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18É : E] fegundo, que la cumurion quotidiana no es ue Derecho Divino. * EL ctercero, queno fe comulgue en Viernes Sáro; ni:osfanos. comulguei cola causaslleyandoles ve/de los Oratorios el Sacramento ocuito; ni tan poco fe llevea elcordidas defde las Iglefias, Y quea mguno fe den mas,o mayores formas, que lasque fe ulan co AMUNMENTE, : Lo quarto, que no le confiefien de pecados venia lex conSacerdote fimple.V erdad es que ne anula las tales contefliones; peró baran mal, af el Sacerdote fimple en permtirlo, como el pemecente en hazerlo. El quedeicare ver dicho Decreto, le hallara todo en el tom. 2. del P.M Lembier pag. 1081, PROPOSICION LV1T. CONDÁNADeA. € Probable es que bajta la atricion nasural,con tal G fea honefa 221 Digo lo primero: Laatricion natural,por más honeíta quetea¡no baíta para elíruto del S.craméta: de la Penitencia, y mucho menos para la jufticatió, £m la confehion;y el di zir lo cótrarioyes el caro dela condenacion,Piyeba fe,porgue entre la dilpofició,y laforma ha de aver propor ció:Arquisla gracia csfor ma lobrenatural:Luegola atricion natural no puede ter ditpoficion para la gracia, Pero arrunrbatte la atri cion natural para el valor delSacramento ya gue no paracl fruto? Dudaulo Filgucyra, Lumbier; niega- Jo Huzes, y afirmalo Torrecilla f bre cfta Proeficaba, foi.455 concl 2.1.7.55.Jeg. dondedefience, que la Pro, polición cendenada'habla del valor, y fiuto fimu) : Luego ño fe condenarael dezir, yueballeíolo para ei valor, y no paracifruto. Pero yo reás me confor "mera comel entr de Hozes ¿porque el Sacramento és la Pemencia es unartefogto lobrenitali Luego fus partes han deter fobrenaturales: Atqui, el dolor esparte material proxima del Sacramento de la Pe. nitencia : Luego ha de ter (obrenatural la quecomo parte ba de hazer valido elo todo. 122 Digolo fegundo,que no por edo (e condena la opinion celebre del Thomitta., queadmite Sacra” mento valido,€ 1mtermesp- r faltade extenñion de do lora todos los pecados mortales, O. por: ter el drlgr incficaz,o por falta.de Integridad material ex dejecta examnats, Sicl un bicr, Hozes, y Torrecilla, aunáú no afliente a elta:opinion, pero afirma, que no etá condenada,conel.gunum,21, Veafelo que queda dicho en la explicación dela primera Propofición, ¿223 Y El doc: ¿y RP. Ex Martin de Torre cilla, de mi Sagraca Religion, Autordegrandecru dicion, y bienconotico por fus mruobas Itras Éings- anio en la fezida vmpsejhon de fas coñfutras Morales y ex plca cto delas provoficrames e odenadas.fol.46 Lubre 18. dize, que yolecito por la gpinian, dequela a1:1- cun natufal bafiaya parael valor del Sacramento, y queno para tebeo, quando el nc leva stalopinion Lró antes la contaras y que en el ivgar,que yole ci t0;“enm prmeraimprelion »»;,22 1.) 4olo leva ¿que cla opinion del Sacramento «yalido,2 informe Tratado X. Explicanje la Propolcondeñadas por Inocencio. XT. con la «CIÓN nazural,no cftá. condcnada;y.que fon divcrias formatidades el afirmar: Barra «Yin MA. rural parael valor del Sreramant.,que- abirmar: Ná conuena eldezar, quebajía lantricion a.tural para el d4 lor ati JAGrAIRERIO, 224- Pero pudiera nucftro RP. Forrecillaayes conocido el fentido en que yo hablc,con mucha lis cilidad,tol y Con aver reparado con algun cuidadoen el contexto de lo que digo en cl unm.22 1.222. pues en ambos voy babládo del tenido en que cllacóna denada la Propoliciun 57.y d: Uno, y otro1E CONOGE con evidencia, que lo que yo le ati1buyo, es tolo log lleva dicho P. Y orrecilla,de quo le couderava telde zir , que balla la atricion natural para cl valor del Sacramento, 22; Puesencl m.12 1.dixe, que Torrecillade? fiende, quela Propo/icson condenada isbisva dol $ AlOr, y fruto mul (y facando Juego la conicquencia, quel arribuyo, digo luego 0 /e cuncenara ci acz1s UEM ta folo para el valor, y no paráeei fruto Re¡a cien las palabras Propohcson corden; dagdelan! cedente; Y en las, mo fe.condenara, de la contequenciaj y y Cale fiendo «ttulo que fo atribu yo al P Tos: eciló le atribbyo.otra «cols, que el dezir, quedicho Padre ll6H vO que no fe condenavael dezir quebattal. atricion natural para el valos, ya gue no para el f uto. 226 Encl num.222 .dixe,que Torrceila, aunque no afientea la opinion del Sacramento valido, € me forme, pero alima que no eftá condenada: Luego; conexproiion baftante hize di ftincion entre las f0r=, walidades dellevar la opinion, afñi:mar no cltarcom: dinada. Y li aviendo con toúa ella claridad en elte úún.cro 212 dicho que el P, Tor ecilla modileva da oymion del Sacramento mtorme,y valido,a viayude dezir en el pum. .221. antecedente lo contrario? 227 No niego. que el RP. Te rrecilia tuvoslga furdamento paralo que dixo enaquellas p«labrasg yo role en anm, 221 Dirum bale la. arricion, n atari, ara el valor delSacramento.ya que ns paraclfruto DA danlo Eslgueyra y Lumbrer; niega lo Heros, y alirma,lo Terrecillo (y que cllaria mas clara mi menye yo hu viera dicho: Urrum fecondena el dez que baffa la agria cion vaturalpara el valor del Sacramento yaque no pará elfrut:? esc Pero comoen el contexto antecedentey fublequente voy habládo dela condenacion, y cx», : plicando el fentidode ella,no dude quenadiecreeria hablava en diferente eftylo del dele condenacion.Y Íí al guno lo ha dudado, culpemeamigue le pude dar fundamentaladudar,con omitirla palabra utrumfe condene yneicenture atan grave Dodtor,como nucíe tro.R,P.Torrecilla,* e PROPOSICIÓN .LVMI,: CONDENAN A Y ¡Norfhumosobligados ag5/c 271: cohambrede 4/gun pecadraungue el Confe for 5rez une della! F Ñ Ñ 228 Digo que el penitente no ella obligado 2 conteflariacofivmbre de pecar, quandoel Cófellor, no le pregunta ec ella. Porquenádic ella obligadoq cop. Ñ 14 4 Y"
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