUA de los ÁLtores , entonces bien Uco , que €l Medico | eftana Obligado atguirla , deXando Ja que COMUB: án ente le reputa por menos piobable. , ? 17. P, AÍñ eoiímo Padre , me aculo,que he rece- tado comunmente los medicamentos en la óficina de un Apotecario, aquien tenia algun dfedto,y amiftad: "CY los cofermos ¿ftágán afalariados con otro Apotecario? Porque cltañdolo, haria Y. Mm. agravio ) en no 1ecctar Cn Lu Dotica. ES dra P. Padrs , nocftaván allalariados, fino que cáda qual podía libremente acudir Con las recerás; adonde 3 le parcciche, Apta ret ) C. Y el apotecario adofide y... las embiava, dava buen recado? P. Si Padre. C. Grayeménte. pecan los Medicos , qué recetan ára las boticas, en que no fe gaftan las medicinas de E bondad, que es juíto; o que los adulceran, O mino- ran los Aporecarios; y af no debe Barfe el Medico de qualguiera Apotecario, ni recetar en fu botica, 11- no en la que Conociete ciertamente, QUE ES de perfo- ña de buena concicncia, y penita en fu arte; Machado mbi fup. 063) mum. 3. Pero li el Apotecario, adonde embiava y.m. las recetas, era perfona fiel y que dava buen recado , y medicinasde fatisfación , no pecava vom, em 'ebobiar alli las recetas por la amiftad,que tó el profeffaya no eflando en Otra parte affalariados los enfermos: con tal qué v. m., no procedicíle con fraude y dific udo , que ortás partes le gúftiva mal re- cado , y qué folo lo dava buéno fu amigo, n9 fieodo ai la verdad, ¡ 18 P. Atufome Padre, que algunas vezes he que- “gado con algun elciupulo , dando licencia a algunos "enfermos paa comer Calués € Tenión neceffidad Daftante para difpentarles? “Porqué ¿fi como pecs gravemente el Mcdiéo , que fín caufa da licencia, para comer Carne, O 0 ayunar, ó no dir Miffa,O rio rézar: Tambien obra Iicitamen- tc, dipeníando en eftas cofas, no folo qugtido la cán- la.es cierta, fino tambien quando fe juzga proba- ble, EN P. Padre cómunmithte he dado hcencia,bhaziendo jJUIzIo pragtico de que la nucefiidad era baftante; fulo en una ocalión dilpense, eftando dudofo de la fufici- encia de ta ntci fidad. C.Quandol: cauía, para dar licencia de comer “carne, es utdoía, lente don Azor, Angelo, Rofella, y Sylveltro,Fagundes in 4 pricept.Ecclef. leb.1.cap.9.n. 43 que el Medico no puede dar dicha licencia,p0rque e ) Cap.11T, delos Medicos. en Calo de duda pertenece la difpenfacion al fupe» rior. Otros Autores fienten, que en efiz cafo puede difpenfar el Medico , lo qual le ha de entender, dite Juan Sanches sn Seleé?. dps miso. in finejquando €l daño, que fe duda, Ti fucederá , O no , deXanido de comer carne, fucffe graves y tal, que ( aCtualmen- ta le dicfle , eltularia de comer de ayuño; pero 4 eldaño , quefe duda puede provenir ¿no fucile tan grave, y fuefle ral; que nunque'dé hecho fucédiciles no ¿fcufariá de comer de ayúno;'no puede H Medi- có dar licentia pará comer cárne. La roton 'de ello fégundo es, porque el daño, que no esgrave , no efe cofa del ayuno: Luego menos efcufária la-duda del msifnio daño! Li razon de lo primero es, porque ho ay obligacion de'exponer la falud a riergo grave Je perderte: Arqui, £ aviendo dudex] podia dañar mu- ¿ho el alimento de pecado, ho-fe-dichle licentui para comer cárne;" fe exponia la fálud a riezgo grave de perderfe : Luego en cafo que Te dude, que el'alimena to ayuno puede bazer grave daño a la faled; podrá el Medico dat ficencia para comer. carne. “Dengó por muy probable efta opinión con la imitacion Ter ferida- Y pata proceder con menos eferupule, $ el paciente tiené la Bula dela Santa! Cruzada, podrá de conlejo del Contellor , y Medico comer carne ¿aun* gue: la caulá fea dudofa, Sic Trullench in Bullaw, lib.x. $. 4. dub,1. num. 8: yg. Y noes neceflario,que el Confefor de el confejo en la confeffion ; puede darlo fuera de eli; como tiene con Rodrigues Vi- Slálgbos'en la Suma, tom: 1. trall:27.clawf 6.nmm.2. Ni tl neceflario, que fa Parocho;baíla gb fea qualquié» a Confegor aprobado para oir ccnlo done: P . Advertencia. 19 Elaxadiffima cftá la materia del ayuño en- tre los Chriftianos: muchiflima'es la faci- lidad”; con que los Medicos dan licéncias. para comier tátne: muchas vezes lo hazen por contemplacio» nes humanas, llevados de deperrdencias de la tierras pos complacer los Nobles, pór ne difguítar a los “amigos, por teñer gratos a los poderolos, y por etros “múchos fines particulares, que ellos feffaben : y es “brava laítima , qué quieran fe dos lleve el diablo por Jo que ciros le comen,y regalan. Támbien fuele (er muchas vezes cólpa de los dolientes , que ponderan demafiado Tus males , y encarecen fus accidentes. tel Medico, que muchas vezes fe govierna pof lo que "alega el paciente, O pretendiente, y no tiene indicios . para poder verificar la calidad de) achaque, puede er ue proceda con *buena fé, 7 que toda Ja culpa fea el que informa mal. Zélea: Los Padres Confefiores con efpiritu ¿(ta máteria, ponderando a los Medicos fu obligacion ; y alos pacientes exhortorlos a latole- rancia, y a paar un poco de trabajo, quando elaccí- dénte no es muy penofo. ao P. Aculome Padre,que llegando a cútar uña muger prefiada, que eftava de pehgro, le aplique unos remedios; de que fe ali he abortar * Cc
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