BCCMAS0001-15-G-1500000000000

Añadida. gui faoidre atitur; y afsi por aver obtenido dicha licencia,no ay razoa porque ay2 de [er mortificado en quedar privado de dicha licencia de confefíar, fupuelto que quod culpa caret in damnum vocari mon debes , como le dic: enel cap. 2. de Conffisu- tionibus ; y tambien poenam non meretur ille, qui legitime aliguid facit; argument. cap.Qui percata 3. queñ.4. leg.Gracus, Cod. de adal. y Megalio en fas reloluciones,tom.2. refol.180.m. 4. 0 ha fido, por- que en pedir tal licencia al (eñor Nuncio ha hecho alguna injuría al dicho (eñor Obiípo ?lo qual tam= poco le puede decir , fupuclto que el que ula de (u derecho, ú delo que el Derecho le permite, 4 nioguno hace injuria en ello, cap. Cum Ecclefía 31. verf.Quia, de ele4. leg.[niuriarum, $. 1. / F.de iniur. lg. Filio pater , y de otras , con la comun de los Doftores ¿04 lo menos en calo de duda, fe ha de prefamir , que el aver (olicitado dicho Bencficiado la licencia del feñor “Nuacio , lo hizo por ular de lo que el Dere-ho le permi- tía, y no por cometteas injuria alguna , como conlta, ex leg.Fleminsa, in fine, O* leg. Proca- las,f. de damn. infeft. Luego de primo ad últi. mum, fe halla fin culpa dicho Beneficiado, y configuiente le deberá mantener Con lu licencia, y adminiítrar el Santo Sacramento de la Penicen- cia. 45 Lo quinto, porque ay obligacion de qui- tar qualquicra fundamento , que pueda Caular nota en contra nue/tros proximos 5 y elto aun- que fea obrando contra el Derecho , como conf- tá, cx C4po Qioniam, de iure Patronatus , O* cap. Camtentamar , de prebendis , Tex 03D Ád ad- yes , de semporib. ordinar. O” 1% 13D. Cam ex in- junéio , de non operis nuntiatione , Ú* ex cap. Cum olim , O cap. Cum decorem de Cleric. confazgat. Y la razon la di la Glofía , fobre el capiralo alrimo citado , diciendo : Quia nibil cum frandalo fa- ciendum ef? y cita al cap. Cum nibil prodef , de prafeript. conforme todo á lo que dixo el Apoltol San Pablo al Philip. cap-4. v- 3. De cutero fratres, quecamgue funt vera , quecumque pudica , que- cumnque fanéta , quecumque amabilia , quecamgue bona fame, fiqua virtas , fiqua lanus difcipline bec cogitato, Y elpecialmente le ha de evitar efte fundamento , fi puede caular nota en contra la bue- na fama , y Cftimacion de los Sacerdotes , como no:ó Bobadilla tom. 1. de fos Politicas » lib. 2. cap, 17. num.13. por ler eftos d quienes le les debe to- da honra, y veneracion ; Atqui , de que el feñor Obifpo prive de la licencia de confefíar al que tic- ne aprobado el feñor Nuncio, no le puede dexar de feguir nota en ontra cl credito de dicho apro- bado , pues vén que no conficlía el que antes con- f-Taba, y le ha de feguir mayor de que fe fepa que no conficlía, porque lo tiene privado el [eñor Obif- po; lo qual no puede dexar de redundar eo deldo- ro , y nota fiagular del dicho aprodido; porque dichas licencias no fe faclen quitar , fino por cau- ías mayores: Luego, Sc. , TomAll, $19 46 Lo 6. Porque aunque dicha licencia pas rece la dexa cl feñpr Nuacio al arbitrio del feñor Obilpo , mas eíte arbitrio le ha de entender rega- lado por el retojaicio , lo qual fupone necella. riamente juíta cauía, como lo prueba Menochio de arbicr.lib. 1. quef. 13. Y la razon es, porque el arbicrio fe regula, y debe regular por el Dere- cho , como muchas veces lo ha determinado la Sacra Rota , maximé , decif. 179. pum. 1. decifa 235. num. 1. y decif. 547. num. 1. apud Farif. part. 1. recent. y Lozana confule, 32. mum, 5. Cara ¿dolo en fs Praétic, fadic. O aduoc. verb, Recufas tio, mum, 28. y Julio Claro , que dice fer comun, lib. 5. $. Praétic. Criminal. quef.31. verb, Arbi= trio , atque bala 5 d los quales cita, y figue nuelteo Padre Torrecilla, tom.1. confule, tralh.to . confult: 1. num.48. y Salgado de fupplic. ad Santif. 1 parta cap.28. pues dice:Ho: tamen arbitrium efi legibas, O” pationibus circumpfcriptum, leg. Refpitiendam, O" leg.Hodie, f.de penis, O non liberi , fed boni, O" innocentis viri officio fungi opporte», leg. Cate- re 45. Mala, [f. familia excifecundayita ut iuris, ergaftulis arbiterum claudataur , leg. Vir bonus SÍ. iudicar, folui,l:g Si libertus 30. ff. de operij libero, leg. Si bené collocate, ff. de ufuris, leg Toais, $.S0= rore; y de otros machos , que cita , como fe puede ver ¿fundados todosá nuzítro entender , en que arbitriam non extenditur , nifi ad es tantum , de guibas cogitatum eh , como coníta ,ex cap. Expo fica, O ex cap. Cum dilehus , de arbitris 5 Atquis; fegun toda buena razon, le debe juzgar , que la * intencion del feñor Nancio en aquella claufula, Non renitentibus O“. lolo fe eftendió d que el (es ñor Oviípo pudiera (ulpender lu licencia , quando huviera cauía tal , que conocida por el [eñor Nun- cio, quitaria dicha licencia al cal aprobado, como noto Palqualigo en fus decifiones, decif.500, num. 7. Y aísia lolo efte calo le eltenderá el arbicrio de el feñor Obilpo por virtud de dicha cláufula 5 y fuera de efte , avra de fubíittir la licencia de el les ñor Nuncio , dilarandola á quanto tenga lagar , fu= puelto que dicho feñor Nuncio la dió voluntarias mente , fundados en que in bis, que pendent dá mes pa volantate alicuins , gefhe per cum magnam %= tenfionsra recipiat, como noto Salgado de fupplic, ad Sanétif. 1. part. cap. 10.num. 16, citando a Maícardo de probat. concluf. 924. MUM. 9-Y TO. Y inam. 16. ad 20. Go que fe le pueda (ulpender ádicho aprobado , pues la obtavo de verdadero, y legitimo fuperior ; y como le dice, ff. de regal. ur, leg. 180. qui autor indice comparabis bone fidei poffefor ef y y del cap. Ex liereris , deiar. Pastro- mat. dice la Glofía, que Canonicó infbitutus mon re= movetur fine culpa 5 y la pena lolo le puede hallar donde ay delito , cum conlta Cod. de penis, leg. Sancimus , donde le dice: Sancimas ibi efe pe- pam ,ubi O noxia ef 5 y la Gioñía , abi delichum ef 5 y por cíto no es razon deba redundar ca nora de el tal aprobado, fapuefto que , 744 ie. pe poteftaris a Magifrazo fiant , ad iniariarum 26= Xx mo- » Y

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz