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De Fuficiato fare: , 16 Pará loque pueda conducir dla parte 1, favorable del Confulránte , le advierte, que en la ¿dicha Orden Militár ay eftatuto ¿dé que el Reli- », giofo, queíale acer informaciones para otra ,, Religiofo , opara Cavallero , lleve cada dia cres ,» ducados de plasa, que entonces valian 49- reales », y medio de vellon, que 4 dicha razon en los di- , chos ciento y un días , que feocupó en ambos , negocios, importan 5Y094+ reales y medio ; y 109 3» que llevo de 4mbás partes, importan tres mil 194» ,, les. De la dicha dificultad, como de raiz ,Ó tron- ,, co , nacen otras dos dudas; una del Patronato , Y , otra dela reftamentatia , en la forma Giguicate. DUDATERCERA. 3 3 L Juez de obras pias de la Ciudad s de N. mando , que el Coníultante », Jieffelasquentas de el Patron antecellor , que 1» yá era difunto ¿y con feto las dió, y en eíta le s» Icfcargo de las decimas de aquellas Cantidades, 5, que para diftribuirfe en las obras pias avian en- » trado en poder de el dicho Patron antecedente, ,, El Filcal de obras pias contradixo la dicha par- , tida, alegando no fe debia pallar : porque aun- »» queel Fundador no avia feñalado renta al Pa- sy tron, avia de ponerle cn fu poder el dinero, sá colta de el Patronato : y para mas claridad de ,,cfta contradicción , (upongo » que N. vecino de s,la Ciudad de N. fundo en dicha Ciudad una 3, Obra pia, para que todala renta que de ella pro- » cediele, fe convircielle en calar paríentas (un »» yas pobres , naturales de cl Lugar de N. de don- sdeél era natural, Dexo por Patronos, que co- 3, Draffen clta renta , y la difribuycllin, á lus del- 3» Ccudientes ¿ y que á falta de eltos fuelle Patron ,,€H Cura de dicho Lugar , nombrando Adminif- 3» trador, que en N. cobrafien las rentas, y fe las re- ,, mitieñen ¿toda colta, y ricfgo de el Parronato: »s Y ni el dicho Fundador feñala renta al Patrono, » Dial Adminiltrador ; pero los Adminiltradores ,, han llevado un diez porciento de lo que co- «, brán ¿y un cinco por ciento de lo que conducen ,, i dicho Lugar. Fandado el Fitcal en lo referido, ,, contradixo la dicha partida , alegando támdjea, y que el Confultante queria hacer exemplar para ,» €n adelante; y el dicho Juez fentencio conforme ,, 1 lo alegado por el Fifcal, por no avetlo COntra- », dicho el Confultante , fundado en que de lu an , tecellor no avia quedado caudal de donde feco- », braffe aquella partida; y no haciendo caío de que , 3 elfo le dexaria de pañar quando diefe (us quen- ,, tas, lo que fuelle razon. ,, 12 Noobítante lo referido , efte Confultan- ¿pte , en algunos añosque fue Patron de dicha »» Obra pia , le defcargo en las quentas de el Patro» ,, nato de an cinco porciento del derecho de Pa- y tron , por el cuydado , O en folicitar que los Ad- y, miniftradores ( que ay dos, uno en N, y Otro ,, en H. ) cumplan con fu obligacion, para que eS Tom LH, ' ,, menclter ropetirlescartas , y darles ¡nfirucciones; » y por elcuydado de folicitar orras mnchas colas, s» Que tocantesá la buena adminiftracion fe ofre= ¿, Cen entre año 5 y por el cuydado de la diftribaw y, Cion y y fufrir lastimpertinencias de las opofito= y, Tas , que fon tantas , que le tuvo por dichofo el y) Confultante en tener ocafion de dexar el tal car- »g0. Tambien fe delcargo de otros cinco por », Ciento de conducion ; no abítante , que con fu ,, maña , y buena foliciend diípufo el conducir la ,, mayor parte de dinero , lin que le coftalle interel= sr fe. Pregunta , pues ¿ í en conciencia puede llevar s, dichos interelles, relpedto de que no (2 le hanto= 3, mado quen:as del Patronato, y ptefume que no [e » letomarian en muchos años? »» 13 Lafegundaduda, tocante á la teltamen= ,, taria ,coníifte en lo referido en el num. 5. de que sy €n las teltamenrarias ordinarias de la tal Orden 3, no fe llevan intereílés : y el Confultante , repu= tando por extraordinaria la de fu cargo , pone »» por data en las quentas de la teltamentaria , un »» Cinco por ciento de todas las cantidades , que ha ,,»conducido de N. M. y R. a el Lagar del depois ¿»to , que viene ¿ eftár enmedio de dichas Cia. ss dades ;y no obítinte lo ha conducido fin. inte» 3» tele, por fu buena difpolicion ; y tambien pone 3, en data un diez por ciento de las partidas que , ha beneficiado en almonedas ; y de las parcidas, , cuya cobranza ha folicitado en las partes don« , de el teftador no tenia períona , quelo admivils »» trafic fu hacienda. Pregunta , pues, fi encon= » ciencia podrá levar dichos ¡ntereíles : porque » 2unque ha défeado dár las quentas de la dicha ,, teltamencaria , no lo ha confeguido; y. prelume, 3, por cierto , que palfara mucho tiempo lin dar« » las? Y porfi acafo enel interin difpuñiere Dios 3» Mlevar/ele, quiere laber lo que puede hacer con 3, fegura conciencia, para clcufar litigios en la s, tierra, y cargos en el Cielo? Añade, pues, li acaío y puede hacer algo á lu favor : que tambien ha 3, palíado hartas moleftias de losLegatarios , y ha », tenido, que folicitar mucho por cartas; que ajuís ¿5 tar quentas , ver papeles , y otras colas [emejana 3, tes. Y por ultimo afirma , que ha quedado tam s»2hitode teftamentaria , que ha de procurar no 3, veríe en orra femejante d clta. 1 Ala 1, Coníulta del num.4. refponde : Qué aunque no lo huviele tomado entonces por pagas ( y aunque fe havielle ocupado entonces en dichas quentas , mas por amiftad , que por interés) podrá aora , mudando de voluntad , pagarle en lo dicho de fu trabajo ; pues efte en la realidad es digno de compeníacion , y nunca excloye exprellamente eé- ta ,ni esverifimil la excluyelle debaxo de las cir- conftancias prefentes, ¡ 2 Confirmale lo dicho ,1ó 1. Porque lo dicho feria como una donacion mere interna: pues nuda ca exprelso el Confulrante al Adminiftrador , que dicho trabajo queria fuefe gratis y y pot amiftad folamente s ni le habló palabra de elto, como pates Mm 3, 29
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