BCCMAS0001-15-G-1500000000000

' 0 1 ' Mi AR q NA 1 Mo! E Ñ O 1 ln MA E o 4 eE i > 1, E FAR h MEN el NN o ¿ Ai Ñ e. UN DNA de 288 declararivá no fe opone 412 ley, fino que la declara, Confulra diéxy freré no [e requicre,ni es neccllzado para lu yalor,y fuer». za el que [ea prelcripre, fino que balta el que dicha coftumbre,o declaracion, fe aya oblervado por al- gua ricmposcomo lo ricnen(rodo lo dicho)Panorm. Socino, Alrcrio, Aymon,Baro.Manucl Rodriguez, y Pucaa Garcia ,ciradosen nueltro primer tomo de Confnltas Varias Regulares , pag.372. 1.46. donde Iespueden vers fed ficeft que la coltumore de que 2qui bablamos, no €s contra el Decrero de! Papa S, 'Alexandro, referido en dicha vona Leccion del dia ties de Mayo: limo declarativa del tal Decreto , pues Je. entiende, y declara de Ínerce, que liempre, y per- paruamente aya en laAglkeña Agua Bendita:y que en lus demás diás del año, no [lolo [e guarde, fino que Ieexponga en las Pilas pablicas para el nío de los que entran,y lalen de la Iglelia: y enlos dos dias de Jueves, y Viernes Santo , fe guarde una buena por- civa dela dicha Agua en lagar Íecreto de la melma JgloGa ¿para víar de ella en lasneceísidades , que pucden ocurrir para adininiltrar d los enfermos, dár dcpultura alos difuntos,y femejantes; luego elta col: tumbre de que vamos hablando,no folo ob'igará en razon de coflambre , (ino en virtud del dicho De- cuero del Papa San Alexandro , intesprerado aísi por la t21 coltumbre. É 36 Y quela coltumbre fea el mejor interprete de las leyes,y DecrerosPontificios,no lo negarán los contrarios:pues es vulgar en ambos Dercchos, y cO= iman doátrina de los DD, cap.Cum dilecius,de com. Juetad.leg.minimeOr leg[6 de inserpreratione ff. de degib,y de otras,Cenedo, con wuchos, prad?, quel, p 1,11. Malcard, de probat, concl, 1415. nur, 10. áú Sacra Roca Romana, apad Farinaciom,deci/.642, pum, 15. fin Cardolo werb,Confuetado,n.3 Titan quelo de mobilitat.cap, 10, 1,9. Y Otros indunician bles; Ergo , dec, (37 .VWicenJo 3. queno ay Regla,ni Ceremonial Romano ,que diga no fe nle de ella en ellos dias; Imego es abulo el quitarla, 0000, 38. Relpondo lo 1, quetampoco ay Regla, ni Cejemonial Romano,que diga no le quité de las Pi- las publicas de la Iglcla aquellos dos dias del Jue- Nes, y Viernes Santo: luego no puede fer abíuelto el quirarla,Elta confegucocia es legitima, y falíísima da de los concrarios:porque donde no ay Regla , vi Ceremonial Romano,Canon, ó ley Pontificia Que diga que no fe:quite en dichos dos dias, el quitas la En elios,no puede fer abufo, ni coriuptela, como le dixo ac:ba , colos num, 36.y 27. y afsi en forma Admisido cl antecedente, niego la confequencia , la Quál de ninguna mangra fe figue eo buena Logica, 39 Y que no aya Regla, ni Céremonial Rowma- Ne: diga que no le quite de las Pilas de la Igle- en aquellos dos dias,es manificlory (la huvic» fayyá la proficicrao los contrariosilo qual no hacen, que es leñal que no la ay. La Rubrica del Ritual Romano,que alega el Dod, Enioanes, de el Jueves Santo,no es del intento,ni prueba cola contra nuck. tia conclubion, y coftumbre, como de ella monaes eo ii z a Se A manifisito: y por effo cuerdilsimamente el muy cru. dito Licenciado D, Frutos ,la omite, fin hacer de ella mencion alguna. 40 Refpondo lo 2.que yá que no aya Regla,ni Ceremonial Romano que diga,que le quite aquellos dos dias de Jas Pilas dela IgieGazay empero muchas colas en las leyes, y Reglas de las Rubricas, y en la coltumbre univerfal de la Istefia ¿de que pudo to- maríe, y tener racionabiliísimo principio la coltam- bre de que vamos hablando, de quicarla en dichos dos dizs de dichas Pilas ; lo qual pruebo aísi, 41 Lomo: porque porel prelcripro , y Reglas de las Rubricas, y por la coltumbre univeríal de Ja Igleiia,co aquellos cres dias fe deínudan losAlrares, fe apagan las lamparas, fe evacua el Sagrario, (refer- vando en lugar mas remoto algunas formas para lós” enfermos li acafo lc huviere de dár ¿algunos el Viatico)le abltienen losSacerdotes del Sacrificio de la Miíla , no le adminiltran los Sacramentos fino á los moribuados,0-que eltán coniticuidos en neceísia dad, y otras muchas colas, alias del acoltombradas, le exercen en aquel tiempo: que mucho , pues, que en dichos dos dias le exerza elta de que vamos há. blando , de quitar el Agua Bendita de las Pilas de la Iglehia, por el miímo fin, y motivo , porque la univeríal Iglea , y Reglas Rubricas hacen dichas demonftraciones ? Ergo, 8c. 42 Lo otro: porque la Igleña en aquellos dias, por demonfiracion de el fentimiento juíto de la muerte de N.Redemptor,y. por otros ¡altos marras que infinuatémos defpues, reverencia en dichos tres” dias lás tinicblas,y acaba en tinicblas los Maytines; no toca campanas , fino que hace leñal con una ta- bla para que concibamos terror. Quita de las Horas Canonicas el principio,y fin;y no quicre que le di- ga en cllas,Deus in Audistorium,Ó 'c.ni per Domim num;O*c, ni Benedicamas Domino, Ú'c. Quit. aísi milmo el que fe diga Gloria Patri,O*s.y que [e diga el Hiíiino de Landes. Quiere, y eltila alsimiímo la Santa univeríal IgleGa,(e diga el Oficio con voz ban xa, triíte , y melancolica. Ula por Lecciones las de. los Trenos , con aquellas lamentables inferciones, Beth, He, Heth. Daletb,Gc.que le llaman lamentan ciones,y la primera Leccion de que ula es la lamena tacion del Profeca Jeremias, y otras cofas femejan= res,que hace en dichos dias la univeríal Iglela,pare expreflar religiofifsimamente (u dolor,y para infans dir en los Ficles una religiola trifteza, y un debido luto en el corazon, durante las exequias de aquellos ¿ dias,pot lá Muerte, y Sepulcara de N.Kcdemptor Je- [u-Chrilto; qué mucho, pues, que por dicho fin, y motivo [2 quite aquellos dos dias el Agua Bendita de las Pilas de la Igicña? Puespara inducir dicha religiolatrifteza, y luro,pucde conducir no poco la dicha demontftracion : Ergo , 8zc, 43 Y lo otro:porque fi las Sacramentales prepa ran,y diíponen para los Sacramentos, y les [on en al= guna manera [emejantes,y de las colas femejante le debe hacer un mecímo juicio, ex leg-3.5.Proinde,O 5. Quoties ff de in rem,verfic.y Gel icato in pa -

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz