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Numeros 109. defechar, porque no feimpida la (alud de las al- mas: cuyas autoridades quiero referir, y loa las figolences, : 1094 Afsi lo Gente la elclarecidiísima,y doc- riísima Orden de Predicadores, en lus Conflitu- ciones , como lo ahrma Bernabe Gallego , in Re- fol. Moral. sirca tradi, de Conf:. in Prolog.ad Lec- torem, con unas palabras bien encarecidas , que le ueden ver en el dodiísimo Amadeo Gimenio, en el ño de íu Tomo, Paz. miti 390. $. Prejacias, por todo el, donde fe pueden ver, 1095 Y aísilo (ente rembio el Maeltro Sier- ra, 2.2. 10m. 2. in Epiff. ad Leciorem , doude di- cedo que le ligue: Benigniores opiniones , aut am» lector , aut earum probabilitatem non rejicio , me luribus claudam Coelum , fed omnibus viam Do» mini faciliorem demonfiro, 1096 Lo umiflmo fiente Santo Thomás , quod. liber. 9. artic.15. incorpore, daude dice lo que fe ligue:Oranis queftio in qua de peccato mortali que- ritar, nifiexprefsé veritas babeatur, periculose de- terminatur; nimirum, quia error,quo creditur efe mortale, quod non efi mortale , ex con/cientia ligas ad peccatim mortale. Y auvque es verdad, que di. ce tambien alli Santo Thomas, que el error , por el qual no fe tiene por pecado mortal lo que es mortal ,no cicula roralmente 3 pero ello le debe entender , quando el error proviene de la ignoran= cia de alguna cofa , que uno eltaba obligado a la» ber , y por lu negligencia no la fupo , que enton- cesen el miímo error eltaba el pecado ,como lo dice el miímo Santo, en la queft. 17. de veris, ártic. 4. peronmo le ha de entender del. error ma. terial , que le compadece con opinion probable, porque en tal calo rotalinente efcufa , juxta tra» dica per Guimer. traciat. de Opinion, probabili, propofí. t. 1097 Lowmiímo hiente Martin de San Jofeph, en lu Suma , intitulada: Avi/o de Confeffores , y guia de Penitentes , tomo primero, lib, 2.trad.9, de la Oracion, num. 5 pagin. mibi 395. donde del- pues de haver probado con muchos Textos del Derecho Civil , que le deben tener las fentencias humanas , y preferitíe á las rigurolas , y elo, tám in civilibus , quam in criminalibms , O tám inpublicis , quamin privatis , dice lo que le (i» gue : Los que elcriven materias Morales , fi pue- den falvar , no han de condenar, porque los hom. bres deben fer dela condicion de Dios , incli- nados a la compaísion , y equidad ,3c. He dicho elto , porque hay Autores, que [e efcandalizan por vér, que otros hombres dodtos alivian las conciencias con fus opiniones. Afsi el dicho Au- tor en dicho lugar. 1098 Y en el Prologo al Leétor de la dicha Suma , delpues de haver probado mucho mas di- fuflamente lo miímo , no folo con Textos del De- techo Civil”, fino tambien con otros del Dere- cho Canonico: Quia melius eff de mifericordia, quam de feveritate reddere rationem : Los quales pueden veríe alli. Defpues, digo, de las tales prue- 110.9 111. $71 bas, proúigue aísi. Y efaes la cavfa,que me ba mo-= viA0, 0 a feguir las opiniones manfas. y bles, 0 darlas por probabies d e qe Sy quando la razon , y iquidad Gléta, que lo fon. Neal: tambicu Diana part. 10 bract.16. refolut.:8, y ne ino nn 13 140.4. part.z, de Vita /piris. litt.O. eu un Confejo que daa los T'biecoiogos Morales , con las palabras liguicntes: Doctores Tbeolagi non debent effe faciles ad afferen- der aliguas acilones , vel omifriomes effe perca- la mortalia; nar per baujufmodi affertiones vo. luntarias, rigidas duros, nimis firiélas , nam- 14m erusntur bomines a luto peccatorum ,Jed in alud profundias ; qua de/peratius, demenguntur, Quid igltur expedit amarias , graviufque reádere ud Chriffi jugum, quod fuave <A Ur onus leve. Prefabivur preserea Jedulias fervitim Deo, cujas mandata gravia non funt. Hec ex illo, , Too Cuyas palabras dice el dodtifsimo Aca: clo de Velaíco,tom,2.refol.Moral.verb,0 pino ref. 119. nm. 4.Lo0 dignas de toda memoria , para Evlenanza , y delengaño de algunos Duétores ri. gidos , que quieren , que apenas haya accion en la vida, que no lea pecado, y fienten mal, que haya quien defienda , O aconteje lo contrario , Juzgan= do ,que eito es enfanchar las conciencias de los Ficles, y la Ley de Dios, fiendo verdad , que antes Es Inconveniente mauiñielto el quererlas apretar demaliadamente con opiniones rígidas , y apreta. das, quando de ellas hay variedad entre los Dog. tores. Afsi dicho Acaciode Velafco. Veate dicho dodiísimo Guimevio, citado arriba, en los parra. fos : Ne minus , 3 Sed pro coronide , donde refiere las fobredichas autoridades. 1101 La miímo enfeña el do4trifsimo Gero. nymo Garcia,ea lu Suma Moral, Tratad.1.dific.5. dub.3..3. por las liguientespalabras : De lo dicho Je colige, quan imjuftamente fe quexan los que fien= ten,que en Materias Morales baya diverfidad de opi. niones , porque con la variedad de opiniones fe bace mas fuave el yugo de Cbrifto,porque quiza fino bu. Viera mas que un camino , quedara mucho mas Peli. grofo á las conciencias, que favorable,pues apretar» las demafiadamente ,es afligir , y atormentar á las almas temerofas , y llenarias de eferupulos : y no fe puede negar , /ino que en efto ba andado muy bien Diana , aunque algunos poce doctos ban venido 4 decir , que ba enfanchado las conciencias , y dado licencia para pecar, pues escierto , que no enfe- ña opinion que no fea probable , per princi- pia intrinteca, aut extriníeca, y afsi fín razon le calumnian. Haíta aqui dicho Autor bieu del intento. 1102 Lo miímo tiene en fobltancia el Maef. tro Hoces, fobrela tercera propolicion de 1no- cencio,pag.57.M.1.donde dice:Que con la variedad de opimiones(e/pecialmente por las benignas) fe bace mas fuave el yugo de la Divina Ley porque fi en las acciones Morales no buviera fino n camino, ta» vieran mas peligro las conciencias y fuera aprerarlas de- a A A

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