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Paulo Quinto ; porque en ella ho le conceden In- dulgencias y fino facultad de ganar las yá concedi- das a los Suglares , 0 Fieles , commutandonos las diligencias de ir Roma, £c. en lo dicho, que es lo mimo que conceder ¿los Regulares el que pa- racios, en orden ¿las ladulgencias , lea el fitio en donde viven , Jerufalen, Roma ¿Santiago , y Porciuncula. Aísi lo llevé en nuetro Tomo de los Terceros, tradi, 2, diffic. 12. num. 2.cO0 Quin- radueñas, citado alli; y eto mifmo tiene ( citando- me 4 wi, y ¿ Quintanadutñas ) con el Sumário de lodulgencias de Palermo, y con Fray Angel de Lentulca, y Portel, el may Religiolo , y' erudito Padre Macliro Diaz , de la Regular Obfervancia, en tu ElpejoSeráfico, capu4. docum. 10. nun, 3.4. $5. 4P32.496.4d 499. y en dicho num, 4- dice, que lo dicho le prueba evidentemente , y doc. 11. por todo el. 1228 Pero aun mases lo que defiende el muy doéto Padre Fray Antovio del Efpiricu Santo,Lu. fitano, Carmelita Deícalzo , in Directorio Regula- um part.1.tradt.1.di/p.5. $.2.num.26.p25.1mibi $2. donde dice, que es probabilifsimo , que todas las Indulgencias concedidas ¿los Regulares antes de Paulo Quinto,no eltán el dia de oy revocadas; cita á Martin de San Jofeph,4 Geronymo Rodri- guez, y a Ámico , por elte fentir , y lo prucba de noa concelsion pofterior del milmo Paulo Quia- to , y de otras de otros Sumos Pontifices. Veale todo el fobredicho $.2. y los $$9.3.y 4. y en la fee, 4. e num. 65.9 veale en nueltro Tomo de la Ter- cera Orden , diffic. 10. d num. 93. y la diffic. 11. por toda ella, y Martin de San Joleph , bi fupra, 4 pagin. 501. ad $13. 1229 Aque le añade , que el miímo Paulo Quinto , delpues de aquella revocacion Benéral, concedió otras wuchas lndulgencias de nuevo, mayores , y a menos cofla. Veale dicho nueltro ¡Tomo de la Tercera Orden, diffic. 12. 4 pag. 50. otras ha concedido de nuevo Inocencio Xl.y otras Inocencio XI. como lo refiere el P.Autoniaño,en el Sumario, Indulgent.17.Glof 3. fol.x5. 1230 Y que para ganar las dichas Indulgen- cias , no necefsican de 14 Bola los Religiolos, y Religiofas Mendicantes yy los que participan de lus Privilegios ,lo tienen nuetro Morcia ,quef, 21, fobre el fextodela Regla, mum. 7. el door Vicente Antonio Ibañez , ubi fuprá , número 10, YI. pag. 570. Mendo con muchos y di/p. 29. Humero 43. y ¿ num. 47.44 58. donde lo prueba, y defiende bien. É 1231 Lofegundo:Porque tampoco neceísitan de la Bula los Regulares para víar de fus Privile- giosen abíolver, y commbtar ,no lola cos otros Regulares, fino también con los Seglares ¿aunque ellos no rengan Bula,como con la cornun de Doe. tores lo tiene nueltro Murcia , quef?. 3. fobre el 7. que lo prueba bien: el dotor lbañez,ubi fupra, ”. 13.y Mendo, que lo prueba, y defiende difuía, y tácazmente,di/p.29.4 nam.62.ad 73. 1332 m0, por la Bula lolo le puede comutar, y lo miímo el doéto Padre Numero 116. $8 y elo hade - no difpenfar votos, juramentos, Sec, ler in fubfidium Balle , mediante alguna cantidad de dinerozpero los Regulares, por us Privitegios pueden,no folo comutar, (ino difpeníar,y fin carea alguna. Por la Bula, fegun la comna fenteacia,no le puede dilpenfar en las irregularidades: y de los contenidos en la Bula de la Cena » Y los demas te- fervados al Papa, una vez lola; pero los Regulares por fusPrivilegios, con mas amplitud. A cerca de lo qual le vea el dotó Diaz,en lu Eflpejo Serafico, Cap.1. docem.2. ¿num.10, ufque ad finews. Fc. An- tonto del Efpiritu Santo, tract. 2.41/p.3. [(8.2. e m0 P98:43. 9/8. 3.5.1.0'2.J di/p.3.pot to. a Cild. , 1233 Lotercero: Porque tampoco es neceffa. ría la Bula para que los Regalares, que dicen Mila en Altar Privilegiado, laquen el Anima de Purga- torio , por quien la aplitaten , como bien prucba Bernave Gallego, fobre la Bula, cap.12.duda 175. por toda ella; y lo mifimó dice para ganar los Jubi. leos , que fuelen embiar los Sumos Pontifices,que íe hagan en dos femanas y ayonando tres dias , $e. Mendo , di/pat. 29. d NUM 7 1234 Lo quarto: Porque aunque Rodriguez, y Trulleoch quieran piadofamente thcologizar , que los que de conifejo de ambos Medicos comen cata nelos días profiibidos ( ¿unque no guarden la for. ma del ayuno) confeguirán el merito de €l,por vita tud de la Bula; pero es fallo cl tal opinamerto, cos mo bien prueba, com el Matítro Eray Domivgo Sota , y con el Máeltro Fray Luis Lopez, dicho Maeftro Gallego., 6aP.6. dada 44.4 pag. 31. pota «qué nilo dicho fe colige de la Bula,ni de otro pritds cipio alguno.Videillam. 1235 De todo lo qual concluyo afsj: Luego los Regulares no han menelter la Bola pira las In dulgencias,porque pot lasconcelsionesPontificias tenemos muchas mas ( pues cada diatenenos, vna ana, fino muchas Indulgencias Picvarjas)n ayores, y á menos colta;y (1 tampoco necelsitan de lá Bula para ablolver,commutar,difpentar,$:c.porque por nueltros Privilegios tenemos aun tas; y á tannpó co la han menefter para facar las Animas de Pure gatorio , ni por las lodulgencias del Altar Privilea glado,ni por otras;porque por losPriviicgiosPons tificios podemos todo lo dicho, y ganar el Jubiléo de las dos femanas Go Bolasy íi el enfermo, que por Privilegio de la Bula come catne,no por ello cona figue el merito del ayuno;pues el merito,que de lu naturaleza tiene una obra,como es ayui2r,no pue= de ler que le tenga.el queno ayuna,niclPapa pue. de perntutar el merito correlpondiente a la obra particular: ni qoando quieran entender por merito del ayuno ¿no el merito, (ino la fatisfacion,aon no latisface el que no ayuna como el que ayunasnila tal fatisfacion le puede cokegir de palabra alguna de laBula,en que la aplique tu Santidad del Tetoro de la Iglefía;y li por otra parte no vaie la Bula á los Regulares, para los laéticioios (como no les vale) figuele por, los Regulares para nioguna otra cola necclo .. — - a nal Po A A A e A 5 A pro >

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