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De lascofas particulares de efe Tomo; gar alguno ¿los pueda interdicis , faípender $0 excomulgar , y les liga lu jurifdiccion en quanto d cltascolas, pag. 116, num.104. ad 109. y pag. 119. num,125. ad 156. Y que es lo que acerca de elto dixe en mi tomo de Obifpos ; y por que hc mudado didtamen , pag. 175. num, 541. ad 550. Silos Regulares le comprehendan en el nombre , y general difpoficion de los Clerigos, pag. 139% num, 268. 4d 271. A todos los Regulares de un Convento fímal , no puede el Obifpo quitarles las licencias de con. felffar , fin confulta de la Silla Apoltolica , pags 162. num. 429. y pag. 184. ad 291. num. 607. ad 260, Y qué d efte, Ó aquel Regular , pag. 189. 0.644. ad 649. 6 Ni las licencias de predicar , pag. 176. num. 553. ad 605. y pag. 191.num.661. ad 705. A los Regulares , que recorren á Tribunales Secula- rescontra (us Prelados , quando eltos proceden fegun lu Regla , 6 Conftituciones , no le lesha de admitir; y que pecado feria lo contrario,pag, 207.num. 22.ad 25. Ningan Religiofo puede renunciar el derecho co- mua en perjuicio de lu Religion , aunque efta fe dañe lolo (egundariamente , pagin. 210. num. 43. Si el Religiolo puede [er Adminifltrador , fin per- juicio del voto de la pobreza, pag. 246. num. 5. ado, Y fi cierta adminiftracion concedida: por el Def. nitorio á.ciérto Religioío , podrán delpues re- vocarlela ad libitum , pag. 246. num. 4. y pag. 247. num. 9. 4d 12, Como podrá un Frayle Menor imprimir fus obras. en utilidad de la Religion , fin faltar á la Regla? Y (icierto Religiolo Menor podrá praéticar la probabilidad de las Martinianas , pag. 147. UU. Mer. 1.ad 4. Videal ia pla ra , verb. Ab/olucion y Citacion , En- tredicho , Mia , Peculio , Comendadores , Obif- pos ,Prelados , Privilegios, Procefsiones , Mon- 345 , RefBiracion , y Tefamentos. L Religion Virtud. Si ferd heregia decir, que la Religion no tiene aGto alguno exterior ? En quantas maneras (can [as ados > Y quefe eritienda por nombre de adora= cion , pag. 442. num, 1. ad 9. Algunos errores de los hereges acerca del culto de Dios , de fus Santos , y en materia de diezmos,y voto , pag. 443. num.r. ad 7. Religiones, Los Capitulos Generales de las Religiones pueden hacer leyes , afsi en lo efpiritual ,como en lo temporal , para el buen govicrno de la Religion, pag. 203.num.t. ad 4. Y alli quienes puedan hacer leyes generalmente. Qué circunftancia para (u validacion , pag. 205+ num. 11. y 13, Aaa Que Tomi11, 3 ana” BTS ASA ASA AA AS go e ao S Ba 7 + os gi e x > 0 E + > : e É y ds a A NI sa : TR El General N, no folo pucde, fina que debi nom- brar Vicarios Generales 5 con plenitud de jus riídiccion para la Nueva.Efpaña , y eo no íe opone a la Regalia, pagin. 205. Mumer. 13. ad 63. Lo que fe hace Por todo un Capitulo General , fe i dice averlo hecho los Vocales de das Provina” clas ,que concurricron á el ,pag. 212. numer. 51. ad 54. a Acerca de la poteftad del Difinicorio General de la Religion 2. 'en"orden á los Prelados Locales, fon cinco dificultades »Pag. 243.ad 245. Los Capitulos Generales pueden interpretar los Sagrados Canones , y Privilegios, pag. 390,coníy 19. num. 3. y No fe pueden hacer Eltarutos en daño dela Cox munidad , pag: 417. coaÍ.13. dum.-2. Vide alía , verb. Vifitadores. Entre las Ordenes Mendicantes , y no Mendicang' tes, le dá mutua comunicacion de privilegios, Pag. 115. num. 93. y 94. El que por inítinto del Eípirito Santo , y fervor de la caridad es movido al eltado' de perféccion (como el de la Religion loes ) no eltá obliga= do d otras leyes comunes , pag. 217, 0.4. Y 5. La cauía de Religion es favorabili(simi, pag.2206 num. 22, Si [ca nula la profefsion de cierto fugeto, por aver= fe defcubierto , no fer de lano juicio , y á quien , tocará el dár la lentencia declaratoria de la tal nulidad ,pag. 228. y 229. Utrum, (ca valida ¿0 no ,'cierta profeísion , pagí 234. coníulta 14. en la razon de dudar , y pag. 236. num, 4. Si los Religiofos de cierta Comunidad podrán «ad: mitir á la profelsion 4 un Noyicio corto de vila ta ,pag. 245. á Y alli , qué obligacion tendrán á lo dicho? Las Religiones Mendicantes comunican codos los Privilegios de los demás , adbwe los concedidos con cíta limitacion , que Otras Religiones no los comuniquen , pag. 229. conívlea an 15 Pero aunque comuniquen unas Jos privilegios de las otras , con todo efo.no.comunican en las pe- nas , y prohibiciones, delas otras , pagin. 4524 num.20. ad 25. 20h Si la embriaguez fea baftante caula para expeler 2 uno de la Religion. Vide y verb. Borrachos: Videalia,verb. Clanfura , Criminofos, Prelados:,y Rezo, AE es | Reliquias. y Vide, Rezo, € | Renuncia, o La renuncia dela herencia dela perlona que vive, fin coníentimiento de ella ,es mula ; y auque [ea a favorde alguna cauía pia , y la que hacen los padres acerca de la herencia de los hijos que viven , pag. 222. nun. 2. ad 5. Como (e entienda lo dicho , pag. 223. num. 11. .. 4 En lareauncia gencral no vienen aquellas colas, 0%, mila ti e E S Samer 2 =

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