BCCMAS0001-15-G-1500000000000

a A AN 9 Lo otto:porque el tal Ticio enla aual con- feísion, aunque por no advertirla grave culpa de (u ignorancia no le acuía de ella, no comete pecado mortal en elo, pues defte le exime la invencible in- advertencia , y por configuientg por ella parte no pone obice al valor del Sacramento: lnego llevando los demisrequiíitos para lu valor,y llegando á reci- birle con la difpoficion que juzga ferneceffaria , y toda la que puede poner pro ¿llo tunc; efto es,en ca= fo de dicha inadvertencia invencible , no parece fe defcpbre fundamento eficaz para que el tal Sacra- mento le aya de tener por invalido en dicho calo; pues por anaparte [e acofa de todos los pecados, que le acuerda, y conoce aver cometido , con dolor verdadero de ellos,y con propofito firme de no co meter femejances,ni otros algunos mortales en ade- dante , y de cumplir en todo con la obligacion de 'Chriftiano : con que en tal calo no continida el pe. cado de la ignorancia culpable,que cometió antes; 1d ef, quando le ocurrio la obligacion de faber ef- fos Myfterios, y pudiendo informar(e, por culpa fa- ya dexo de hacerlo : pues como fuponemos , no le ocurre en dicho cafo el ral pecado,ni la tal obligas cion,que li le acurricra, le confelsára > y pidiera al Confeflor le ¡oftruyefle en dichos Myftertos , como Te arguye del dolor eficaz que fuponemos lleva de aver pecado mortalmente, y del propofito firme de no cometer en adelante culpa mortal: Ergo, 8lc. 10 Lootro:porque fi la Fe explicita de dichos Myfterios, noes Jimpliciter neceflaria para la jufti- tacion ,fegun la fentencia del m. 6. [imó , ni para la 3uftificacion, y glorificacion, fegunla fentencia del M. 5. por que ha de obítar femper , O pro femper, parala validacion del Sacramento adbuc informe? No parcce fe deícubre eficiz , y concluyente razon para ello ;/+d fc ef , quelien algun cafo puede compadecerfe con la ta! ignorancia Sacramento va. lida , en ninguno mejor que en el que foponemoss Ergo , Ec. 11 Lootro:; porque ni el Concilio Tridenti. mo ,niotro alguno , pone efte poreflencial requi. fito para el valor del Sacramento ; ¿mo0, nilos luga- res de la Sagrada Efcritura , que alega la comun Sentencia de los Theologos para probar que la Fé explicita de ellos Myfterios,es pecellaria mecefsitare medij para la juftificacion, y glorificación , no prueban que lea neceffaria para el valor de elSacra- mento informe , como lo conocerá el que arenra=' mente los confiderare, y le pacden ver en dichos Moya , y Suarez : Ergo , Blc. 12 Lootro: porque adome en la fentencia de dicho Suarez, y Moya, referida arriba ca el m 74 que es probabiliísima , y no comprehendida en die : ha condenación de Inocencio XI. ¿la Propof. 64 podrá en muchos cafos,de porencia ordinaria, 0b= tenerfe la juftificacion,y glorificacioncon fola laF4 implicita de los dichos Myfterios : Pues por qué no. podrá en nucítro caío Ticio obrener valido Sacra- mento ? pues no peca aQualmente en la recepcion del, (4 canía do la inadvertencia invencibis que Li Conful ta Ó6tG - ponemos) y tieñe Fé implicitá de los dichos My(: serios,creyendo,como tambien fuponemos, todo lo que cres la Santa Madre Iglela, y alias tiene verda- dero dolor de todos los pecados que ha cometido, O [e acuerda aver cometidospropólico de laenmien- da , y de cumplir con todas las oblízaciones de Chriftiano , y por configtientade aprender dichos Myficrios , y falir de fu ignorancia fizmpre que le ocurra la talduda, y tenga oportunidad de pregun= tarla 4 quien. pueda facarle de ella? No parece le defcubre razon, por la qual eftando 4 dicha lentena cía, debamos decir ler mulo el Sacramento en <al calo 3 y fi ño veamos qual ? Ergo, 8cc, 13 Y lootro : porque fi por alguna cauía (< ha de reputar inyalido el tal Sacramento, maxim.é por la fobredicha condenacion de hueftro Santiísimo Padre Inocencio XI. á la Propolicion 64. efta (ola _ €sla que le detiene 4 dicho muy erudito Padre Co- rella para no fer el primero que afertivamente la lcys ; fed fic ef, que dichajultifsima condenacion no obíta d la dicha (entencia que vamos defendiene do , como baftantemeñte probable: Ergo, dc. 14 La menor ,2que de primo ad ultimam le reduce toda la dificultad de efta primera pregunta, la tiene en proprios terminos el fapientiísimoMact- tro P. Juan de Cardenas, de la Inclita Compañia de Jesvs >differe, 41. [obre la dicha Propolicion 64s £4).5.4 n4M.32. 4Pag.758 y la pruebo con cl. 15 Pobatar ergo minot : en diclia Pontificia condenacioa folo [e condena el decir,que el que ág- nora dichos Mylterios es capaz de abíolucion en * quantod lolicito; pero mo el decir folamente, que es capaz de abfolucion en quanto á lo valido:lueyo dicha juftifsima condenación no obíta at valor del Sacramento enel calo que ventilamos ¿ni ala Íco- tencia que vamos defendiendo. 16. Prucbale el antecedente , en que cftá la dia ficultad.con dicho (apientifsimo Cardenas : Lo priw mero, porque dicha condenación es de interp:ctas cion eftrecha , y aísi le ha de reftringir antes que ampliar,ex cop.Renovantes ,22.di ft.cap. Ne aligutds de privileg.lib.6.cop.Odia ,15.de reg.iur.cod.lib.legs Cum quidam,.de liber.O: pofbum.y de otros Dos rechos, y la comun de DD. fed f5: eB,que decir que dicha condenacion , no folo condena el decir ,que el tal Íogeto es capaz de abíolucion en quanto ¿lo pedo. fino tambien el decir ,que es capaz de abíon ucion en quanto d lo valido, es eflender dicha condenación 4 quanto puede cftenderfe : y el decity que foto condena la añercion de que cltal fuzcto €s cap12 de la abfolucion en quanto á lo licito.(com la qual lola fe entiende fuficiense, y juftiísimamenco condenada dicha Propoficion) es dar la inrerpreta= cion eftrecha dentro de los limires queca ella cas ben, como de (pyo parece manificfto,de tal fuertes que el fentido de dicha condenacion fea d/Hum ho» minem eje incapacern abfolutiomis , quarenas illa cibum ef abfolvere , € secipere abfolusionent, cum Prefata ignorantia , como bien el fobredisho Cat ha gienas; Ergo , dic,

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz