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> TA Mi o A a 28 Confulta catorce probabilifsimo que la tal. ordinacion fue valida; pues lo es,que para el valor del Orden note requie- re contacto philico de la materia; y dado que fe re- quiera ,es tambien probable, que para el valor del Orden Sacerdotal bafta tocar la Parena,aunque no fe toque el Caliz ; las ques opiniones no cftán comprehendidas en la condenacion de Inucencio X1. a la primera Propoficion, como diximos Ícbre ellam,111.pag.13. de la 2.imprefsion: Ergo,8rc, ¿ 116. Digolo 2. Que el tal Sacerdote puede oy con toda feguridad de conciencia adminiftrar el Sacramento de la Penitencia, etiam in articulo mortis 3 y afsimilmo celebrar , y recibir cltipendio de las Millas ; porque el tal es verdadero Sacerdo- te ,y tiene verdadera poreltad de confellar , aun co virtud de la primera ordinacion , como bien le di- xo aquella perlona doéta, y Certhedratico de Cano- DES, y yo probé en dicha Confulta legunda , por toda ella, pag.12. y mucho mejor y y mas lin duda delpues de las reireraciones condicionadas que te refieren: Ergo, 8cc. ¿ 17: Ni obíta el efcrupulo del Theologo , pues no esnecellario el tal aÉto elpecifico de acepracion, como lo han de tener los Doctores citados en mi tomo de las Propoliciones ,pag. 354- $. lo 4. de la fegunda impreísion. Y la razon, es, porque para el valor del Sacramento balta en el lulcipiente inten» cion virtual , y no folo la que queda en virtud de la. primera aGual , fino tambien probablemente aquella que de lu naturaleza , o por inftitucion Di vinasó de la Iglefa, fe comprehende debaxo de otra intencion; con la qual anda de tal fuerte conjunta, que prefente la tal, le juzgue que exifte tambien.la miíma ; y aísi eo ipfo , que un Eftudiante acude al Obifpo.para que le ordene de Sacerdote, tiene vir- tual intencion de recibir: el tal Orden ; porque. elle esmedio inftituido por el Efpiritu Santo , y difini- ion.de la Santa Iglela ,Trident./c//..23.09p. 4. y Lo para recibir el Sacramento del Orden, +118 . Y que bafte tambien efta intencion virtual, lotieng in /fmili Reginaldo, y con el probable» mente Diana part.2, tradi, 17. 0ef0l. 32. Y con ran zon, alias fe dixera , que muchisimos que han ido a,ordenaríe de Sacerdotes, no. lo [on; pues 100 bal» talle. para intencion: virtual el ir un Eltudiante mu- chas leguas d'ordenaríe , confellaríe para, recibir ele Sacramento , y llegar á los pies del Obifpo con efle animo , y eftár con toda humildad , y reveren- cia.alctiempo quele dán la forma del Sacramento, que eslo que ha hecho el Sacerdote de nueltro ca- fo ; fino que además. de elfo fuera necetlario que con. ato [pecifico fe: huvielle aceptado el Sacra, mento, o las poteltades de celebrar, y confeflar,me períuado a que ferian muchiísimos los Sacerdotes tenidos por tales , que en la realidad no lo fon, lo qual feria Nenar el mundo de efcrupulos ; pues. á menos avrá millares de Sacerdotes, que ho ayan icho por ado eípecifico : Yo lo acepto; ni acorda- dofe detal ado , ni aun labido que fea neceilario, 4 1o menos hayrá millares de ellos, que duden ( y 3 prudentemente) fi le hicieron, d no; /ed fic ef, que querer que todos ellos le bolviefien á ordenar , les ria cela recia , y ocalion de muchos elcrupulos, y reiteraciones : Ergo, Xc, : 0.0350 0350 0556 0350!055w 03 Sumo CONSULTA XVI 1 pre sy Maria , parientes eu fegundo: grado, con primero , quisren con= traher matrimonio, y para que la dilpeofacion les; cuelte menos , quieren hacer informacion de pos bres , fiendo afsi que fus padreslo palñan razona= biemente 5 ¿d ef ¿con una mas que mediana, Aora le pregunta, fi los tales fe pueden decir pobres; y (i los teltigos podrán con feguridad de conciencia deponer que lo [on? 2 Supongo antes de refponder , que los tales Pedro , y María hafta aora no han heredado, ni heredan forzolamente , haíta que lus ¡padres mues ran. 3. Supongo lo fegundo , que los padres de log dichos fon, el uno,.Mercader, y el otro Labrador, y, que la mayor parte de lu hacienda confiíte en mera cadurias, labranza de fus cierras , y viñas. Elto (us. puelto. 4. Acerca decfta dificultad , la primera lentena* cia puede [er., quelos tales fon , y le pueden decie pobres. Elta reflolucion firmaron los dias palados: tres Macftros en Theologia contra Molina , y Sana chez.Y (e prueba: lo primero, porque los tales (om; pobres para otros efeGos del derecho , como pará fuceder en la quarta parte de los bienes del maria do, como lo tiene Barbola, l. Maritum , 13. 10098 99. ff. Solus. Masrim. y coníta de la Aurhentica, praterea , C.de vir. luego tambicn para el efeóto, prelente y pues no ay razon que convenza lo cony trario, como conftara refpondiendo al fundamento por la fentencia opueíta. , 5 Lofegundo: porque folo aquel fe dice rico, de prelente , que de prelente ticue mucha haciene da; fed ficeff y que los dichos Pedro , y Maria de. prefente no tienen hacienda alguna , por no haver. heredado, como fe fupuío arriva: lucgo de prelena tc.no fon.ricos, fino pobres: Ergo,ác. , 6 Refponde Sanchez lib. 3, .4i/p. 19. 98M. 2La que aunque los tales no tienen cola propia de pres lente; pero tienen de prelente durecho ¿ Iucceder, cn Jos bienes de fus padres, Í 7 Sed contra: Inftarán lo 1, porque uno no le conftituye rico de prelence por el derecho, fino por la pollefsion aótual, o proxima; fed /10,e/f, que los tales nada pollcen de prefcute, ni tienen derecho A polleer de proximo, Guo folo delpues de la muerte de fus pad:gs.:; luego los rales no¡lan depiclente ricos, fino pobres: Ergo, 8tc.: 8 dd 8 Sedcontra2. Si el derecho folo baltára para; gueana periona fe dixclr rica, le feguiria y que € que ticos derccho,a una hacienda. grande » 20% qu
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