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po quanto en el Tomo de la Poteftad de los K Obifpos , tratando de la alternativa , omitió VW. Paternidad una de las principales dificulcades, que á cada paño fe ofrecen en dicha materia 3 con. viene d laber: A qué Beneficios fe eftienda la tal al- ternativa? Me holgaría faber lu diétamen en la ma- teria ,y que entrafle efta entre las demás Confultas fuyas , que tengo noticia eftá para dár ¿la prenía? SUPOSICIONES. * Ntes de entrar en la principal difícul- tad de elta materia ,fupongo lo pri. mero , quela gracia de la alternativa comprehen= de todos los Beneficios con Cura de Almas , y fin ella , Regulares, y Seculares , que pertenccen fola= mente á la libre difpolicion de los Obilpos , y no á la difpoficion , prefentacion , deleccion de otros; 'coníta elto de la Regla oétava de la Cancelarla, donde [e dice lo que fe (igue. 2 Infuper fancditas fua ad gratificandum Pa- triarchis, Arcbiepifcopis , O Epifcopis intenta ip/5s quamdin apud Ecclefas, aut Dicecefes fuas vere, ar perfonaliter refederint , dumtaxat de omnibus , O guibuftumque Beneficijs' cum Cura, O fine Cara, Sacularibus , Or Regularibus ad liberam ip/foram dumtaxat , non autem altoram cum eis difpofítio. nem, [el prefentationem,vel eleflionem ,nec esiam enum confilio,vel confenfu, feis interventa Capitulo. vum, vel aliorum, aut alias pertinentibus , que aña tobris , O Decembris extra Curiam ipfam vacare contingerit ( damenodo alids difpofitioni Apofolica refervata , vel afecta non fuerin;) libere er di facultatem concefsis , Oe. Halta aqui dicha Re gla en orden al intento. 3 Supongo lo fegundo,que aquellos Beneficios Te dicen pertenecer 2 la libre difpoficion de los Obiípos , que puede proveer el Obiípo por si folo; 3d ef, (in eleccion prefentacion,confejo , confenti= miento , 0 intervencion de otro,como coníta de la dicha Regla o%tava en las palabras tranfcrípras de Ella, y lo tiene Gonzalez, Glofl.45. 4 1. 10. y enla Gloll.46.47- y 48. explica aquellas palabras: Nec etlam cum confitio, vel confenfu, aut alias pertiñen- sibas. Y lo miímo tiene con el dicho , Garcia de Bene ficijs y Part.s. cap,t. 1.47 5- Pag. mibi 423- .4 Deloqualíc insese lo primero , que aque- ted menfibus Februsrij, Aprilis, Iunij, Angufi,Os - - ad e 1d a GOMNSTUT*TAS. > PERTENECIENTES A OBISPOS , PARROCOS, SACRAMENTOS , COLEGIOS , TESTAMENTOS; Y OTRAS MISCELANEAS. CONSULTA PRIMERA: llos Beneficios que no puede conferir el Obifpo, fin que el Capitulo clija , prelente , O en alguna mane= ra difponga de ellos con él, no fe comprehenderán, ni deben comprenender en la alternativa; y la ra- zon,es clara , porque los tales no fon de lu libre diípoficion , pues aquella fe dice colacion libre,que pende folament: de la voluntad del conferente: Er= go,éc, 5 Inficrefelo legundo ,que aunque el Obilpo efte obligado á conferirel Beneficio á cierro genes ro de perfonas,como v.g. ¿los hijosparrimoniales, ello no obítante, le dirá fer libre la tal colación pa= ra el efecto de la alternativa 5 y la razon es, porque en tal cafo folo el Obilpo es quien confiere el Bes neficio, fia prefentacion,eleccion,confejo, coifentía miento, O intervencion de otros,as alids;y afsi por la dicha circunftancia no hay impedimento para la alternativa, como con Gonzalez, y otros ,lo tiene dicho Garcia,9.476. que dice haverlo refuelro afsi la SagradaRota ,in ana vis bonens. Prioratas de Carranza coram Iafrifsimo Serapbino el año de 1603.en el mes de Noviembre, € in alia Abulenf. Parosbialis coram Illafrifsimo Blancbelo , eo 22, de Junio del año 1594. Veale el dicho en el cap. 5. de dicha quinta parte 7.92. y 93. Ó Tnficrefe ld tercero , que aunque la colacion del Beneficio compera ¿mal al Obiípo , y Capitulo (9 d otro inferior) con tal que le pertenezca á lolo el Obifpo la eleccion, y prefentacion de la perfona, ni leimpedirá por aquello la alternativa , como bien dicho Garcia , rap.1. 7.733.porque la prix mera provifion del Beneficio ( que es á la que fe des be atender) es libre, pues pertenece á folo el Obils po: que las demás cofas ( como [on la colacion, ó inftirucion , 9 confirmacion) fe figuen necellariós mente : Ergo ,8c. 7 Confirmafe lo dicho , porque aquellas colas que vienen en confeguencia , no deben [er atendia das,que ¿lo que le debe arénder es á lo que princia palmente Íe hace,no á lo que fe hace incidentemenz te,ex leg. 1.F.ode ontborit.tusor, leg. fi quis, me cats Jam, donde Jafon dm. 3. ad 33. ff. ficert. petat. y de otras; y lo tiene Gonzalez fobre la dicha Regla octava, Glo.45. $.1.1. 35. y otros que cira Juan Pedro Moneda in $r.de difiribut. quotidian. part.24 quef.5.n.23.De d onde esque muchas colas le pera giten hacer incidentemgnte , queA

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