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410 Confulta diez y ocho. viejo, conformandofe con la voz coman , y fama pualica ; 6 fi efhara obligado a tefiificar , fegun las noticias que tiene por el 1mArumento publico? 2 Dud, Pretende Pedro un Abito de Santiago, Jabe que por un. quarto tiene mucha dificultad Ja pretenjion, Pide a Cayo , que tiene el mifmo apelli- do de fa quarto infecto, ( pero en Cayo efa repu: tado por noble) que le reconozca por pariente para confeguirfa presenfion. Si podra Cayo, fin Jeber que Pedro fea pariente fuyo prefarle los papeles gue tiene executoriados de fs nobleza para que Pe- dro configa él Abico;y fi llegando los informantes a examinar a Cayo , fi reconoce dá Pedro por parien- te fuya , podra refponder que fi, que lo reconoce, no teniendo para ejfto mas drena , que faber, que la fangre corre por muchas partes , y que po- dra ferPedro pariente fuyo , fin que cl Jepa por donde +3. Dud. Pretende Pedro un Abito,llegan 4 0xa- _pstaar 4 Sempronio , quien fabe que uno de los af- cendientes de Pedro fue ca/P gado por la Inguijicion; pero fabe tambien, que ban psfado mas de quatro generaciones : Si podrá en efe cafo refponder ,que ningano de los elect de Pedro fabe aya Jsda caftizado p r la Inguificion , pareciendole que ef- tas fon leyes penales , que no oblizan en conciencia, nife efienden mas de baja ba quarta, genera- cion? Ad 4 Dad. Llegan a examinar a Pedro para unas informaciones de un 4bito, dice el teftigo que 3 ba de AR debaxo de juramento, f3be de cierto, por averlo oido a perfonas fidediznas , 0 por aver vijlo infirumento, que el pretendiente efa infecto por un ¿guarto 5 pero que la depofícion va Jin juramento, que dirá en abono del pretendiente quanto bien qui. fieren: utriúm , A el teftigo en algun cafo podrá ba- serefo, y [el informante lo puede permitir? 5 Dud. Sabe Pedro que lo ban de examinar pa. ya ciertas informaciones , fabe que el pretendien- de, enla voz comun, y fama publi ca, ef a r epata- do por Fudio.Hace diligencias para fabirn.en que fe fandala voz comun , nadie leo fabe dar razon, mas de lo que ba oido: utrim ,/¡enfu depoficion podrá defpreciar las noticias que ba oido fín fundamento, afermando que es v0z coman que el pretendiente es noble? 14 6 Dud. Pretende Pedro an Abito, fabe que Ca- yo tigne fecreto en fa poderun infirumento, quele ba de impedir fu prerenjion. Es Cayo amigo fuyo, y fabe que lo ban de examinar para fus informacio- meszutrim, fi podrá Pedro inducir a Cayo que ocul- be Jemejante noticia, y fi podrá Cayo ocultarla, por Jer el amigo alter ego? le nes 4 Dud. Pretende Pedro un Ábito ,fabe. que en ¿sierto inflrumento publico, quee fa enpoder del Ef- 2 q en noes amphibolozica , como lo fupone JIGHO Ma “dos peró quando lo [ea ferd fenfivle dicha ampl esfrivano , efa reputado por malo uno de fus apellia «dos. Pidele al Efcrivano que le dexe ver el inflru- mento, y en prefencia del Efcrivano mada el apelli domalo y y pone otro bueno, y con eo configue fa presenfon , qué obligacion tendra Pedro por ayer mudado el: apellido malo , y puégó otro + Y gado es lo que debe bacer el Efcrivano , gue permitió $ cofa? eN E 8 La alsima dada, es : Fr.N,concorre d un Gas E pitulo, danle noticia fecreta , palfando por cierto. Convento ,que uno de los Capisulares ba come algunos defeékos graves , de quien ay muy poca ranzs de la enmienda, maxime, ¡fe vé en pueftt Prelacia. Ejta noticia Jolo la fabe: Fr. N.entre zos dos los Capitulares. Uitúm , Jefe Fr. No tendr oblizacion de participar eta moticia a todos los Caz pitulares para que reconozcan la ineptitud del faz 05 y JSacafo conocie/fe que algunos de los Capituba= res ¿Fdn apafsionados por dicho fugeto y que tal noticia no ba de bacerimprefsion en elios, fe podrá" dexar de comunicarla , aunque juzgue que dichos E ¿cto ba de fer elegido en Prelado?* 1 A Efas, Reverendifsimo Padre, fon las dadas que 7 Je me ofrecen; y aunque tenzo noticia que algunos fe las practicancon poco eferupulo, yo o se,nialcanza wi cortedad el como; y afst fusplica aV Reberensifa Y. Jima me baga favor de eflenserfo en la refolucion de ehas dudas, pues me confid que ay algunos fugetosE que efan efperando laHefolacion de V.llma. pará Y que les firva de norte fu docirina , para el acterntóz * y fegaridad de fs operaciones, o 1 Ala primera duda relpondo : Que el tal Tis civ podrá refponder , que le tiene por noble, o por Chriítiano viejo , conformandoíe con la voz cow: men, y fama publica ; porque la nobleza, y pureza; de fngre que fe pide en los eltarutos de las Ordew nés Militares, fe. toman, y coligen del concepto cos mun de los hombres ,de la voz , fama , y opinion; porque efto es loque coníerva , Y promueve el cf pendor de las mifinas Ordenes : ni fe les ligue dels doro , 0 ignomioia de una mancha que el pueblo ignora, aunque realmente la aya, como en propios terminos lo tiene el doétrifsimo Padre Meno en el Compendio en Caltellano dé las Ordenes Milis tares, l¿b.3.50P.3. num. 26, pag. ibi 111. quelo prucba bien de la difinicion dela noblez:. Y ¿ñas E de , queen las materias de la honra, mientras dq. mancha eftá oculta, no nace iofami.o y es como id A no la hnviera; porque el error pov.i.o con.ticaye E durecho, ex leg.Barbarins,/ de of/0, Pretor Dre: 1 leg.2.C.de fentent O interlocur, Lo mifmo colla | del Derecho Regio, leg.4-in fíne,tit.4. part.3:y 0gd 8. tit.9.dib,3.Nove Recopilat.y lo milmo del Dies cho Canonico, cap. Infemis 3.9.7. verfVerumtas. mensy le colige 4 contrario fenfu,ex cap. Ad proband dum, de fentent. O re iadicat. y es comun axioma | entie los Juriítas, Canoniftas,y Theologos 5/44 | PI AP): ef, que fino huvicra mancha alguna pudiera: Vicio jutar ablolutament:: Ergo,8zc, pana 2. De aquies, que la dicha refpueltdE rigor: bologia ,por lo dicho en mi tomo fobre la PEO: poñicion 26.de laocencio X1.4 19m.169.04 1744 159+ y en otros, a pag, 342. de la (eguada
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