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eita en dudala tal marcha, y la calidad no es al- fentada , aunque no fea notoria la infamia, elta- ré obligado el cal reltigo á declararla , pag.421. num.TO, - ; Veaníe los nameros 1.2.7.8. y 9. antecedentes. Si el pretendiente , que mudó de un inftrumento publico un apellido malo, en otro bueno , y con effo conliguio fu prerenfion , eftará” obligado á reftituir >? Y que del Efcrivano que lo permitio, pag. 421. num, 11. y 12. y Pag.416.numcr, L. “ad 28. Vide alía plura, verb. I[nfamia, y Nobleza. Inbibicion, Lo que no eltá expreflamente inhibido , no debe- mos infiibirlo nofotros;y las inhibiciones le han de interprerar eltrechamente , pag. 452. aun. 11. y 12. In obfcuris, Enlastcofas obícuras fe ha de feguirlo que es me- nos,y lo que fupone menos obligacion,pag.452. Ñum.12. y pag.300.num.9. Inquifidores.- * a Los Inquifidores pueden ablolver de la heregia oculru enel fruto Sacramental de la Penitencia, Pg. 103. nuom.5. Intencion. Vide, Ordenes, EUA Intere/ffes. . Si pueda uno llevar interelles por cierta conducion, no aviendole coftadoá el interés alguno? Y quanto podrá llevar ? Y que por otras diligen- cÍas,pag.414» num. La. : Vide alia, verb. Te/ffamentarios. Interpredacion. La.inserpretacion que fe ha de hacer, es aquella que fea mas julta, y benigna,y la que menos per- Jjudicare; y es contra toda jurilprudencia elten- derlas penas , y condenaciones , pag: 46. num. 287. 4d 290. y Pag. 510. 0.5. Y aquella interpretacion fe dice mas jufta, y benig- na, que favorece d ambas partes, pag.121. num. 145. / En las cofas claras no ay necelsidad de interpreras cion, y celfan las congeturas , y prelempciones, pag.66. num.423. Aunque la interpretacion ha de fer de calidad , que no Íca iluforia la facultad,O para que el adto vall ga;pero no para que valga orani meliori modo, Y* efficatiori quo poreff, pag.121.0.144.ad 146. En duda (e debe hacer aquella interpretacion: , que Sea mas conforme a la Rubrica, pag.135.0.244» Vide alia plura, verb. Di/poficiones, Dudas, Inbibia ciones, In obfcuris,Leyes,Pactos,y Palabras. Infirumentosa Vide, E/crivanos, Informaciones, y Probanza. | [nverifimil. Lo inverifimil fe prefume fallo, y lo verifimil [e re. -pota verdadero, pa8.19.0.213. ; * Y aísi lo inverifimil no debe [er arendido,pa3.103. Aum.5. , Y "==. Indice copolísimo Vide eciam, yerb. Verifimil. Irregularidad, Los irregulares no eftán privados de concurrir a las elecciones Canonicas activamente, pag. 259. num. 35. Sila irregularidad haga inhabilica al quela tiene .pará obtener Beneficios, y percibir los frutos ; y, que de las penlidacs, pag-343. 0.4.y 5. En duda de li uno hizo alguna maérte, no €s irres gular, pag.342. confult.6.n. 1. y Si ei que ha cítado endemoniado [ca irregalar,pag. 343+DUm.T. Si el irregular pueda ordenacle de primera Tonfa- rá, p28.342. num.2. : Si el hijo de padres infieles, que fué baucizado quando niño, [ca irregular, O Neofito, Pag. 451 num. Te Jubileo, Si en nueftros Hofpicios de Capuchinos gate el Jubileo de la Penitencia , pag. 390. onf. 19. porzoda ella. El Jubiléo de la Porciuncula fe gana toties quotes, por un privilegio de Pio V.que lo concede alsi expreflamente al Convento de Cerralvo , donde fe guarda el original, ( de que participan los de= más Conventos, y Religiones ,quetienen comu. '—nicacion de privilegios , y gracias efpiricuales, qual esla nucítra ) comolo deponc el doíto Pa= dre Fr.Martin de Sán Jofeph. Y añade,que queda un tanto auténtico en fu poder,defpues de la ex- policion dela-Regla ,d pag: mihi 509. ad 513. num.2. por todo el... : Ni cfto elta comprehendido en el Decreto limitati- vo de las Indulgencias de la Sagrada Congrega- cion , expedido en Roma en 7. de Marzo del año 1678. pues dicho Decreto no habla en calo que aya conce(sion Pontificia , que expreflamen- te lo conceda aísi, como lo ay en nucítro calo, fino fueta: de efía fupolicion , como del miíino Decreto fe infiere claramente. Vide alía, pag.456.conf.14. num.5» Vealetoda la. - dicha Copíulta. ' Veanfe tambien Jos Confultas acerca del Jubilco,' . 1 que concedió la Santidad de Inocencio X1.4 fa- vot de la guerra contra los Turcos , pag. 439» conlult. 3. por toda ella, mis Jaz. Los Derechos fiempre prefumen á favor de lo obra-: do por el Juez; y clto , aunque [e aya. apelado dela fentencia,o Decrero,pa2.444..9. Vide alía, verb. Immunidad Eclefjaffica, Fu cio Fa rifdicion,Penas,y Sentencia. Juicio, El juicio injulto,no esjuicio, pag.168. 0.482. El juicio no [ce ha de comenzar por lá execución, ni pof la tortura , pagin. 191. númer, 664. ad ' 676. $ La litis conteftacion es el fundamento del juicio, y lin ella, qualquiera fentencia que contenga grá- 'vamen irreparable, ferá nulazibid.n.668. —' '* ; : Lo

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