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(3) estrechas, mas moderadas y suaves, de, mas’ me-- nos perfeccion, y Prelados que con mas6. menos, prudencia, sabiduria y diserecion los dirijan y, gobiernen; pero no siendo esto le que han jurado, guardar; ni-conforme dello; no pueden nideben con ello>conformarse; y estrecharlos 4 su obser-. vancid, seria ponerles en la dura precision 6 de, violar sus solemnes promesas, 6 de resistir como_ Hegitimos é incompetentes los mandamientos y , disposiciones del Congreso, por no secles licito, ebedecérlas, siendo contrarias 4 las anteriormen-. te ordenadas y dispuestas por Dios. El Espiritu. Santo mismo.que les manda obedecer 4 las auto- ridades legitimamente constituidas, y dar al. César lo que es del César, no :les permite com- placer 4 éste cuando. sus preceptos se oponen 4; los de su Criador. Este Supremo Sefior, 4 quien. debe obediencia toda criatura en el cielo y en la, tierra, y que por medio de Ja autoridad Supre- ma de la Iglesia aceptd los votos de obediencia,, pobreza’ y castidad, que hicieron al pie de los Altares, en’ los términos en que estdn conteni-, dos,y se expresan en los veinte y cinco precep- tos de la regla, exige como propio tributo el cumplimiento de tan solenines promesas. Nin- guna autoridad, pues, que no sea superior, 6 & lo menos igual 4 la que ha hecho legales y le- gitimos estos actos de promesas juradas y acep- tacion expresa y solemne puede exonerar desu cumplimiento 4 los que las han hecho. Ni V.M. ni el Gongreso se consideran investidos de. es~ ta autoridad; luego si aprobasen el indicado pro=: 2%

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