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Sarisfacefo d los fundamentos de Bañambles 73 489. Y eñ el nam:91, profigue el mifmo Baram- bio afsi : Eta confequencia parece legitima, y fe prueba fin necelsidad ; porque fPulera , y tolera. ra la Sagrada Congregacion de los Eminentifsi- mos Cardenales la fentencia , que dice ,que la Bula de la Cena , Oc, puede fér no condenará nueftro Santiísimo Padre ¿n Congregatione Generali Sandia Romana, O univerfalis Inguifitionis , Oc. decir, que fue vifta ,y tolerada en ella : Luego fi lo con- dena , es, porque milo vid , ni tolero : quando dice la Propolicion , 0 fentencia , mi la vé ,ni la tolerar Luego li por loprimero no. fe puede afirmar , que fue vifa por la Sagrada Congregacion de los Emi- nentifsimos Cardenal»s , por lo fegundo no le pue= de afirmar ,que la ve , y tolera. 490 Yenel num 92. profigae dicho Barambio afsí : Declararon Pio V. Gregorio XIII. y laSa- grada Congregacion de Cardenales , por mandado de Urbano Vil, en 17. de Noviembre de el año 1617. qu: los Obifposno pueden abfolver de la be- regía , percufion de Clerígo » duelo , fimonia confi- dencial , Te. y no podia vér, y tolerar la fentencia, que decia , que la Bula de laCena folamente probi- be ls abfolucion de laberegia Orce. fin aprobarla, pues decir, que la vío, y tolero sn fa Con(iforio del año 1629.lim conrradecitlo , esaprobarla en el,co- mo (e reconoce. Y para manifcltar, que mi la 0í0 , y tolero ,nilavé, y tolera nucltro Santiisimo Padre Alexandro VI. en Congregacion univeríal , conde. na la fentencia que dice , que vid , y tolero decir;que la Bula de la Cena Jolamente probive , Oe. Halta aqui dicho Barambio, 491 Reípondo , que es tan ageno de buen diícurlo el decir : que admitido el que por la con- denacion de la Santidad de Alexandro Septimo d la tercera Propoficion , no fe condena alli mas que aquella parce del vi/a , O tolerata ef? : no obítan- te elo fe figa de ai , que por la tal condenacion fe derogue la facultad concedida en el Tridentino alos Obiípos , en orden 4 ablolver de la heregia oculta , y demás crimines ocultos contenidos en la Bula de la Cena ; que me parecia a mi impolsi. ble, y ageno de raciónal controverfía , el dilpa- tar fernejante cofa , y afsilo luponen todos los Ex- politores del tal Decreto: pues por elo redugen la controvería á (¡fe condena alli aquella fenten- cia afferens Bullem Cena , Oe. que esel Íugeto de la tal Propoficion hypotetica, O folamente aquel predicado , O aquella lola parre del v:f4 , O” tole- rata cf. Y la razon es palmaria; porque fi Íolo fe condena alli el decir , que la tal fentencia fue viíta , y tolerada por la Sagrada Congregacion, por los juftifsimos motivos, que diximos arriba, num.276.!l10 demás le quedará como fe eftaba an- tes del ral Decreto 5 fed ficef , que antes del tal ecreto no cftaba condenada , ni derogada por el, aquella fententia afferens Buliam Cona , Oe. co- mo de [uyo es tan manifielto,que el que tuviere €x- pedira la vita inteleótual , 00 podrá dexar de co- nocerlo a/si, pues el tal Decreto nada pudo derogar Tom.Lll. antes que exiftiefe: luego parese indigno del leño Barambio el tal argumento. 492 Muy (eñor mio , V. m. padece equivocas cion en el ufo, O juego de dichos terminos, verdad es, que nofe puede decir, que aquella fententia a Jerens Bullam Cena, Oc. fue vita , y tolerada por el Conúiftorio de la Sagrada Congregacion de los Eminentiísimos Cardenales el año de 1629. en 18. de Julio , porque lo condena lu Santidad alli, por los juftos motivos que diximos en el n.276. Pero de aj uo le figue que la reproball: tampoco, porque li no la vio,ni pudo toleraila, ni reprobarla,como de fuyo es patente. 493 Y elequivoso , y abulo de los termi nos de preterito , no la vid, y tolero, con los de prelente : Luegono fe puede afirmar que la vé, y tolera , tambien es manifichto de luyo : pues aun- que escierro , que no fe puede decir adbwe a0ra, que la Sagrada Congregacion la vid , y tolero el año de 1629. en 18. de Julio , porque aíst coní= ta de la dicha condenacion ; pero alii no condeno fu Santidad el decir , fi fe veria defpues , O no en el año de 1695. €n que eltamos :pues aunque enton- ecsno la vio( y porconfiguiente no la pudo tole- rar, O reprobar politivaments,) pudiera verla, y tolerarla, ó reprobarla politivamente aora , fin que elto fueffe contradiétorio de aque!lo , y fin que por clto dexafle de ler verdadera aquella condena=w cion. Efto estan claro , quees laftima haya Doc- tor , que pueda poner duda en ello , O ponerlo en controyería. 494 Y fi tampoco. la ve de facto laSagrada Congregacion ,como no la vé , ó alo menos no (a. bemos que la vea: y por configuiente no pode mos decir , que ni la tolera politivamente , nique pofirivamente la reprueba ; porque no puede to- lerarfe politivamente , ni pofitivamente repro baríe lo que no le ve : elto no proviene, ni [e figue de aquella condenacion ; pues lalva ella , pu=- diera oy verle , y toleraríe , O reprobaríe , como queda dicho. 495 Además, que porque no la vea, y por contiguienteno Ja tolere politivamente , que laca V. m. de ai? Saca acalo , queno fe pueda llevar, O que efte reprobada ? Buena joferencia feria cíía por cierto ; quantas colas nu ve de faéto la Sagra da Congregacion, y por conliguiente no las tole= ra en dicho fentido , que no por elo las reprue= be. Eflto miímo que efcribe V. m. eo la libro ,no lo vé la Sagrada Congregacion, y por configuiea- te no lo tolera. Querrá , pues , V.m. que por elo eltereprobado efto mefmo que V. m. afirma , y lles va ? Claro eftá que no lo querrá , pues efte es en fubltancia fa argumento de V. m. vea , poes, qué tal, y tan lindo €s. 496 En medio de eflono puedo dexar de con= feffar , que esbligna de ciogios lu pretenfion de V. m. aunque fea impofsiole, como lo es, [fu confeca- cion:porgue en las cofas arduas, y que tocan en im< poísibie,para la gloría del du.ño, balta (ojo el intás 62 tarse E

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