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instituto Serdfico por sus Constituciones parti- culares aprobadas por Urbano VIII de buena memoria. Asi en la regla como en las mismas Constituciones se prescribe , previene y ordena no solo la forma de vida que han de observar y guardar en comun y en particular los subdi- tos y Prelados, sino tambien la eleccion cand- nica de éstos, y su autoridad de'mandar, con todo lo demas) preciso y necesario para con- servar el drden entre unos y otros. El religioso’ que libre y esponténeamente quiso contraer, y efectivamente contrajo las obligaciones que impone la profesion ‘solemne deesté instituto y forma de vida, no puede dis- pensarse de ninguna de ellas , sin hacer traicion 4 su conciencia, 4 no ser ‘que el Romano Pon- tffice , 4 quien ante todas cosas prometen obe- diencia especial los hijos de San Francisco, se- gun la regla, por causas justas le exonerase de su cumplimiento , 6 éste no’ fuese compatible’ con sus necesidades espirituales 6 corporales & juicio de sus Prelados. Desde el instante pues- en que por cualquier autoridad se rompan 10s. lazos de obediencia'y disciplina , que segun la misma regla deben estrechar entre sf 4 subditos‘ y Prelados, se disuelve esta Congregacion , sin _que ningunos otros que-sé. les substituyan sean- capaces de hacer; que'én el caso de permane- cer unidos y“puedan ser ni Ilamarse Congrega-- ciom de Gapachinos , observadores de la regla y Constituciones que han prometido y jurado guatdar.oPodram darseles deyes’ mas severas ¥-
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