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Ed TA en que comienzan á obligar simultá- e 4 los niños y niñas los preceptos ecle- de la abstinencia, de la confesión y de la vida pesment siásticOS ; ja comunión (1. A afirmar que es de la incumbencia de la se- jora de una casa el proveer de las Bulas nece- sarias 4 108 individuos de su familia, ha de en- tenderse, siempre que del cumplimiento de esta obligación nO surjan graves inconvenientes Ó disensiones en el seno de la familia, por opo- serse á ello el jefe Ó cabeza de la misma. Lo cual suele acontecer, cuando la mujer intenta tomar las Bulas para su marido contra la voluntad de éste. Y en tales circunstancias, si bien la per- sona que las toma, practica una obra buenay meritoria en la presencia de Dios, pero si la otra no acepta, de nada le sirven las Bulas, an- tes pecará cuantas veces usurpa Sus privile- glos. Los hijos que viven á expensas y de la mesa de sus padres, si no se les provee de Bulas, ni de comida de vigilia en días de ayuno ó de abs- inencia, pueden comer carne con permiso del confesor, cuidando de no mezclar carne y pes- cado en una misma comida (2). Hoy día no tienen que cuidar los amos de si sus criados están provistos de las Bulas; porque éstos, en su calidad de pobres y trabajadores, no es preciso que las adquieran en orden á to- mar carne, huevos y lacticinios. Para disfrutar de los demás privilegios de la Cruzada, ejercita- rán los amos una gran obra de caridad en bene- (1) 8. O. de Sacr., 8 de agosto de 1910. (2) 8. Penitenciaría, 16 de enero de 1834,

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