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Numero 120, 9 demás Religiones , como con Peyrino , Rodri. guez , Miranda, Enriquez ,y otros ,lo tiene eq varias partes el Mazítro Diaz , en lu Eflpejo Sera. phico,. A cerca de lo qual fe vea nueltro Apologe- tico quarto , 4 pagin. 410.4 namero 14. 4d 19, intlujve. 1262 Herranícriptotodo lo dicho, y toca= dolo tan exprofeílo, para que el Reverendo Padre Olmo fe delengañe , li mi didamen en elta parte, renga mas fundamento ,que la autoridad del Pa- dre Fray Martin de San Jofepk : y juntamente pa- ra abaozarlomas con las fobredichas Confirma= ciones Pontificias , que refiere el doétiísimo Pas die Arbiol. RESPUESTA SEGUNDA. 1263 Efpondo lo /egundo , que es aísi- miímo faliísimo, el que yo me contradiga en lo que aqui digo ,con lo que dixe en mi Tomo delas Propoficiones en las palabras que trauícribe de ellas dicho Padre Olmo , antes bien es muy de eftrañar , que un Leétor General halle contradiccion donde no havra Sumulilta,por principiante que fea , que la halle. 1264 Padremio, la contradiccion que V.P, fc imagina (aunque la llama clara)es de la miíma calidad que otras muchas , que fe le fuelen antojar a (u P. bien agenas de quien ha viíto algo de Lo» gica , cuyo defeóto no confifte en la apuntacion, ó gana ,fino enla mala inteligencia de lo que es contradiccion ¿y fi no vamoslo viendo : lo que yo digo aqui es: Que la concefsion Pontificia que sienen los Regulares para ganar todas las Indulgen= cias; que bay en Roma ,en qualquier dia, d tiema po concedidas d qualefquiera Iglefías , (id ef y las concedidas a todos los Fieles que ván ad Roma ,Fe- rufalen,Santiago, y Porciuncula , Ó'c, no efanre. vocadas por Paulo YV. ( por la razon que alii doy ) y lo que dixe en mi Tomo de las Propoliciones, en las palabras , que Vuefla Paternidad tranícribe, es decir: Que lo que condena Alexandro VII. en di» «ba Propoficion 37..€s , que las Indulgencias concen didas 4 los Regulares , y revocadas por Paulo V. ef- $an oy revalidadas. 1265 Aora, pues, pregunto á V. P. es lo mif» mo decir yo , que aquella concefsion noefa revo, cada: porque alli no fe conceden Indulgencias, (no facultad de ganar las yá concedidas á todos los Segtares,o Fieles, commatandonos las diligencias de ir ¿ Roma,8cc. en que recemos (eis Padre buel- tros, y Íeis Ave Marias (que es la Eltacion del San- tiísimo Sacramento ) que decir : Que las Indulgen- cías concedidas a los Regulares, y revocadas por Puulo V.efian oy revalidadas ? Es lo mifmg decir, que no fe revoco alli la tal concefsien ; que desir, que las yá revocadas ,efián revalidadas t vien que lo entienda dira ral sofa? Ni hallará contra- diccion alguna en buena Logica entre las dichas Propoticiones? Ergo , Sic. 1266 A loque dice dicho P. Olmo : que ajute Pars.Ví, te yo aquello que dicho Padre tranferibe de má, con o que dixcex Lumbier en mi Quefñion Prot= mial,dific. 4. concl.1. Reípondo, que lo que dixe en Gicha Queíion Proemial, y Jugar citado por: dicho Padre Olmo ,no fe opone en cofa alguna, ni a lo que aqui digo , ni ¿lo que dixe fobre la di- cha Propoficion 37. condenada: y (ino muelire- nos cl dicho Padre en qué fe oponga?Que no hará, porque no hay vislumbres de elfo ,como lo cono- cera cl coriofo que gultare de regilirarlo. Y com ef to paffemos al numero 121, Numero 121, 1267 Profiguiendo el Reverendo Padre Ola mo, enel núm, 121. pag. 122. dice álalerra lo que fe ligue : Ala prueba, que pone del Padre Efpiria tu Santo , relpondo ,que estal(en fu tanto ) cow mo el decir , que dichas lodulgencias clián revas lidadas , porque el Pontifice condeno la tal Pro poficion , porque la defendian afsi algunos Auto res ¿el Padre E/piritu Santo , funda en cllos, y en los fundamentos el decir , que dicha opinion es probable : luego contraviene á lo definido por Alexandro Vll. La mayor no fe puede negar, in gran temeridad. Prucbo la menor. Los Autores que produce el Padre Efpiritu Santo , fueron, y, efcrivieron dicha Propoficion muchos años ans tes , que la condenalle Paulo Quinto : luego que. do condenada , promt jacet in diétis Autboribus, Es temeridad decir lo contrario : luego contra- viene álo determinado por dicho Sumo Pontifia ce ; mayormente , que ño trae mas razon ,0ifun.e damento, que el que pone nucítro Fray Martin de San Joleph. Afsi dicho Padre Olmo en dis cho numero. INSTANCIA. 1268 Ed contra ef , porque el Padre Ol, mo , fupone falío en decir , que yo traygo por prueba de mi diétamen , lo que dice el Padre Efpiritu Santo : porque la razon que yO traygo para mi diótamen ,es la dicha , la qual que da tranícripta á laletra ,num. 1227. donde Le puede ver : lo que yo digo ¿cerca del Padre Efpi= rita Santo , por fuperexcedente , no es prucba de mi diéamen , ni lo aprucbo , y por ello me témi- to allién quanto á ello, ¿lo que dixe en mi Tomo de la Tercera Orden , dificuls. 10. 4 Múmer.93. Y en la difícule. 11. por toda ella :lo qual emitió 1e- ferir el Padre Olmo; pero utrum , latal omilsion haya fido acafo, 04 confilio Dexoloa la confide- racion, y prudencia delos Leétores defivterela- des: lo cierto es , que el que regiftrare lo que di. go en dicho lugar á que me remitía , vera allí pa- rentiísimo , mi diétamen : por lo qual mc ha pase= cido conveniente tranícribirlo aquí, y <s del te. nor figuicate. Ddd En a A citaciones ai | 0 E! ol E

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