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Del fobredicho Alegató. dichas privaciónes,ó (u(penfiones ) no lolo avia (- do injufla, no tambien nala , yápor defetto de jus rifdicion,y ya por defeéto de caula, y orden, como fe obtuvo fentencia de averlo fido,que paíso a cola juzgada. Y el tal recurío no pudieron en conciencia omitirle los Capuchinos, porque viendofe injulta= mente gravados con la nota de unos Ediétos publi- cos,que les declaraban excomulgados, y privados, y efto con pretexto de inobedientes a la Iglefía , y mandatos jultos de lu Huftrifsima, les fue precifo el bo!ver por fu credito,y dir publica fatisfacion á di- cha Ciudad, y al mundo de fus religiofos , y juftos procedimientos, y manifeftar ¿ todos por medio de una fentencia publica,que avian obrado lo que licis tamente podian,y debian obrar;sy que el feñorObil= o avia excedido enl dicha declaratoria , y Ediétos, ro folo los terminos de lu jurifdicion,fino tambien los terminos de lo julto, y de lo valido. 48 Y que no pudicflen en conciencia palar por la dicha injuria , O por la dicba nota,es tán mani- ficfto de fuyo, como qualquiera medianamente doc- to confellaráz pues aunque el padecer vltrages en la períona, es heroyca, quanto relevante vircud , pero permitir injurias de toda una Comunidad Religio- fa,o paar pot la diminucion de fa credico,feria ex fe omiísion culpable <n los hijos, O fugetos que la componen. ( y lo miímo digo del Provincial , que debe por razon de fu oficio bolver por el credito de fu dichaComunidad. ) Aísilo ateftigua el De- recho de las gentes , lo perfuade el natural , y lo permiten el Canonico, y Civil, in cap. precipimus, 93. O cap. Significafi, donde la Glofla, verb. Mo= deramen in colpata tutela; $. Si vero ,leg. us vim, f. de Fuf. O jure y y de otras muchas. Y todos los DD, lo dán pot aflentado con San Bafilio, epi/Z. 57. al Clero de Neoecíarea: y €s tan clara cíta verdad; que ámi ver no necesita de prueba , pues por si fe viene á los ojos. Veale lo dicho arriba, NUM. 22. 49 Y que ello fealicito ¿ anñ al mas modefto, y compatible con la modeftia del que mas e precia de ella , lo perfuaden tantas Apologlas como han eícrito Varones de la primera clále,como elNáazian- ceno,Atanafio Chryfoftomo, Cypriavo¿Bafilio,Ge- ronimo, Buenaventura, y Santo Thomas; y que fea fobre licito vecefíario, fe deduce del Canon Error, dif?.87. donde dice la Santidad de Inocencio Papa; Error cui non refiflitur,approbatar: Ú' veritas qué non defenditur, oprimiturzy afsi nadie puede dudar razonablemente averles fido licito, y aun precióo á dichosCapuchinos el aver dado publica fatisfacion (yá por el informe en derecho,y yá porla fentencia executoriada en el Tribunal de la Nunciarura)de lo que obró dicha Sagrada Comunidad, pues lo acon= feja aísi la piedra fundamental de la Igleba, di- ciendo eníu primera Canonica ,cap. 33. verf. 15. que debemos cltár iempre prompros á dir la fatif facion congraente , ibi + Parati femper ad fatisfac- tionem : á lo qual hace tambien lo alegado arriba, Tomilly to9 numer.3.y 22. donde le puéde ver: Ergo, Secs 50 Aloque le dice en el mifmo 22m. 9-acerca de la preciolidad de la paz,de autoridad de Gutier- rez,Farinacio,y Julio Claro, digo, que es muy bue= na eradicion, pero no de nueítro calos Numero diez,y once. $1 Eneln,1o. pag. 17. del Manifiefo, fe dices Que fila plama que minifiró las noticias del Hecho al muy Reverendo Padre Fr.Martin de Torrecilla, fe buviera proporcionado en todas las circanfbana cias d la integridad que correfpond: a lo fucedido, y á la legalidad de los autos ¿fe debe creer de fa gran literarrra mudaria de diótamen del que fa exprefJa en el informe, fegun Seneca, y Sardo: y no fe buvie. ran effendido en las tablas del mundo con un publi. co papel , voces menos ajaftadas de que un Principe de la Iglefía tan paniaal pueda averfe opuefio a la devocion de N.Señora,ni puefto la Republica a pelis gro de tumulso, quando lo contrario confía de los autos. 52 Rindiendo en primer lagar muchas , y de« bidas gracias por las excefsivas honras , que el fe= ñor Vicario: por fu innata benignidad es fervido hacerme. 53 Refpondo 4 lo que fe me atribuye : que no, fe hallará en todo mi informe, (y lo miímo digo del informe del hecho que á mi fe me hizo ) donde yo diga,que el liuftrifsimo feñor Obifpo le opufielle la devoción de N. Señora; y fi no macítrele donde?, Pero acerca delto veale lo que diximos arriba en los numeros 15. 16. 17. y 13. 54 . En quanto á lo del tumulto, fólo dixe, que uno de los motivos que tuvieron los Capuchinos para recibir en (u Igletia ¿la Sancifsima Virgen, fue por cvitar el elcandalo,que alias le originaria en el pueblo,negandoíe a vencracion tan de jalticia, CO= mo el dicho Prefidente le dixo al feñor Obilpo , y, como de fuyo parece claro podia temeríe pruden= temente. Ita en dicho informe, 1.4. Y 12. 55 Y quedicho elcandalo , y tumalto de! puex blo pudiele prudentemente temerfe en dicho calo no escontra los autos, fino muy conforme á ellosz pues del ultimo auto,que cftá al fin del Manificitos confta , que el dia diez y hiere de Enero , por parte de Don Ga!par Perez Peñalver, Procurador, Sindi co , y Prebendado de dicha Santa Igleña y le hizo cierto requirimiento á lu Huftrifsima 5 y entre otras colas que contenia, fe decia lo figuientes 56 Que fe apelaba de fu S. Ilufirifsima ; y pros tefabayy para dar fatisfacion a lo publico, de que /$ huvie/ffe algunas difcordias; no fe les podian impatar á dichos Señores,y que procurarión obviar todas las vias de becho que fucedieffen Tra ibi,pag.120.Y del- pues en la pag.121.cotre orras colas que fe refpon- dieron por lu Huftrifsima á dicho requirimiento, una fue del tenor liguiente:X que proteffaba, que las inquietutes que refulcaffen fueffen por cuenta de guien las caufabase intentaba bacer novedades, Ó'cs Halta aqui en dicho auto, K 57, DA o is 3 dd
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