BCCPAM0001162-4-1400000000000
mn + y? j 143,4, 312 De Tratado XV.De'los Mintfiros de Fufticia, hs A d nit ll. De lAjurifdicion, 7 fuficiencia de los Juónes. da : Cra pm z yo) Aculome Padre,que enuna ocalion eftando suck. .excomulgado,cexercue el oficio de Juez: :: C. Y la excomunion era mcnor 2 Porque celta no ¿e pidealJuez , que hicica, y validamente ufe fu o- cio. as doaciin 92.0 j 1715 PP. No era find excomunion saayor.. | aC: Y esapublica sy Dotoria fu excomunion: ma- yon? Que fitucilic.oculra y) podria tambien exercer An oficio licita, y validamente.;:Sylvelteo verb.Exoés mienicatio 3.1.3. y oras muchos.La razon es,por que elierecho natural ¡de ,confervas la fama es: de mas graduacion+que el poliuivo, que prohibe al Juez ex- comiulgado exercer facoficio : Luego podra por até» dera laindemnidad de Lu fama, .excrcer valida, y licita mente fu oficio, fiendo oculta la excomu- nioN; : Y LIA e po) "Py Padre , publico.era, que yo: cftava excomul-" gado. A in Co Y era excomulgado tolerado , 9 no tolerado? Porque fiendo excomulgado vitando., O no tolera» do , no folamente: pecava «amortalíhgure en exercer aétos de jurifdicion judicial, (00 que tambien eran nulas los, aétossque exercia, por rener privado, el ufo de la jurbiscion¿Sic¡D D. communiter, Diana part.5 traít.g.de excgmm.refo ,108. , ' ¡Po P adre, mo £ltava vitando, li o rolerado. C.Y digame, fe intro Juxo v. m. de fu voluntad a exercerlos aétos judiciales ¿Ola hizo rogado, de las Partes? ] ¿ P. Padre, yo me introduxe.a ello. .C. Los actos judiciales que exerce el excomulga- do tolerado, fon validos, puestolcrandole la Igletia, nole priva de lajurifdicion, Bonacina tom 1. di/p.2, die cenfor. quef.2.puntt.5.n.3 Y cyrogado., y bulca- do por los fieles, o. partes afer Juez, no peca en exci- cer cl oficio ; pero li el le introduce, pecará mortal; mente en la fenteneia comun ; aunque Caetano, y ¿Henriquesjuzgan, gue folo peca venialmente, lo qual apoya por probable Trullench tom.2. 1 Deca- logo lib.8.cap.1-dmb.g:mum.4.Pero lo verdadero es , q peca mortalmente , por ler la materiagrave. Vea-fe acerca de l excomulgado tolerado , y «vitando la 1. pars.de la Prachsrabt,5. cap. Ó. mum. 43 S feq. pag. . 10 .P. Af milmo meaculo Padre, que he cono- cido una.caufa, y citoy con algun cicrupulo fobre fi ¡teniayo mo jurifdicion fabre ella. ¿C-Cofa lana es, que el juez que haze oficio de tal finjurifdicion peca gravemente, y es nulo lo obrado; y puede falrarlajuniídicion, o por no ferle fubdita lá períona , como no lo fon los Eclufiatticos de los Juezes feculares , O aunque la perfona le fea fubdita- dexa de ferle en alguna cauía paruicular, como fa, ca de la Iglefia al feglar retraido, en los cafos que aprovecha la inmunidad. Áora dig:me v. m. de qual au? "Cro. ; de eftas dosmaneras le faled a v.m. la jotifidicion? P. Padre, de la primera, por ler el Ingero Eclelafo tico. 3 ñ Mo C. Y teniael fogeto foly prima Tonfura, y andas va en habito fecular, ne Clerical; ni tema Beneficio Ecleiatico? Porque edo «fuera mo: Bozava del privilegio del fuero; cómo. .confta del Concilio E 23.cap.6 dereform. 300 4 P. Padreyordenado eltavá el lugeto de Orden Sas CY eltava degradado, yientregado alí lex cular ? Queñ lo luviala y ler me re Tribunal fecular, como.coníta del Decreto sx cap. Degradatso de panas ím 6. 00: EN P. No cltava degradado el tal Ecleballicos » C, Y erapor delióto de alfelinaro ? Porque a tales deliétoselta ancxa iplo fabto la degradacion, ex 64pa Pro humansyde homsicidro in Ó. verdad es, que para que en efte calo pueda entrar el Juez fecular , le requiere fentencia a lo meno» declaratoria del Juez/Eclehal» tico, como fe puede ver en Diana pare. Lotrac?,2. re. fol,52. P, Padre, mo avia cometido elle genero de deliéta el tal Clerigo. ' C. Pues porque.caula fe arrojó v. m. a conocerla caula de elle Eclefialrico? P. Padre, porque yo no entié en ellá con ani-* mo de fentenciarla , fino el hazes fecreramente da informacion , y delpues remurirla al Juez Eclelials tico. j C. Nolo pudo hazer v.m. aun de cfla fuerte,y no folo peco gravemente, lino gue incurrió, cn la céfus ra 15.de 14 Bula de la Cena , como afirma Bonacina som.1 difp.1.que/-20, punil.1,m,7. y otros muchos.De modo , que noes licito al Juez fecular [uxcepto en algunos cafos, que el Derecho permne | conocer de las caufas Eclefalticas, mi recibir imformociones cos tra las perfonas Eclefiafticas, aunque fea.con animo de prrfintarlas delpues a fu Juez comperente. Y 4 lo haze., imcurre en la excomunion- reflervada de la Bula de la Cena , como fu ha.dicho. Vea-fca Lean» dro del Sac:amento p.4 traft.3. difp.15. per 10m. E incurren en eíta centura, ne folo los Juezes, finó tambien los Notarios,Efcrivanos, y Executores; co- mo confta del texto mifmo de la Bula, : 11 P..Acufome Padre, que aviendo-fe huido ua delinquente a la IglcGa,yole laqoé de alli. C. Culpa grave de facrilegio es, facar de la Iglels al reo, quando le aprovecha la inmunidad ¿ coma die xo Santo Thomás 2 2.914/?.99.art 2.4d 3.: SacrilegiR interdum invenitar ... puta B quesjudex cap:at aliguem de loco facro , Ec. Y a más de cflo, incurren en EXCo- munion de la Bula ¿e la Cena los que hazen elbátue tos concrarios a lainemonidad Eclefialtica ; la qual céfura nofe incurre¿quando fin eftatuto., folo de he- cho, fe fica algun reo de la Igleñía, como dize Bor nacina tom. 5.di/p: 1 g.16.part 1 fubu 10: 8. es: dstips: Pero ay ótra EXcumunion mayor. contfa los que violan lammunidad de Ja laleba, impueflá por el Papa Gregorio X1V. en la Cólticucios , 9 e y Gl Me.
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz