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¿60 en lus Religiofos,en orden á elegir Confellor para los refervados, no es malo ex jure natura, Ónoes malo intrinfecamente, alias no pudiera cohoneftar- fe,¡¡no folo es malo, por fer prohibido: Sed Js ef, que las cofas que folo fon malas , por fer prohibi- das, quitada la probibicion, no quedan malas, (ino Lucnas, ut ex fe patet:luego aunque ette prohibido por los Prelados de las Religiones elegir Confef- lor,que les ab/uelva de los refervados, fuera de los afsienados por dichos Prelados, quicada la tal prohibicion por los Sumos Pontifices en la con- cefsion dela Bula de la Cruzada, no quedará malo el tal nío, fino antes bueno. 985 Y Gi habiamos de las prohibiciones Pon- tifcias , hechas por Inocencio VIIL. Pio 1V. en el precepto de Santa Obediencia, obtenido por el Revercodiísimo Padre Francifco de Zamora, y de Gregorio XV. las primeras le quitaron por la con- cefsion de la Santidad de Pio 1V. en fu Bula expe- dida el año de 1561. y Pio V. pofteriores á las ta- les prohibiciones; y la de Gregorio XV. por las letras de Urbano VÍIL. en 14. de funio de 1624» en las quales dio facultad á los Regulares por cin- co años, para que pudicífen uíar de la dicha facul- tad de elegir Confeflor para dicho efedto de los re- lervados. 986 Y fi hablamos de la prohibicion del di. cho Urbaño VIII. que hizo en fu Bula expedida en 19. de funio de 1630. la qual empieza: ln Specula Militántis Ecclefia: efta fe ha quitado por las con- celsiones de laCruzada,hechas por los demás Pon- tifices polteriores á dicho Urbano VI. hechas con claufulas tan generales, que comprehenden en sia todos los Religiofos , que tomaren la Bula , como fe probd en nueítro Apologetico , 4 pag. 199» adn. $2.44 58.y á paz.201.4num.63.4d76.4 pag. 197. ¿num.38.4d 49 y 2pa2.221. d 14m. 198.44 222» y €n Otras partes. 937 Imo,foy de fentir,que los Sumos Pontifi- ces polteriores á Urbano VIIL hafta el prelente ¿n- elufive,han soncedido la Bula de la Cruzada , con intencion , y voluntad de que aproveche álos Re- gulares para la ablolucion de los relervados,y que de faéto fe debe entender, que la conceden con la dicha intencion , como latamente fe probó en mi Apologetico, 4 pag. 232. d 14m. 40. ad 117. y d p32. 394. 4 aum.72.ad S1. inclafive , donde Íe puede ver. 988 Lotersero : Porque na fe figue menofca- bo alguno en la perfeccion Religiola por qual- quier uío de la Bula de la Cruzada, fino por el mal uío, d abulo de ella;y efto qualquiera cofa por lan ta que fea, tiene lo miímo,pues de qualquiera pue= de abufaríe, y abulan muchas veces los malos , fin que por eílo dexen de fer buenas las colas , que ex Je fon buenas: ergo,3c. 989 Loqguarto: Y que no fe figa daño del ufo prudente, y moderado de la Bula , [e hace eviden- teyyá de lo dicho,y yá de lo que fe figue: porque Á de qualquier ufo de la Bula , para los refervados, por hallar preto la ablolucion,£e havia de feguir el Seccion 4. al Articulo 42 cal daño , y perjuicio , de aquí fe figuiera necefías riamente , que las Religiones que no tienen cafos relervados ( y que por configuiente tienen fiem. pre, y para fiempre facil la ablolucion de los pe. cados) le hallarian menofcabadas en la perfeca cion Religiofa, y ferian relaxadas en la Obfervan. cia Regular ; lo qual nefas ef? dicere ; y aísi le in. fiere clarifsimamente , que ex /2, O per fe , noes cauía de elle daño, y perjuicio la beniguidad de la Bula, O el nío de ella, fino el mal ufo ,0 abufo de ella: porque por ella folo fe concede , que el que huviere caido en alguna culpa de las relervas das , pueda hallar facil, y prompra la ablolucion de ella, para que con pureza de conciencia le pue. da hacer oracion: efte es el fin porque fe concede la Bula,como coníta claramente de el tenor de ella, defde aquellas palabras: Ztem , para que con mas puridad , y limpieza de fus conciencias puedan ba= cer oracion , concede fu Santidad a todos los fufo- dicbos( y entre los fufodichos , fon los Monalte= rios de Religiofos , y Religiolas , aunque fean de los Mendicantes , como alli le exprefla ) que pue- dan elegir Confeffor , que les abfuelva de qualef= quiera pecados, De. 990 lItem,conduce la dicha facilidad de la ab-= folucion , para que quanto antes falga el tal de aquel miferable eftado en que fe halla, y fe buclva a Dios, y fe halle quanto antes bien difpuefto pa= ra comolgar, ó celebrar , que es el fin , que ex fe tiene lo conceísion de la Bula, y lo que per fe concede. Por ello el lluftriísimo , y prudentifsi= mo varon Don Fray Francifco de Ciíneros, ordez no, que todos los Sacerdotes Seculares de efte Ar= zobiípado de Toledo , fi al tiempo de celebrar fe hallaflen con alguna culpa delas refervadas , pu= diefíle qualquier Confeffor aprobado,ablolverle de ella, quitandole la refervacion para entonces, para que aísi no tuvicife el menor embarazo para cele- brar dignamente. Afsi confía de las Synodales de Moícoto, lib.3. tit.14. de celebras. a fol.219. 991 Loquinto, y es confirmacion del antecea dente, poniendo en forma el antecedente ; porque los que dicen fer malo , y perniciofo el vío de la Bula de la Cruzada ¿no lo pueden decir por otro motivo , ni por otra razon , fino porque de la fa= cilidad en ablolveríe de los pecados, fe figue facil- mente la caida , y recaida en ellos( pues el ral ufo no es malo jure natura, O ex fe, o abíolutamente, O- per fe, como queda dicho: ) y porque teniendo dificultad en la abíolucion de ellos ,les fervira de freno en fus caidas , y recaidas, efla milma dificul. tad de hallar ablolucion: Sed /íc efÉ , que para elfo, mas , y peor es no tener cafos relervados algunos, que teniendolos , haver Bula para ablolveríe de ellos : luego las Religiones que no tienen calos re= fervados , contienen en si una cola mala , y perni- cioía , y viven lin Obfervancia Regular , y que es motivo , y cauía de relaxaciones en los fubditos, con peligro, y rielgo conocido de fus concienciasa 992 Lamenor eu que puede eftár la dificul= rad, fe prueba aísisMas facilidad dá para DON , e
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