BCCMAS0001-15-G-1500000000000
De Regulares: Are cio, por ley dela Religion, y cóncelsiories Porítiti- cias, y por coltumbre de la Religion de N.perterie- ce d los Vicarios Geuerales ¿citados in perperurim para las Indias ,la poteltad que gozar ;y pueden exercer en dichias Provincias 5 (que en fuma es la miíma que tienen los Generales en toda la Orden ) como confta de lo dicho' arriba ;m. 5.y 6. y de la praxi inconcuía por mas de un figlo: Ergo, 8cc, . 65 Lo'otro ¿porque aquella jurifdicion que le compete, no'4 la perfona ¿fino perpetuamiente á la dignidad, Woficio,no es delegada, fino Ordinaria, y tiene,y figue los derechos de la poteltadOrdinaria,; como con Bartulo, Juan Andres, Baldo,Ímola,Syl- veltre, el leñor Covarrubias , el Compendio de los Mendicantres,Paffarclo,Enriquez,Baldo,y Felino, lo tiene Sanchez de Matrinz. lib.z. difp. 41. num.;1 4. Y lo mifmo tienen todos losque efcriben fobre el c1p.Cum ab Ecclefiarum, de Offic-Ordin Rodriguez tom.1.q0ef8.17.art.6. Suarez de Relig.tom.4:cap.2. ».3.y comunmente codos , y le colige ex cap, t. de elec?.y de todo el tit.de offic. Ordinar. y confta de los textos citados arriba;/ed fic eff,que la poteltad, y juri(diciorde los dichos Vicarios Generales ,no' elta concedida deltz,o a aqueila períona, fino per- peruamente dla tal dignidad, UY oficio como 'con(- ta de las Conítituciones Generales, hechas por los Capirulos Generales que fon Principes de la Reli- gion, y la reprelentan enterariente : [mo, eltám he chas con autoridad , aprobacion ,; y confirmacion de la Sede Apoftolica ; y pot configuiénte portan= tos Principesde la Igleñía , quantos [on los Suinos Pontifices ,que por fus Apoltolicas Bulas las: han aprobado , y confirmado :Ergo , Sec. 66 Lo otro, porque la Prelacia fupore ording; ría jurildicion' en el fuero externo : como lo tienen los que efcriben lobre la Clementina 2, de refcrips. donde Ancharrano, ». 1. Zabarela , 1. 9. y muchos Modernos á cada palo, Inocencio, y Panormitano in cap.1.2.0* 3. de ofJic. Ordinar. Sed fic efh y; que los tales Vicarios Generales fon. verdaderos Prela- dosen las Provincias de Indias: porque el oficio de los tales es oficio Paftoral ,> inltituido por aproba= cion de la Igleñia;el qual parece eltár can intriníeca la jurifdicion,que fin ella no le puede entender, 0 4 lo menos no le puede moralmente poner en execu- cion, como de [wyo'es manifielto: Ergo,óc. 67 Ylootro', porque fila tal fuera juriídicion delegada del General y y no Ordinaria , muerto el General, elperaria; pues no fe duda , fegun Dere- cho, que maetto el que comete la juriídicion , elpi- ra la del que éxerce en lu nombre, cap. Romána, in princip. de appellat. cap. Gratam, cap. Relatum, O cap. Licet undique, de offic. Ludic. deleg. y cap. fin. $. Officinm, donde Juan Monach Dominico, Juan Andr. Pedro de Anchatrano , y todos ,de off:. Ta- dic. delegat. in 6. cap. fin. a legat. leg. O guía, ff. de iurifd.omn. iud. y de otras, La Glofía in Clement, alsim. de Procurat. verb, Conteffata. los DD. in cap. 1. de offic. Ordinar. in 6. El feñor Covarrubias practicar. 64P.q. D. 4» y Graciano con muchos; difcept.Jqt. dm. 13. Sedficef, que eb oficio de' los “cales Vicarios Generales no elpira por la muerte del General, fino que adbue del pues tambien perfevera, hálta que otro General con los Difinidoreselijan fucefor al dicho ; y elte entre en dichas Provicias delas ladias,por prelcripto , y diípoliciones de las Conftituciones Generales de 12 Orden, confirmadas por la Silla Apoftolica ; referia das /up. num. 5-y6.Ergo, 80. 68 Ni obíta contra elto (G acalo le dixere)que él General, en las Patentes que da ¿ los tales Vicay r10s Generales , les comete lu juri(dicion , y todo lo que pertenece du poreltad, diciendo , que fit ala ter nos: Ergo, é8lc, a - 69 - No obíta digo : porque rio por elo dichos Jueces Ordinarios le hácen D.legados,ni por effo (e les da de nuevo 4 dichos Vicarios Generales jurilw dicion delegada,(ino que le excita fu jutildicion Or4 dinaria ,que les compete, y tienen por beneficio de ley; íd eff , por beneficio de dichas Conftituciones Generales,como coníta ex text.incap.Licót, de off ludic.Ord. donde deípues de la Gloffa penultima,lo tienen comanmente los DD.Y lo mifmo tienen con Jaflon,Menochio,y otros,Barb, part.3.de potefata Bplfcop.allegar.g2. ».8. y Philipo de BiGis , 9 Caga merin, in Epitom.Confilior.quef.2. 1.1. Ergo s8tcy Elto es lo que fiento Tobre las dicha dificultades; Íalvo in omnibus la RealGrandeza de fu Magcltad, (que Dios guarde muchos años) y la difpolicion de lu Real Confejó de Indias, 8cc, 'Fr.Martin de Torrecilla; 40550 035650550 05504550 $ só 036 CONSULTA: IL; Que contiene las tres dudas figuientes , e/pecio de el cafo, do calado con Emilia,avierido vivido algga nos añoscon el amor reciproco, que canía el Sacramento Santo del Matrimonio, fupo que Emilia tenía trato ¡licito'con Sempronio. Bulcó Ticio , y, pulo todos aquellos medios,que condutian ¿ divera tirla'de lu propofito,dandola á entender , á labia, y, aun labian otros lu elcandaloío' comercio. Avisóla con paz,corrigióla con amor,por fi podía oblgarla con las demonftraciones de cariño , y urbanidada Finalmente , viendo que abufaba del cariño , y que” era mayor fu facilidad ,procuró tomar la farisfaca ciow de fas agravios, (aunque,como depone Ticio, caminaba a elto con pies de plomo por el amor que la tenia) y arrebatado un dia de la colera, y el eno- jo,dio la muerte d los adulteros ;y ciego de fu pal- fion , pareciendo que tres hijos , que le quedaban de Emilia, lerian teftigos de fu deldoro , € infamias les dio tambien la muerte , dexandole levar ( cos mo dixe ) de fu colera , y ceguedad. ; Perlevero en lu cala algunos dias , fin que nadie, ni A E a dE O A A e a el A e - e A ca 07 A A == . Eds dic . Po eS e A ID dl á = 2 A ed . Pr e y
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz