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- 78- se aaduvo acertado en la eleccion de jueces para el tribunal de censura, haremos una sencilla reflexion, que no podrá menos que ser considerada de mucho peso por los que sin prevencion lean nuestros escritos: cuan– do al fin de cada concurso académico la M. I. Junta de Comercio de es. ta ciudad necesita censores para calificar las obras de los alumnos de su Escuela de arquitectura, no tiene confianza en sus maestros de pintura, . escultura y grabado, pues no los considera aptos para este cargo, y acu– de á dos arquitectos residentes en esta ciudad para que en union del Pro– fesor de su refe.rida escuela hagan la calificacion indicada: y el Excmo. Ayuntamiento de esta capital cuando ha necesitado censores para juzgar de los trabajos de arquitectos envejecidos tal vez en su profesion, ha ido en busca de los mismos que la expresada junta no considera idóneos pa– ra este cargo: ¡ puede darse anomalía mas manifiesta, mas palpable contrasentido 1- Los mismos. Docnmen'to n. 0 11. Excmo. Sr. = Los infrascritos arquitectos por la Real Academia de nobles artes de S. Fernando, vecinos todos de esta ciudad y opositores· algunos de ellos en el concurso abierto en 12 de mayo último con moti– vo de la presentacion del proyecto de una plaza en el local que fué de PP. Capuchinos de esta ciudad, á V. E, con el respeto debido exponen: Que consideran de su deber en la calidad de tales arquitectos el ele– var como elevan á V. E, una solemne protesta en la forma y mejor mo– do que en derecho haya lugar por la ilegalidad é injusticia manifiestas en el fallo censorio presentado á V. E. por la Junta de censores no au– torizados por las leyes y elegidos por esa Municipalidad, reclamando .co– mo reclaman que sea dado por nulo y de ningun valor aquel fallo por, estar fundadas su ile 5alidad é injusticia en las razones siguientes: 1.ª Los individuos nombrados para constituir la Junta censora lo fue, ron en calidad de ingenieros civiles, militares é hidráulicos, académicos de mérito por la pintura, escultura y grabado y profesor de historia 'unq • de ellos; y en tal calidad los expresados individuos se abrogarolllas/fa.:_

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