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Capitulo XI. delos Confeffores que folicitam adturpia, Ec. tres años ha vivido bienelf oliciráte.fe pretumbeitar 0 0178 enmendado;e to más verdad tiens,pero es m 1y dificil el fabaríe,4 el tal Cófefor en elt> particular vive bié; porque comu dshito pafía oculta. rte ¡cubierta el idolo co 1 las picles dela cónfM a, es may dificil de laber, Á vive bisa.o mil el folicitante. 175 Leandro del Sacramento so ».1.radh 5. difp: 13.q.e4.8.dá a entender, que fi la períona folicitada fe confello delpues tres, 0 quatro vezes con el folicitan- re,y no ve e vel afoéto, ni animo libidinolo;fe prelu- meeltareamoidado. Ello ticas tabien fus incon= veinentes, porque el Coñfeflor, temorolo de que le denuncien, puede con maña didimular con: ei pens tente antes tolicitado; y cllo más ferá paliar fu mal- dad, que tener enmienda verdadera. 176 Y digams v. m. aeflefugero le dixo enton- ces,quando tuvo ellos táctos,que no le fucedicra otra vez, y que no la obligara a pecar en 'ocañion tan (a- grada? P.Padre, yo no le dixe tal cofa. C. Y defpues aca fe lo' ha dicho, y le ha hecho la correccion? P.No Padre. C Opinion de Ledefima, Cano, Lopes, y comun- mente de los Thomomiltas, y otros,que crraMurcia sa difq .1om.1.li :b.2.di/p.5.refol.1 mum.7.es, que antes de la denunciacion fe puede hazer' la correccion ¿al delin- quente; y cita opinion le dila mano cor la que dize, que fi e: delinquente eftá' enmendado,cefla la obligas cion de denunciarlo; porque el finde la Correcciones la enmienda; luego el que dize, que ay obligación de hazer lacorreccion antes que denuncie: , pio apt temente ha de dezir , que fi con la correccion Le cons figue la entienda, ceffa"la obligacion de denun- ciar, , EI fundaímento de los- que dizen, que ay obliga cion de hazer la correccion antes de la denunciacio, lera fin duda, porque la correcció es de Derecho Di- vino; la denunciació de derecho pofitivo humano:at- qui,el Derecho Diuino en sq más q el politivo humano: Luego no fe debe'hazer la denunciacion lin hazer primero la correccion 177 Noobítante, más verdadera me parece la fentencia contraria de Juan Sanches infeledd.difp.1 1 n.56 Villalobos tom.2 tract. q.dific.11:00.2:y de otros,G enfeñan, que en los deliétos correnidos en el Ediéto dela Inquiticion, no fe debe»hazer la correccion, fino que ay obligacion de denunciar luego al culpado. La razon es; porque en la denunciacion Evangelica, q; manda Chritto, Dic Ecclefe, le debe hazcirla' correc. cion antes que denunciar; y confeguida con: ella: la enmienda , cefla la obligación de denunciar; Marth» c.1p.18-Si te andieritlucraras eris featrero tuuma, > ) Porque efta denunciacion Evangelica mira ala ens mienda del culpado; arquí ¿Ja denunciacionjadicial, qual es la del Santo Tribunal, no mira la enmeñáa del culpado, fino al elcarmiento de otros: Luego aú- que en la denunciacion Evangelica fe debe premítir, la correccion,no en la judieral.Pero notefe,que Í con la correccion no le cfpera enmienda, en -ningunade las dos opiniones fe debe hazerla tal correccion. UE P.Padre, yo ya cfperó que el (ugeto (e en. “mendará con la correción, digame, como la he de hazer? C.Cifo que le huvielie: de hazer, el mejor modo esir v. m. confellarícconel, y entre el fecreto de la confeífion dezirle, v m. ya le acordará,que en tal oca- lion me folicitó ad smrp:a abufando del fagrado del Santo Sacramento de la Pénitencia. No iguorava y. m. quea lemejante deliéto ay impuelta pena de que v. m, féa delatado al'Santo Tribunal : antes de paar yo aello, moyida de piedad, veligo a hazérle a y m la correccion avifandole,que traté de enmendarfe, -que donde no, efté advertido, que yo cumplirá con mi. obligacion, y le deauciare fin remedio 179 Defpues dea abada la: primera imprellion, he viíto una Bulá del Papa: Alexandro Vilexpedida -en 8 de Julio de 1660 cuyo tenor trae D. Franciíco Verde tom.1. 1it.g de denuntiar a fol 38.» 79.en la qual Bula declara Su Santidad por improbables, y poce feguras las Opiniones, queelcaían,o libran de la obli. gacion de denunciar, cowritulo ide haher la corree- cion, Ó otros pretextos femejantes , en materias per- tenecientes al Santo Tribunal de la Inguificion: Pro» prerea[ dizc'elta Bula] idem Sanitifmos declaravrr, etóñ Jnulia fraterna correitio, vel alia monstio premsa fue= _ TityOmnino teners <S obligaros accedere ad denuntiandam, Sc.Y masabaxo añade: Nec pofe ¡llos a denuntrando fub diótá frarerna correbtiom:s , Vel alip quovis prerextm retrahere, aut yetardare, Sc, La qual Bula fe fixó en Eo a las puertas de San Pedro, y en el Campo de Ora. Lem -Y fegun'elte Decreto , feayrá de haz"rla denun. ciacion en los cafos, que pertenecen al Santo Tribu- nal dela Inquíficion, fin que fea neceflario hazer cata ¿y aunque el delinquente ete enmenda. o. 189 Y afli hija, v. m.no podra efcufar de delarar a. ella perfona,que le folicitó a eos raétos. P. Padre, yo le doy palabra: de hazerlo. :C-Pues ha de ter luego, porque yo no la puedo ab“olver fin que primero lo haga. | -“P.Padre, yo le empeño: mi palabra, que lo ha re, firva-(e de ablolverme por aora , que ay aca mucha gente , y £ no comulgo, peníatan otra co- a. C.Puespor evitar eflá nota , y dandome y. m. fir. miffima palabra de'que cumplirá con fu obligacion, la abfolvere; valiendomedela opinion de Navarro, Rodrigues, y. Otros citados por Diana part. 1. traé?. 4. refol 22. que enfeñan,que quandoel penitente es per. lona fiel,y timorata,de quiente cree cumplirá com fi» oblizacion, fi ay inconvenieñte:ienno ablolverle , le puede hazer coma palabras y propofito firme de que. 2 luego la denunciacion : | 181 ciacion? MS C. Aalgun Comiflario del Santo Tribunal, que raro es cl Lugar (ies algo crecido,en que no le aya,y por lo menos cerca de!. P-Padrey y enque forma he do hazer la denun- ciacion? C. P-Padre, y aquien tengo de hazer la denun-
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