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Conmf.3. Del Sacramento valido, e ¡:formt. | yá fe confeísd en confe(sió, que fue valida,aunque informe, no es neceflario para que (£ perdone contricion perfeéta,ni nueve Sacra- mento, fio que.con la atricion fo- brenatural, y el Sacramento ante- cedente, que fue valido,(c perdonas $. IV. Maciones , que fe deducen de la dec- triza referida, en que fe explica, quando , y comofe deva reste- rar la confef- «212 Dy* lo que queda dicho en roda cíta Conferencia fe inficre,quando la confcísion fe deva xeiterar,y quando nosloqual fe pue- de reducir.a vna regla general, que es dezir ¿que todas las vezes que la confeísion esmula; fe deve reiterar: y todastas Vezes que es valida,aun- que feainforme,no es neceflario rei sorarla¿Efta nulidad puede proceder en la-confefsion de dos vnicos prin- cipios , d-por falta de Confeflor, 3 por falca.de pentrente, lo qual bre- vemente lo explicaré, 213. Por parte del Confeflor es nula la confeísion; Lo 1.empre que el no abíolviere al penitente ¿0 no abíolviere con las palabras,y forma, que Chrifto Señor nuetro inftim- y09,0 las mudare con mutacion fubf- tancial.Lo 2.ferá mula la confefsió, quandó efle-no ruyiete intencion forma), ú virtual de abíolver al peni- ' 243 tentes) ruviere fola la intécion ha- bitual, la qual no es fuficiente para hazer valido Sacramento, 214 Lo:3.fera nula la confel- fion por falta de Confeflor, quando el tal Confeflor no tuviere jpriídic- cion baltante para ablolverle; 9 por no cftar aprobado , por no cltarlo eu tal Obifpado,d por fer el pecado refervadozde tododo qual (e tratara «deípues en lu rio lugar, Lo 4. quando el C , AUNQUE tenga boa para abfolver , la tiene igada con alguna cólera, que le ini- habilite cfla jurifdicion, como Á es excomulgado vitando,de que trata- 1? delpues,y mas de propofito on ol Tratado de Cenfuris,Deo dante:Po- ro atinque el Confeflor fea ignoran- te, d nolo fiendo, ett divertido, d dormido , y el penitente no lo ad- vicrte,aunque por cffa ignorancia; fopor,no haga júyzio dela calidad, y gravedad de las culpas¿no ferá mu la la confefion, fi bien el penitente quedará con el gravamen de bolycr a confeflar aquellos pecados, que el Confeflor no advirtió , quando en- tendiere la ignorancia,d inadverten cia del tal ConfeÑlor, 215 De parte del penitére ptie- den feñalarfe- dos reglas generales, por las quales Te conozca , quando haga nula la. confefsion.Lo prime- ro,quando dexd de poner algun re- quilito elencial pora Íu valor, aun- que lo dexafle inculpablemente. La fegunda.quando culpablemente,con pecado grave, dexd de poner lo ne. ceflarió para el fruto del Sacramen» Hh z to
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