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476 z fiento fóbre la dicha dificulead, en que V. Caridad ame manda le diga mi lentir ; falvo in omnibus,O'c. En eíte del Pardo,á 14» de Oftubre de 1693. 4 Fr. Mortin de Torrecilla. Emos vifto efte Papel tan doétamente refuel- H topor el Reverendiísimo Padre Macftro Fr. Martin de Torrecilla , lobre la coníulta quele hace el Reverendifsimo Padre Macftro Fr. Bernardino de Madrid , Provincial de la Sagrada Religion de Capuchinos de efta Provincia de Caíftilla, que nos dexa muy poco que hacer para decir nuelteo parc- cer, y nada que dudar, en la inteligencia de la Bula de nueftro Santifsimo Padre Inocencio XII. fobre la fubrogacion delos votos , que en dicha Sagrada Religion tenian los Diferetos en los Capitulos Pro- winciales, y fobrogacion en fu lugar á los Difinido- res,Cuftodios,y Ex-Provincial ulcimo.,Y porque la razon de dudar, que al parecer tiene dos partes, en ta fubltanciajes folo una, que le reduce á que eftos dichos nuevos eligentes,fi hayan de concurrir igual mente con fus votos á todos los actos , aísi de Di- finitorios, como de actos Capitulares > Y confide- radas las naturalezas de eltos oficios, fe manifielta claramente el que los Difinidores deben tener voto en todo aquello que pox razon de (a oficio deDifi- nidor tenian antes de la nueva Bula por ley de fu Sagrada Religion”, y tambien le han de tener en to- doslos ados Capitulares ,por la nueva concefsion dela Bula , para que en efta parte fean unos de los que entren en la Ínbrogacion de los votos que te- nian los Difcretos; que cífo eslo que les dá la Bula de nuetro Santifsimo Padre, fiendo los primeros mencionados en ella en orden d efte efeCto,con que claramente fe manificíta el que de la naturaleza del oficio, y de la gracia de la Bula , refulta el todo de gue dichos Difinidores tengan voto en Difinitorio y Capitulo. Enlos Cultodios , y Ex-Provincial ultimo , no foncurre el agregado de eltas dos partes, naturale- za de oficio, y gracia de nueva concefsiom; porque ni el oficio de Cuftodio , nila graduacion de Ex-Pro- wincial , tenian por lu naturaleza el concurrir á los Difinitorios,ni ¿los Capitulos,que oy feles dá algo de lo que tenian,y efto que fe Jes dá no es mas que Jo que tenian los Difcretos,como claramente lo ma. nificita la parricula de la Bula: Et loco predihorum difcresormm: luego las vótos no fe eftienden á mas elecciones, ni d mas congreños , que los que tenian los Diícreros, alias no fuera fubrogacion, fino nue» va Creacion de gremiales para dichos Capitulos: Con que fe convence , que fus yotós no hán de con- currir á mas que ¿los aGos Capitulares: que la pa- labra re/peétive,tan do“tamente ponderada,declara la desigualdad que deben tener en el concarrir; efto* esdecir , que todos concarran igualmente en aque. lo que fon fubrogados ; pero que no quita , ni dá lo que por otras razones gozan las perfonas de los oficios; elto es, al Difinidor no le quiza el derecho á los Difiairorios¿ui 4 los Cuítodiosni Ex-Proyin- Confulsa quinta: cial fele dá, Ademds,que fi efta Parte nteima no fue pedida en el Memorial que fe dio ilu Santidad, las concefsiones fon fegun el contenido de lo fupli- cado, uunca [e debe entender mas ampliacion en la gracia, que á lo que fe reduxo la peticion , menos que claramente lo pafiera motu proprio fuSantidad, Todo lo dicho es conftante en todos Derechos, por lo qual lomos de parecer, que los Difinidores de= ben tener voto en los Difinitorios , y Capitulos , y los Cultodios , y Ex-Provincjales lolo en los Capi= tulos no mas.AÍsi lo lentimos en elte Real Conven= to de ¡a Madre de Dios del Carmen de Mádrid ,en 17. de Octubre de 1693. . El Mat fro Fr.Engenio O/forio,Padre deProvincia, Examinador Apoftolico, y Predicador de S.Mag. El Macfiro Pr. Juan Martinez Camuñas. Bl Mac fro Fr. Diego Davila y Vela , Examinador Apofolico, y Synodal de e/2e Arzobifpado, y Pre- dicador de fu Magefad. El Ma:firo Fr. Ignacio Cavallero y Cano. E vilto de verbo ad verbum la Bula de N.SS, ' P. Inocencio XII. (cirada ) y me parece fer clara en tu mejor inteligencia , quanto nucítro Re- verendiísimo Padre Macítro Torrecilla enfeña, y fa que pueda quedar el menor efcrupulo con lo que dice. Elto fiento, falvo ín omnibws, Oc. En el Carmen de antigua Regular Obfervancia. Madrid, y OGtubre 18. del año de 1693. Fr. fuan Fofeph de Baños, Macfiro , y Doctor en Sagrada Tbeología , Ex- Provincial de Caftilla, Ex-Difinidor General , Ex-Procurador , y Ex- Comi//ario General, Pc. Aviendo leido la graviísima, como verdadera refolucion arriba puelta , dada por el Reve- verendiísimo Padre Fray Martin de Torrecilla, de la Sagrada Familia de Menores Capuchinos 5 y ha- viendo vilto la Bula de N. SS.P.Inocencio Xl. que fu Reverendiísima trae en el primer Tomo de tus Confultas Morales, fol.526. hallamos tan ajultada elta refolucion á fus claufulas , que-no dexa lugardá la duda, pues demueftra claramente como lu Santis dad folo concede lo que quico á los Padres Dilcre= tos, aboliendo eltos, y extinguiendolos, aplicando la concefsion á los Reverendos Padres Difinido= res, Cultodios , y ultimo, O inmediato Ex-Provin- cial , que fué lolo el votar en adtosCapitulares , lo qual lolo tenian los Padres Diícretos abolidos; con que todos los fobredichos claramente ienen voto en dichos adtosCapiculares,en virrud de dicha con- celsion , y Bula. Y confiando que fu Santidad no quita á loy Reeverendos Padres Difinidores el votar ea los Difinitorios, confta que ¿ nadie concede clte yoto,ni innova acerca defte punto; con que le infie- re claro,que eflos folos, y no otros, deben votar en losDifinitorios,y que fu Santidad en dichabula otr4 cola no difpone,como demueftran las razones dela Reverendiísima , como tambien que no le ds 3 Os

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