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Satisfacefe ¿los fundamentos de Barambio, quetodós eltos hombris doétos, que tacito somine cica,patrocinan exprellattiente nucítro fentit, y ref puelta,as ex fe pateb. 4] Elto digo en dicho name- 10, Vea, pues, el feñor Barambio fi puede eltár mas claro,ni masexprello el fin para que yo cito á Lum- bier ? Y fi aun todavía no lo entiende fu merced, que puedo yo hacerle ¿elo? 371 Profigue el feñor Barambio,y en el 9, 71. p2g.362.dice afsír No empcto tiene razon Lambier en lo que pondera la: obícuridad de la propolicion tercera condenada, 9.720. diciendo, quefe quitara con folo decir condenada en las dos partes anteces d-mtesporque es querer poner obícuridad en el Sol dz medio día claro. La razones ran clara, porque Ñi dice lu Santidad: La fententia que dice, quela Bula de la Cena tan folamente probibe la abfolucion dela beregia,y demás crimenes quando fon publicos, y con efo no deroga la facultad del Concilio Tridentino, en el qual fe trata de los delitos ocultos, Oc. conde. nada. Qué masclaro puede decir condenada en las dos,y tres partes antecedentes? Yo no 1o hallo, ni es facil de Señalar, y li efto fe. quiere obícarecer , qué milagro ferá andemos en tinieblas toda la vida, fin encontrar con la luz, ni la verdad que deleamos? Y arguyo aísi ; La propolicion tercera condenada por Alexandro V Il.tiene tres partes, primera, legunda y tercera,como confieíía elte Auror.Su Santidad dice, aviendola viíto digna toda de condenacion, conde. nada todaslucgo dice con claridad condenada en las des partes.Ló bueno es,que nodiciendo fuSantidad, enfentir de eltos Autores , condenada en la ultima parte,como ro lo dice,quieren que lo diga en guan- tod ella , y no quieren que lo diga en las demás, Jiendo todas tres partes de la propoficion que dice, condenada, Gn tener mas fundamento por una, que por otra parte. Confi:flo ingenuamente , que es fo= lo querer dadar , y opinar con fingularidad. Haga aquí dicho Barambio. 372 Muy [eñor mio ,V.m.no debe de diftinguir entre la propolicioncondenada , y la condenación de ella:cierto es,que la propoficion condenada eftá tan clara, que podrá conftruirla qualquier mediano Gramatico, y aun deletrearla qualquiera niño de la efcuelaspero la condenacion de ella,0 el fentido en que le condena lá rál,no eftá tan claro como clSol de.imedio dia , niaun como el Luzero del Alva, ni aun como las Eftrellas á media noche, lino obícu- ro , y Obícurifsimo , como bien dicho muy erudito Macítro Lumbier y los hombres doétos que él re- ficre: socito momimesy lo mifmo con los Maeltros , y Cathedraticos de Prima de la Univerfidad de Salas manca,e! Curfo Moral de los Carmelitas, cuyas pa- labras pueden verle arriba, 1.49: y lo miímo el Li- cenciado Don Martin Brezmez de Prado, cuyas pa- Jabras fe refieren en el aum. 50. Hoces fobre la di- cha propoficion, 7. 1. y 10. 373 Dice el feñor Barambio, que dice lu Santí- dad sondenada toda : mueltrenos la merced donde dice effo lu Sancidad?>Acerea de lo qual,y de lo de- más que fupone, O dice elfeñor Barambio , veale lo ” dicho arriba, m,2 84.4 5. 199. ad 341. y en-otros delta Apología. ¿Defpues de áver concluido el feñor Dodtor Ba-= rambjo cón lo que toca.al muy erudito P.M:¿Lum- bier, la toma muy ex prof:/fo contra el muy Reve- rendo,y dodo P.Corella;y por tomarlo tan de pros polito contra dicho Efcritor , me ha parecido rama bien el tomar de propolito la fatistacion:a todo lo que contra el tal alegaslo qual es como fe figue. FP 306.4 8.335. ad Sátisfacefe á lo que el feñor Doctor Barambio alega contra el Reverendo Padre Gorella, ; 374 N el m, 72. pg.363.dice aísi el feñor Barambio. En clm. 33.34.35. 36.y 37. reficre Torrecilla al RP. M. Corella, que €o fu Praítica de Contellores, fobre la propolición tercen ra de Alexandro VII», 22. dice: Digo lo primeros que tengo por muy probable con Torrecilla, que en efi propoficion no fe condena la parte primera, que dice fer licito ¿los feñores Obifpos abfolver de los cafos de la Bula de la Cena,quando fon ocultos, fino que folo fe condena decir,queefia opinion fue via, y tolerada en el Confiforio de la Sagrada Congre= gación de los Eminenti/simos Cardenales. Pouebaje, (atiende amice LeGto;) porque effa condenacion es de interpretacion ePresba, y fe ba de refiringir ¿n0 ampliar ¿(ed (ic elt,que f5 fe dice que comprebende la condenacion las dos partes de lá propoficion, fera ampliarla; y disiendo que contiene fola una , és cea Mirla , y refiringirla: luego fe ba de decir ¿que no comprebende la condenacion a las dos. partes de la propoficion , fino fola una ¿id'eft , aquella que dice, vifa, O' tolerata ef. po 375 - Proligue Barambio en el n4m.73. como le figue. Sin probar la menor, que era muy neceffario, como conocerá el masignorante (que no puede ha cer por fer diftinta , y divería de lo que propone probar) profigue Corella : Lo otro,porque el fentido de la propojicion fe falva , diciendo , que folo fe ef biende a lo que afirma la copula principal def a proa poficion; ledlic elt , que lacópula principal es lo que ace: (¿Quien oyo tal en eliundo) que fue vifta , y solerada la opinion: Inego diciendo, que folo fe com dena que fue vifa,y toleradala opinion, fe faloa eb fentido de la copula principal: Lo otro,porque wo des bemos penfar que la facultad que concede un Concla lio General; tan grave, venerable, y aplaudido en la Iglefia , qual es el Tridentino ,lo quiere derogar el Pontifice Alexandro VII.en efe Decreto,no baciena do mencion éxpre/Ja de la tal facultad, como lo noto Pedro de Ledefma: luego avemos de decir, que no fé condena ef a opinion que concede 4 los feñores Obif= pos facultad para abfolver de los cafos ocultos de la Cena , fino que folo fe condena'el afirmar , que ea opinion fue viña , y tolerada en la Congregación de los Eminentifsimos Cardenales. Hafta aqui Corella, que fiento averlo vifto por lo que le eltimo, viendo fu rato , y inauditó modo de arguir , y probar Íu Sentencia; Hajia aquí el dicho Doétor Barambio. 376 Sed contra fc: Lo uno y porque en quanto
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