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TR 8 De Juflicia OTure; CONSULTA ul N Sacerdote, vecino de «HaCorte , Viendo qué cada dia iba perdiendo la vita, fe pufo en las rsnos de Medicos , y Cirujanos para Jer curá= do; los quales le aplicaron diferentes remedios, topi- £95,y parsbes,baños de 43045, compueftas por medios mncrales opiatas purgas y ultimaminté uniones en £s cabeza,con mucho ga/to,y difpendio de tiempo, b- ncro,falad, y vifa, pues quedo por fin , y pojtre Jin elis,y folo vé alguna vez algunos rayos de laz.cone wmovimientosel qual denota ¿ffar obféruidas aquellas cañerjas,y nerbios obricos, por donde Salen los rayos viforios:y baviendo tenido noticia,que con 4n Mitdi- camento expaxirico , que fabrica cierta perfona de «2 a Corte, ban retolerado fu vifta perdida tres per- fonas, procuro haber el dicho medicamento;y le ref- pandió la perfona que le fabrica, baviendoj: lo pedi 42, que no podia darla, por. tener probibision. ze fu S0D:rior, con comunicacion de grandes penas Picón viarias , y de defiterro de eftos Keymos. L fa ajsiJ4= pusfto. : 4 Se pregunta : St ballandof ¿ el dicho Sacerdote por fu calid id, fado y familia, en que viene dos primas bermanas doncellas pobres a quien Jfuftentar ,y que po tienen otro arrimo,nÍ amparo, /im bajtanie patria monto para continua? el dicho gajto, m aun pajan. dolo con efirechez,y miferiasy con vifa, por fer Lt- seado de credito, tenia , Y tendra parae!io , f eflard ebligado en conciencia a buftar , y adquirir el árcho anedicamento por todos los medios naburales , y que fegan ly de naturaleza le fon licitos,y permitibles? Pi ¿mntafe tambien: $1 teniendo efie derecho, co- mo tiene por ley nataral facultad , y derecho para adguirir ¿y ujfar del dicho medicamento , con ¿vi- dencia moral, que con él, defpues de Dios, badecon- feguir la viga perdida , nacida de la experiencia de que con él la ban cobrado las dichas perfonas ciegas, por fer medicamento penetrativo, y que defiruy. to- do lo que es contrario para la naturaleza , ayudan- «¿ola , y corroborandola admirablemente , pecaráan mortalmente las perfonas y 9 Miniftros que le impi- Jieren el adquirirlo , y Pe farán excomalgados 10 Bulla in Cena Domini? Tambien fe pregunta: Si los Medicos que le impi- dieren el adquirir dicho medicamento, mo teniendole ellos,pecarán mortalmente ¿ incurriran en dicha ex- comunion; fiendo afsi que ay evidencia moral nacida de muchifsimas experiencias quede el fe ban besho, que cafi fiempre aprovecha ; y jamás daña! Tambien fe pregunta ; Si la perfona que fabrica dicho medicamento efiara obligada en conciencia 4 darfelo ; y Ple efcnfara de pecado en no darfelo , las penas que tiene impueftas en el diobo cafo , y de la excomunion? 1 Antes de. refponder ¿las fobredichas Con- fultas ,fupongo : Que el Medico debe tener por mas probable lu opinion que coníta de la exper:ica- cia, que la que fe funda en 1420065 Medicas,y Filo- Tomi, E A a "> foficas ,y por configuicate , que debe elegir lás opiniones conforme á la experiencia. Alsi lo tiene Vazquez ,Perez , Mefve , y Villalobos , que los cis t3, y ligue, tom,1. t4407.1.di/p.16. num.7.y le pues de probar a(si:lo 1. generalmente , porque la expes riencia esla madre , y macítra de todas las colas; ex cap.Quam fít,de ele 3.lib,6.$.Que omnia, Tnltic: de fideis/Jor.S.penule.Inftic. de fatisdat. y lacomud de Filolofos,Thicólogos,y Juriftas: lo 2. porque log famolos Medicos comenzaron por expericacias ; y con ellas, y la zazún le hace al metodo ticional : y lo 3. porque [ey un Melve, Canone 1. las medicinas no pargan por calientes, frias, contrarias, fimiles,le= ves , O grave8”, fino por parcicular propricdad que Dios púlo en ellas: Arqui ¿ elfo ha de conftarnos por la experiencia , y deella lo infiricroa los PriaW cipes de la Medicina : Ergo, dic. Elto fupuetto. 2 Ala1. pregunta feípondo : Que dicho (uz gero puede buftar , y adquir dicho medicamento por tedos los medios que le feanticitos, y permiti- dos, legun las leyes Natural,y Divina. Y la razon es manificíta , porqus el dicho ticne derecho natural d fa (alud; el qual d:recho'es lupcrior á todo politiva hamano ,como cs doótriva cierra en todos Derea chos , y comun de Theologos , y Juriftas. Acerca de lo qual (e yea Lelió de ¡mf4.O iure, lib.3.cap. ge dubitatione 3.9.10.11.12:6.4 7. 3 Ala2.refpondo: Queex fuppofitione ¿qué aya evidencia moral de que el dicho medicamento aya.de darle dicha falud , pecarán mortalmente los que le imppidieren el adquirirlo. Y la razon €s, por- que ninguno puede ex conciencia , y fegua razon impedir 4 otro loque noes daúolod si, ni ¿otro alguno , y es provecholo grandemente al folicitana te , como coníla ex cap. Placuit , de malorit, O obed.l. Multum interef 6. in fin.C.fi quis alcer , vel JibilIufic. f de inftis.O' ire , y el Derecho Natu= ral lo diéta , pues es úno de fus principios; Quod tibi non vis ,alteri ne facias : Ergo, Sc. 4 Imó,enfentencia probable, feria lo dicha coñitra el Canon 15. de la Bula ia Coma Domini, Acerca de lo qual [e vea Bonacina fom.3.quef?.16, Jeót.t. punci. 1. feód. 2. pundh. 2. Num. 4. 11. Y 13% Im03 aunque para mi es cierto, que los Miniítros dé Julticia, que impidieflen al Clerigo el medicamen- to unico , y necellario para lu (alud , no incurriciad pot ello en la excomanion de el Canor 11. de 14 Bula de la Cena. Podrá empero decit alguno ,que incurriria en la excomunion del Canon , Si quét Juadente diabolo ;y parece lo indica Caft:o Palao part.4. difp.12.nam.s.5. Alle perfne. 0 5 Alaz.refpondo: Queex Jfppofitione ¿qué dicho medicamento fea cierro ,cómo” e da por al- fentado, atencas las experiencias, pecarán mortal- mente los Medicos en impedir lu ufo , pues falca- rán 4 la fidelidad en el exercicio de fu' oficio en cofa grave , como lÓ tiene dos Vazquez , Azor , Y todos los Doftores ¿Sañchez in Suena , lib. 1.64% pit. 9. HAM a 35. 6 [mó yaúrqueel dicho medicamento no Íca Lt 2 esp
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