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De- Matrimonio; chez,y otros,dicho Verde'num.462. in ¿ne, donde añade con Sanchez de Matrim, lib.1. difp.63<2. 2, que lo miímo debe deciríe, quando. las circunítan- cias motabilitér mutantes exiftian al tiempo de la promefía,pero le ignoraban 5 lo qual paa en nue: tro calo: Ergo,óc. : 8 Lootro , porque Berta jamás concibió les guro juicio de lu cafamiento , por parecerla dele igual; y aísi ella pudo tener, y tuvo por ficticia di=: cha promella ; y asi no le debe decir decepta y lino que finxit fe decipi:como bien Santo Thomás abi fuprá, y Silveltre verb. Marrimonium 4. quef. 8. num. 3. y aísi ella esla que fe engañoad si miíma, como bien Sanchez de Matrimon. lib. 1. difputs 10. num:.9. Sed fic ef y que ninguno eltá obligado ¿cumplirlo prometido , quando facilmente pudo conocer la parte que no le prometía de veras , co. mo lo tienen dichos Doétores cón.la comun; y aliundé¿ la promelía , que folo obliga de parte del prosaitente, aunque [ea verdadera,y elte aceptada, no es paéto que obliga de jufticiasfino lolo de fides lidad, ( y por configuiente no obliga á cumplirla debaxo de pecado mortal , fino(olo de venis] ) cos mo lo tienen muchos , que cité en mi tomo de las Propoficiones, tract. 5.confult.13.n4m.1.y 14. Pag. 293. y 299. dela fegunda , y tercera impreision; Ergo, ce 9 Ylootro, porque la dicha Berta , como (e fupone en la efpecie del calo, ha dicho muchas ve» c<s á Ticio , que aviendo refiftencia de parte de los luyos, no [e queria calar con el; la qual tefiftencia ay en la realidad,y grande, como tambicn le (opo- n<:luegu la dicna Berta parece aver remitido el derecho á fu cafamiento en dicho calo , (Calo que Ticio tuviefle tal obligacion ) como fe infiere,de lo que celia melma reperidas veces le ha dicho ; fed fic efh que con la tal remifsioa quedaria Ticio delobligado á calar con ella , (aun quando alias el- tuviefie obligado á cilo ) como con Valero , Tane= ro,y Gafpar Hurtado , lo tiene Diana , aun en tera minos mas apretados, part.2. tract. 16.r:fol.50. Y la razon , es, porque la tal puede ceder lu derecho en orden al matrimonio , principalmente pudiendo ella libreniente (como puede) abiteneríe de calarle: Ergo,SiC. 10 re lo tercero : que fi la tal muger” huvicre concebido de los rales congrellos( de que fe lupone aver mas que vebementes indicios ) el- rará el tal Ticio obligado de jafticia alimentar el feto, y pagar dla dicha Berta todas las expenías que hiciere y y daños que huviere padecido, O pa- deciere, por razon de la concepcion, y parto 5 pot- que á lo menos la tal promella aceptada, y entrega dei cuerpo de Berta , debaxo de celia , á los nuevos congrellos , induce cifa obligacion , la qual nuaca ha cedido la dicha Berta ¿y ¿lo menos de efo pa- rece concibio liempre feguro juicio : ni Y elo obí- ta la verdad certilsimiamente dudoía de la cali- dad , y del norumor del pundonor de la tal Berta con otro alguno , como de [nyo parececlaro : Ec- 324, go,8ccs Elto es lo que en breve. fientofobre,la dis cha dificultad, falvo.¿d omaibas,8ca., sim Ojosa dis oi sio ojo ise e CONSULTA. Vision y: i y N. trataron contraher el lanto Macrha Ne monio , y por ler paricates de CON) languinidad dentro del quarco grado; embiaron por difpenía á Roma ; y avicudo venidós y acepa. tadala comiísión por el Ordinario, .y hecha la harracion de la narrariva ¿declaróla por tal; y dif pensola el inpedimento ¿y dió licencia al Cura pas ra poderlos calar, y en efecto: los casó; avigado, precedido las tres moniciones , y nó aver parecido, otro impedimento. Eltarido cl Cao en elte eftados el Cura ¿que hafta agora ha eltado ed: ignorancia, ha venido d entender extra confeísionem ¿que los dichos dontrayentes antes queel Ordinario dilpens (ale aunque delpues queen Roma [e delpacho lá comiísion ¿ le conocieron carvalmente , y que de ello avia publicidad al tiempo que contraxeton el matrimonio ¿ y aun; antes que el Ordinario difpens Lale : y por ler el Lugar corto , juzga el Cura ; qué quando no todos , la mayor parte del Lugar lo (4= be. Los contrayentes y aunque faben anduvicror mal , eftán en inteligencia de eltár bien calados, y los del Pueblo los tienen.por tales, aun los miliios que cítán en conocimiento de lá copula, y tán (olás mente pienflan que el Ordinario los podia caltigars y odligarles á que traxcfien (egunda difpenía. El Cura, que ha venido á tener cta noticia , deléa lan berlo que debe hacer en elte calo ¿ pára que en als gun día no le hagan cargo de ello ; y tambien pará que alos contrayentes no [e les inípute nulidad dé matrimonio; y adviertafe, que fi importare el calos que ha muy pocos mefes que [lucedio efte , y que en la difpenía, O comifsion que vino de Roma, no fe hace mencion de la clauluia ordinaria ¿//copula non imserce/Jerit. Suplicale á V.Rma. fu lana reo» lacion para la quierud de las almas,que en ello has tá lervicio á nueítro Señof. 2 Soy de fentit , que los lobredichos eltán vas lidamente calados 5; porque la cal copula nocs im- pedimento para contraher , ni neceísica de dilperts facion,oi aunque huvíera fucedido antes de la cos miísion delPapa,la taciturnidad della no Viciaria 14 diípenfacion ¿como laramiente defendi en mi tomg de Obilpos,a pag.113. dif3. por toda clla : lue mucho menos la viciara la taciturnidad de la cos pularenida deípues de la comision del Papa,y aná tes dela expedicion de la diípenfacion hecha por el Ordinario, que es nucftro calo. : 3 A que le añade, que el Ordinario obró cuerdamente en no preguntar á los tales fi avian tenido copula,9 no: lo uno, porqueen eño le arres glo al tenor de la comilsion , en la qual no venía la claufala , que fuele venir en otras , 4 copúla mom intercefferis : lo otro, por no [er necellario eb Si 09

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