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ES a A 76 Karlas; el intento de 'V. m. en efte argumento es de efía calidad:faquele,pues,la confequencia Y. m. 497 Enquantod la declaracion ,0 declaracio- nes, que V.in.teficre de Pio V. Gregorio XIL. y Ur= bano VIII. veafe lo dicho arriba 4 m, 6. ad 9. imó. y los figuientes hafta el 13. Además,que la declara- cion de Cardenales,por mandado de Urbano VIII. no habla de los Obifpos , ni del privilegio , O fa- cultad , que les concedió el Tridentino , como mal juzga Barembio , fino de los privilegios de los Re- gulares. Acerca de lo qual e vea lo dicho arriba, DAM. 240. 498 - Y fi quiere el feñor Barambio , que lercf- ponda en forma a (u argumento,re/fpondo aísi:Con- cedo aquella primera confequencia del mum, 90. Luego no fe puede afirmar , que la sal Jentencia fue vifa, y tolerada por la Sagrada spy cia de Jos Eminentifsimos Ca>demales: y d la legunda con- fequencia de el melmo numero , conviene á laber: Luego no fe puede afirmar ve , y tolera, Oc. dif 'tingo el confequente , ratione materia , concedo; ex wi forma ,nego confequentiam. y y 499 Explicome con la confequencia figuiente: En eíte enthimema: Petras currit : ergo grandinat. Efta confequencia puede fer verdadera ratione- ma- seria,y lo ferá,(i al mefmo tiempo que corre Pedro, granizarespero no ferd verdadera esc vi forma, por- que de que Pedro corra,no le ligue ex vi formae,que graniee. Aísi, pues, por quanto de faéto la Sagrada Congregacion de Cardenales no vé la cal fentencia, y por configuiente no [e puede decir, que la tolera, poficivamente ,ni que pofitivamente la reprueba: por ello la tal confequencia, luego mo e puede afir- mar ve,y tolera,es verdadera ratione materia. Pero por quanto cíta tál conlequencia no fe figue de Ja condenacion de Alexando VII. á la tercera Propofi- cion ¿como (e dixo arriba; por ceño ex vi forma [e- rá falía la dicha confequencia. 5oo Ala prueba del mum. 91. concedo , que fi la Sagrada Congregacion huviera vito, y tolerado el año de 1629. en 18. de Julio la tal lentencia, no huviera condenado N. SS. P. dichatercera Propofi- cion , pues decimos , folo condena de ella aquella parte del vi/a, O tolerata ef ; y aísi la condeno, fue porque era falío el decir , que la Sagrada Con- gregacion la havia vifo, y tolerado : pero de aqui folo le figue, que no fe pueda afirmar ; que fue vif- ta,y tolerada.Pero lo fegundo que dice el [eñor Ba- rambio, conviene ¿faber , que no fe puede afirmar que la ve,y la tolera, lolo tiene verdad ratione ma- Seriesperono ex vi forma , O porque elo [e figa de la tal condenacion, como queda explicado, 501 Y álo que el (feñor Barambio dice en el », 92. concede,que (¡la Sagrada Congregacion huyic- ra vilto la tal fentencia el año de 1629. y la huvic- ra tolerado, cíle juicio de tolerancia fuera á lome- nos una tacita aprobacion : y afsi para manifeftar N. SS. P. que no la vió, y tolero la Sagrada Con- gregacion , condeno la dicha tercera Propoficion; pero no para maniícltar , que ni la vé, nila tolera os - ÓN E TENA e Apología 1. de los Privilegios de los Obifpos.S VII. aora ,como mal juzga el feñor Barambio , como queda dicho , y explicado. Y con efto pafemos a orro naméro de fp merced. , 502 Profiguiendo el feñor Barambio de la mi/ms materia ,ep. el n.93. pag. 368.dice afsi: Y aunque nueftra fentenciano tuviera otro fundamento para fu defenía, que confefíár la contraria parte por cier- to, y Áin diíputa, e/22 condenado por N.SS.P. decir, que la Sagrada Congregación de los Eminentifsimos Cardenales, vió, y toleró la fentencia que dice,que la Bula de la Cena folamente probibe , Oc. era muy fuficiente para no poderíe decir lo contrario fin te- meridad nororia. La razon esclara á mi ver, porque la fentencia,que ni vé,mi tolera la Sagrada Congre- gacion ,esá lo menos elcandaloía , perniciola en la praética , y tropiezo de muchos males : luego Á ni viosmi toleró la que dice, que la Bula de la Cena fo- lamente probibe la abfolucion de la heregia , y otros crimines, quando fon publicos , y que efío no deroga la facultad del Concilio Tridentino ,en elbqual fe trata de los delitos ocultos,como afima la condena- cion,,y conficila la parte contraria, ferá á lo menos la tal fentencia,defpues de la condenacion de NN, $$. P. efcandalofa.,perniciofa en la praxi , y tropiezo de gravifsimos daños. Y por configuiente , no (e puede imaginar enfeñarla , leerla , ni mantenerla in remeridad notoria , Como lo hace la parte contra- ria , por los inconvenientes ut fupra. Ha//a aqui dicbo feñor Barambio, 303 Sedcomtra: porquecfto que aqui dice el feñor Barambio, eftá tan mal hilado , ó tan mal en- tendido, como lo antecedente, fino peor ; y afsi no es de momento alguno. Muy feñor mio , verdad es, que bafta eftár condenado por nucítro Santifsimo Padre el decir , que la Sagrada Congregación vid , y toleró la dicba fentencia , para que ninguno pueda decir lo contrario fin temeridad notoria ; pero na. nadicelo contrario álo que eftá condenado , pues nadie dice , que la Sagrada Congregacion vió, y tolerd la dicha fentencia ,que es folo lo que por la tal condenacion le condena. 504 Larazon ,que dice el feñor Barambio,que es clara (obre fuponer dicha fa'(a inteligencia, ar- guyo de ella ( proportione [ervata ) contra Baram- bio alsi : La fentencia , que vi ve , ni tolera la Sa- grada Congregacion, es á lo menos efcandalofa, perniciofa en la praílica, y tropiezo de muchos ma- les. Efto que en efta tercera prueba afirma Baram- bio( y lo mimo digo de otras muchas colas parti- colares de lu libro ) no la ha vito , vi tolerado la Sagrada Congregacion ( como de fayo es cierto. aunque fobre ello no haya havido condenación Pontific la: ) luego (i la Sacra Congregación no ha vilto , ni tolerado (porque fin haverlo vito no ca- be la tolerancia) cíto que en efta tercera prueba afirma Barambio , ferá e/fcandalofo, perniciofo en la Ppraxi , y tropiezo de gravifsimos daños, Miren que lindo modo de argumentar del feñor Barambio ? Y que claridad de razon? 505 Profgue el [eñor Barambio , y en el n. 94. dice in mi + ae
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