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sua , y algunabotras que refer en el logar citado, nofon neceflarias para la fubitancia de la Confelsió; como dixe alli mm.2 25. Relpondo lo 3.que tambica es condició de la Conteísion,quefea fiddi , en que de digala verdad ingenua, y lacuipa fegun fe hizo; y para cito conduce muchas vezes dezir lascircunilan- cias,que diíminayé la gravedad del pecado. Refpondo lo 3 que aunque, esverdad, que ¿la Coteltsion na yá el penitente á elcularie, finodaca- faríc ; perocomo no falee á la ver- dad,niíecícale de manera, que ha- pecado leyes , lo que es grave; obcola voluntaria, lo que es materia neceflaria:puede alguñavdz fer menos perfeccion , d algo de amor proprio; y atras vezespuede importar para queíe haga juyzio mas cabal del grado de la culpa. eP8 ¡de »3B Me AP 30 POE ¿de CONEERENCIA VI. pe la obligación de confeffar los pecados dudojos. inguna delas opiniones con- kN denadas por los Sumos Pon- tifices, Alexandro VII. Inocencio XI. y Alexandro V 111. habladela «obligacion de confeífar los pecados «dudofos;nita 1 Propolicion,que có- denú la Santidad del Papa Inocé- cio XJ-que deziaferlicico leguiren la adminiftracion:de los Sacramé- tos lo probable; dexandolo leguro, pe mm == comprebendecia marras porque efa condenación habla con los Mk- viñicos,y la quelion de costear dos pecados dadolos, prerenecea ¿des penitentes, $. E Natandos parios acerca dels pora des dniqes. 349 S Voongo lo 1. que la da- da propiamente es, quá- do ofreciendole al enendiamcata rázones,quele initá para haset juy- zio de alguna cola, ocurrea OLAS por la parte contraria,que ledexan indecifo, ña permitirle hazer ao fo de alguna de las dos partes cout” travias, en que le diferencia la doda delelccupulo, que elte ds vA vana temor, que procede de eres, y Hacos fundamentos , y nO de razon alga" na,comeo la dada: y podemos Ha- maral elcrupulo duda improbable, 2 impradente, y ala duda, que le funda en razones encontradas, du- da pradente, y probable. 350 Supongolo-2. que la du- da, vna espolitiva , orra negativa. Duda pohitivaes,quando el entendi miéto háze ya juyzio determinado, y prudente de alguna cola; aunque con: temor de fuverdad objetiya, y eta dudapolitiva es la áíe llama «opinicn probable, y propiaméte no es duda; pues yácl enteudimiento aísicre a alguna de laspartes Opuel- tas. Duda negarivaes , quádo el.en- tendimiento nofe determina á algu na:delas dos partes, fino que impe- tido delas razones,que por vba, y orra
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