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Añadida. feñor Nuncio , fo le di antoridad en viread de di. cha clauínla al feñor Obilpo , para fuípender la li. cencia de confellar á dicho Eclefaltico , porque efte pidio licencia al leñor Nuncio : luego el feñor Obiípo notiene cal autoridad ¿luego ni lícita , ni validamente , podrá el feñor Obiípo, falpender di- cha licencia, no obftante la claulula, Non renitenti: bús locoram Ordinarijs: AÍsi lo fentimos, lalvo me liori, En eto Convento del Carmen , oblervante de Zaragoza ¿21.de Septiembre de 1701. y Fr. Fofepb Trigo de Cafas , Matftro , y Doctor en Sagrada Theolozia, Prior del Carmen. Fr. Marheo Salaberria de Maya , Maefiro , Doltor de Theolozia ,en la Univerfidad de Zaragoza, en fu Diocej;, Examinador Synodal , y Padre de Provincta, Fr. Fofepb Angelo Cebrian , Doctor de Theologia, en la Untverfidad de Zaragoza, y Calificador del Santo Oficio. Fr. fofepb Angelo Rofel! , Ex-Provincial , Doctor de Theologia, de la Univerfidad , y Examinador Synodal del Arzobifpado. Fr.Tbomaás Pueyo Abadia, Fr. Antonio Alberto Boneta , Doctor en Sagrada Tbeologia. Fr. fofepb la Pica , Prefentado , y Regente de los Efudios de Zaragoza. Fr, fayme Pinaque, Doctor , y Catbedratico de Tbeologia de la Univerfidad de Zaragoza» 0 La prelente Coníulea , (tá tambien fun» dada, contantas, y tales razones , doétiina , y eru- dición , que juzgamos por (uperfluo , añadir cofa alguna ¿lo dicho para lu feguridad, y alsi nos fubí- cribimos en todo.Ea elte Colegio del Señor San Jos feph de Zaragozaá 22. de Sepciembre de 1701. 2 Fr. Enfebio Blafco , Doctor de e) ón. dor del Santo Oficio , Theologo , y Examinador + Apofolico, y Synodal del Obijpado de Tarazona, y fuez Ordinario del de Barbafiro. > - Fr. Sol pb Martin , Leétor de Theologia de dicho Colegio. ESA RO Miner s Lector de Theologia de dicha Colegio, Fr. En Bandres , Lector de Theologia de dicbo Colegio. — 71 Ela tam prodignitate y reluclta , y venti- lada efta dificultad, que tuera gran prelumpcion el pretender adelantarla yo: porque los fundamentos, aísi legales , como por razon en que la fundan , la hacen evidente ; pues como bien [e pondera por di. chos Padres Maeltros , fi el hecho , y ditámen del tal feñor Obifpo, pudiera tener algun valor , y lub- fiftencia, le figuiera de ai, que el favor,y gracia,que el feñor Nuncio le hizo al lugeto , en la Concelsion de la tal licencia, no fuelle favor , ni gracia y para dicho Beneficiado , fino antes disfavor muy perjus dicial tal ; pues por lolo averle obtenido, le pri- vó dicho feñor Obilpo , de la licencia de Cons fellar en fu Obiípado , que le avia dado antes, reputandole por idoneo , y bencinerito y para el tal empleo : lo qual estan difonant: á toda buena tazon ¿yd la toteligencia genuina de dicha clau fula : Non renitentibws ,O'c, que parece, no avr cuerdo que no la tenga por tal ; por lo qual , lolo digo , que me conformo con lo refuelto , por duela tro Reverendo Padre Fray Timoteo de Rodenasy Difinidor de mi Sagrada Religion, 82c.. Y cou los pareceres de los Doétilsimos Padres Macítros, fubk cripto arriba ; en fee de lo qual, lo:firme en elte Convento de Capuchinos de San Antonio. Madrid, y Febrero 10. de 1703. Fr. Martin de Torrecilla,

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