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_Confifo. Del Minifiro del Sadrámento de la Penitencia. en fuexpedicion ha de obíervar, lo dise-enda 1opartide citas Confer. traG.3.Conferaro $ BanM55 + TD Íe- quentib, Y aviendo ya reíuelto las colas referidas (uficientemento , el cufare el reperirlas aquí, temicien- do alos Leétores quelas Vean en los lugares citados» , Notandos acerca del Ministro del Sacramento de la Penitención $51 CUpongolo:1. que.acórca del Miniftro de elte-Sa= cramento. ay quatro Propobciones condenadas por la Igleba. Tres có- dendel Papa Alexandro VIE. que fon la 6 la 7. yla 16-de (1: Decrero, las qualos tengo explicadas em.la 24 part de la Pradt. tr45.17.4.00.39) A 14M.45. Y "4,103. T feq. Otra condend: Alexandro VII, y esla Propoficion 25.d: (u. Decreto, que explicaré en cl Tratado 8.que le f- gue,y las tales Propoficiones fon co PT Propoicion. 6, condenada por Alexandto Vil». El ConfefJar,que en la Sacramental confefsion da al pe- nitentealgun papel para que defpmes Lo lea;en el qual le folicira. a cofa ve nerca, no fe juzga que folicita ende confefsion, y por efta caufa no ha de fer delarado, Propoficion 7,códanada-porAle- xandro VII. El modo de exumirfe de la obligacion de denunciar al que fo licitoyesafi cl folicitado fe.confieffa c5 el folicitante:, puede este abfolverle fia la obligacion de denunciar» Parte 2 . 517 552. .En.efle: Tratado -ocusria cl hablar de Ja precióa obligacion, quetiencu de denonciar ala Inquis, Íicion los penitentes. alos Confeflo» res.que en la confeísion,d confefías nario, (imulandola confelsion, foli- cjran ad turpia,d tienen tratos. inde centes pero ella mareria la tengó largamente tratada en la 1. part.de mi Prat. trat.6.cap.1O. per totum; np.158.0 feg. Y enla 2.part.trato 17.4 14; 39. y 45. donde queda rc. fuclto,quanto:aqui fe podia delsaro Solo advierto¿como tambien lo.nó » te en. el citado c4p.,10%114.,179. qUe no le. puede,nj deve, dexar la denús ciacion, con el pretexto de hazer la correccion al. delinquenteznipor els tar comendado, por.cftar eftos tit» los prohibidos en. vn, Decreto; de Alexandro Vl..expedido:cn 8, de Julio de 1660. como refiero en. el lugar citado; Ly 553 - Propoficion36.condenas da,por Alcxandro MIL. Los que:tie nen Beneficio curado pueden elegir porCoxfefsor.a yn fimple Sacerdote, aunque no efte aprobado por cl:Ordso pAr 10% Y34r Propolic.20.códenada por Aloxá dro Vil, Las confefsiones bechascon los Religaojos,muchas (0 por la.ma - yor partejo sófacrilegas,o imval:daso 554. Supongo lo 2..que el que no es Sacerdote, en. niupun, modo puede fer Miniítro de. elte..Sacra- msnto; y aunque Íca.en cafo de CK- tremanecelsidad ¿mofera valida la confeísion,que fe-hiziefle có vn, Se» glar,ni có cl ordenado de munores Bob” Of

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