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— y $” pan Ae Seccion 2. a cerca 42 grave injuria, rgo ,3c. . yen? Y lo mifmo fe ha de decir de los cinco hombres , y muy doétos , con quienes dice nuel- tro Leandro de Murcia , que lo confulto, y fue- fon de elle diétamen : y lo miímo del otro varon de tanta opinion,como Antolinez,Curiel, Sc. que cita el Padre Fray Juan Enriquez , porque en to- dos milita una miíma razon , afsí de credito en los referentes , como en la autoridad de los con- fultados : pues el hombre doéto, nofolo hace opi- nion en loque eícribe , fino tambien en lo que confultado aconfeja , como bien el doéto Cara- ¿muel en íu Theologia fundamental , defpues del fandamento 45. en el titulo Jinthofes Regulares, num, 1125. pag. mibi 402.donde pregunta, y re- Íuelve lo que le ligue. : 13 Pregunta ,pues , filos Theologos vivos pueden fer citados , aunque no hayan efcrito 3 Y para probar que si , trahe por primer exemplar al Padre Fray Diego de Quiroga , gloría de mi Sa- grada Religion Capuchina , que fiendo un varon can grande ( Maximo le llama en la nota marginal) no cfcribio cofa , lus palabras lon: Sed cur vivos allego , O multos, qui libris vulgatis non clarent: maxime cum multis bodie Anthoribus citare fuper- Jtitem Religio /54 ? Quia ficut multi funt Scriptores indocti , fic etiam funt viri docdi/simi ¿qui non li- bentér movent calamum. Reverendi/simum Patrem Didacum de Quiroga,inter intimos babui dum Vie- me Viveret , O modd , dum triumpbat inter cali tes (/65 fpero ) inter maximos Patronos veneror, Jubtilifsimam , doctifsimum , ingenioffsimum ( y defcribe muy por menudo lu gran literatura, y profigue ) Atquiaconfidebat memoria , etiam in illa atate prodigiofe, mibil feribebat omnino.Obiit, O" cum ip/o univerfa, Sunt etiam alii multi Quiro- gs fimiles , qui dodhi/simi funt ¿Ó* tamen non fcri- ent libros : quorum mens , fiquidem ¿ libris non Ppotefi , ¿confultationibas debes baberi. Y en el (- guiente parrafo pone por legundo exemplar al doc- tiísimo Angel Manrique , Dodtor ,y Cathedratio co de Prima un Salamarica , que aunque dió mu- chas máterias en la Carhedra,ninguna quifo dár á la Prenía: luego no porque no hayan imprello, ni elcrico letra alguna en el punto, que ventilamos, los doctifsimos Macfiros Antolinez , y los demás mencionados , 4 confultados fobre el, dixeron, que valia la Bula 4 los Religiofos para los referva. dos ,como lo teltifican tantos Autores tan fidedig- nos , que embarazara para citarlos por la dicha opivion benigna, elno haver eferito á cerca de e * Nada cierto para qualquiera cuerdo: Ergo, 14 Ello mifmo(e infiere de la do4Arina del no menos docto Lezana:, en la tom: 4- confult. 43, que nos cita arriba el Reverendo Padre Olmo donde en el 2u0. 433-dá la meíma autoridad al Doctor » Que da diótamen in voce, que al que la da poreícrico, va hablando de quando un Doctor, qui confalisur vt) qui opinionem fingularem doces comió qualquiera cuerdo confeflara: del Articulo Y: contra communem , le deberá ténér por probable fu opinion,y entre otras condiciones, que afsigna, dice en dicho numero lo figuiente: 15 [Procedit quoque traddita docirina, quan. do Doétor , quicon/ilium das , vel feribit , efi ve, ritatis amator ,non vanitatis , aut alicujus inanit gloria cupidus. Qui enim veritatis amator ef? y lun cem babet in agendis fpecialem , Oc. ] Alst dicho Lezana , donde le ha de notar aquello : Qai confía lium dat , vel feribis , en que manifiellamente dá la meíma autoridad al Doétor , que dá confta jo , 0 diétamen , queal que efcribe , Sic. Era go , SCa 16 Lofobredicho es loque yo refpondi ála letra (menos eltos dos ultimos numeros de Leza. na ) en mi Apologetico , 4 pag. 27. ¿ num. 1: ad 13. al fobredicho numero primero del Reverendo Padre Olmo ; Veamos , pues , aora ,quteslo que fu Paternidad Reverenda infla contra las cales refe pueltasz * Numero 2. y 3. 17 Profiguiendo el Reverendo Padre Olmo, Pag. 17. en el numero fegundo:, folo refiere el que yo digo : Que la opinion que llevé abfolutamente, (¿en el Tomo de las Propoliciones condenadas) es la contraria de la que me atribuye el Padre Olmo, como es verdad , que lo es ,:y que repite el acris buirmelo infinitas veces, como en las lugares le lo anote. 13 Yenelmam. 3. dpag. 17. queriendo fin= ceraríede dicho defeéto de legalidad , con que tan repetidas veces me lo atribuye , dice lo que le figue : Y para que fe vea mi mucha legalidad , y el verdadero fundamento:que tve, y tengo para. atribuirle dicha fentencia ¿ me ha parecido forzo- lo tranícribir», lo que trae en lu Suma -, donde 4 numer, 291+efcribiendo contra el Padre Corrella, (que lleva nueftra fentencia ) y le impugna , y le le opone ex diametro dicho Reverendo PadreTora recilla en elta forma. Afsi dicho Reverendo Padre Olmo , y en el mum. 91. que cita , esen mi Tom, 2. de la Sama , pag. 58. Numero 4» 19 Profiguiendo lo dicho el Reverendo Pas dre Olmo, en el num, 4. cap 18, dice lo quéle fi- gue. Dice, pues , Corella (ajt Torrecilla) lo pri- mero ,en el zum, $6, pag, 187. hablando de la Conftitucion de Urbano Oáavo;, me hace tal fuer- 22 , y me dá tal pelo ¿quemo me atrevo ¿entrar en la opinion contraria (id ef en la mia) niá fe- guirla , ni aconfejarla, pues dice en ella fu: Santi. dad , relpeéto de los Regulares , que el privilegio de la Bula ( locansminime babaif? , neque babere, nequeillis allo modo fufragari potaiJJ?, neque pofí Je, Oc.) emque parece declaró la mente ,con que Clemente Oétavo , lus Sucelores, y demas Pontis fices concedieron la Bula, que fue iempre en in- eli,
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