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682 bal? pagina 272. vumero 125. y los dos fi- guientes. La fúplica es aéto de reverencia,homildad,3c.pag. 272.6.122.y Noboa,pa%.403.M.513= Ex fuppofitione de la fúplica, es comunifsima la fentencia de Leandro, con que le mueve á tener por probable la tercera fentencia, lo qual no ha entendido el Padre Olmo? pag.275.4-1um.148. ad 155» Argumento del P. Olmo , fundado en las Declara- ciones de Cardenales, para no dar entera fe al Padre Leandro (Zmmo,ni al feñor Araujo) en lo tocante á la fúplica,porque no producen infira- mento autentico de elta , y lu refutacion ? pag. 291. 47.185. 4d 333. En quanto á aquello que dice el P. Olmo: Ni como dice Torrecilla , que noes facil convencer con de- mofiracion algana, que mo fe ba fuplicado de la Conflitucion Urbana? Veate la relpuelta? p.292. a2n.291.ad 300. y feconocerá quan eltraña lea la tal pregunta, de un Lector General. Y mas eltraña es una confequencia que laca,tocan- te á lo mifmo?pag.299.18.345.y 346. ¡ Bala lo que dice el (eñor Araujo en lasDecifsiones Morales,tocante a la fúplica de la Conflitucion Urbana, para que le le de entera fe , pag. 296. dnum. 321.404.333. Dice el P.Olmo: Y que dicha súplica deba probarfe, . febizo ¿la Santidad deUrbano, forzofamente me lo ba de confeffar el P. Torrecilla, para ir confe- quente a fu doctrina. Alega woa doctrina mía, y dice,d pruebo,ó no bay Logica.V cafe la reípuelta, y le tendra gran laftima a la Logica? pag. 298. 4 num.338. ad 344» Veanfe tambien los antecedentes, 4 24m.334.y los liguientes,u/que ad 351. Para que tuvielle por revocada la ConftitucionUr- bana,baltaba, que haviendo oido Urbano la (ú- plicade lu Mageftad Catholica,calla(le,y noref- pondiefle: Ademas, que es may veriáimil,que di- cho Pontifice refcribielle ¿fu Mageltad en car- ta privada,condefcendiendo con tu fúplica?pag, -332.mumcro 635. y:636. Vide cartas , y Noboa, Dice el P.Olmo, que la fúplica dela Bula Urbana, folo la prucbo yo, con la voz vaga de haveríelo dicho afsi el feñor Araujo al Padre Leandro , y que elte manifielta, no hace entera fe ? y lu refu- tacion ? pag.338. 4 n4m.675.4d 709. Argumento del Padre Olmo contra la fúplica de la Conftitucion Urbana , ¿paridad de la declara- cion de Clemente Oétavo, pag.338. y lu refuta- cion! pag.342. 4 1n4m.710. ad 714» Una tefpuelta del P.Olmo a cerca de la fúplica, y tacicurnidad?y lu refutacion? P.:393. 4 1.1086, ad 1151. 4h Quando fe interpuío la fúplica de la Conftitacion ¿Urbana? loque ¿cerca de elto dice el Padre Olmo, y lu refutación ? pagina 428. numero 1370. y 4mumero 1380. ad 14225 fem ad 145 1% Y P37.437. 4 num. 1481. ad 1484. Lo que dice el Padre Olmo de los Autores , que Indice de las cofas mas particulares | copiaron lo de la fúplica del Padre Leandro y lu refutacion? pag. 438.4 número 1485. ad 1509» Alia remifsive? Semilla ? Vide Bula de la Cruza. da , Sentencia ¿ Vide Autores , y confirmacion, Solicitacion ? Vide Bulas de Gregorio Decimos quinto, Pio Quarto , y Paulo Quinto, contra fo. licitantes. Taberneros » Thevlogia, y Terilo. Siles fea licito ¿los Taberneros echar agua al vis no, y al Labrador paja al trigo, y venderlo al precio comun ? Encomios con que meelogia el P.Olmo a cerca de lo dicho,y fu refuracionípag. 375:4.947. ad 975. : En laT heologia Moral hay gran diferencia entre lo efpeculativo,y pradticoípag.4.n.16. : Quexas jultas del do*tifsimo P.Terilo,que alega el P.Olmofpag.554:2,935. Si las tales quexas que me quiere aplicar ¿mi dis cho P.Olmo,fe las aplicará a si proprio, no hu= viera errado el tiro ?pag.565. 4 num. 1031. ad 1087. No ha entendido el P. Olmo al P. Terilo , que no habla de las opiniones veré probables , fino de las lax.s propriamente talesiPag.574:4 B.1175» ad 1155. y alli el P.Scñeri. | Teffamentos. Si un Notarió comenzafle 4 'eflcribir un teltamento antes de media noche , y le acaballe defpues de media noche, ztraum [sa de eflencia el otorgarle por el día guiente? pag.308.0.422» y Pag.3 12. 1.455 4568 Qualquiera efcritura , 9 inftromento, debe conte- ner el tiempo, id ef ,el dia,mes, y año, y el logar donde le otorga,y (i vo,no vale; pero.queclo fe opongaal principio,o fin de laclcritura., no es de eflencia , fino de eftylo de los Notarios ? y el inflrumento en calo de duda,fe'prelume buevo?, P43.312. 4 num.456. ad 460. Vide alia , verb. Notarios, . Te (ti gos... Losteftigos de oido ageno hacen fe, y prueban en las colas antiguas, aunqe depongan Jime fama, O adminiculis,y mucho mejor fi concurre fama, y otros adminiculos? p, 165.4 M:.1022. 4d 1026» Quando con un teftigo concurren prelumpciones, el tal hace plena probanza? P42.275.M4M.12, Diferencia entre los téltigos de oido agenoa los de oido proprio,o inmediato? pag.271.4 M.117. ad 121. A Un Doétor verídico bata para formar diótamen prudente de la exiltencia de alguna le des e

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